RESOLUCION N° 063-2014/SUNAT - Aprueban modificación del Anexo de la Res. N° 295-2013/SUNAT que aprueba disposiciones reglamentarias para la aplicación del incentivo por desempeño de los trabajadores de la SUNAT comprendidos en los regímenes laborales previstos en los Decretos Legislativos N°s. 728 y 276 para el año 2013
Fecha de disposición | 27 Febrero 2014 |
Fecha de publicación | 27 Febrero 2014 |
Sección | Sección Única |
El Peruano
Jueves 27 de febrero de 2014 517629
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Aprueban modificación del Anexo
de la Res. N° 295-2013/SUNAT que
aprueba disposiciones reglamentarias
para la aplicación del incentivo por
desempeño de los trabajadores de la
SUNAT comprendidos en los regímenes
laborales previstos en los Decretos
Legislativos N°s. 728 y 276 para el año
2013
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 063-2014/SUNAT
Lima, 26 de febrero de 2014
CONSIDERANDO:
Que el artículo 11° de la Ley N° 29816, Ley de
Fortalecimiento de la SUNAT, faculta a la SUNAT
a otorgar un incentivo anual por desempeño a sus
trabajadores en función al cumplimiento de los objetivos
y metas institucionales vinculadas al incremento de la
recaudación, ampliación de la base tributaria, reducción
del incumplimiento tributario, reducción del contrabando,
facilitación del comercio exterior, facilitación del
cumplimiento tributario y mejora del servicio, entre otros;
Que mediante Resolución de Superintendencia
N° 295-2013/SUNAT se aprobaron las disposiciones
reglamentarias para la aplicación del incentivo por
desempeño de los trabajadores de la SUNAT comprendidos
en los regímenes laborales previstos en los Decretos
Legislativos N°s. 728 y 276 para el año 2013;
Que de conformidad con lo señalado en el Informe
N° 48-2014-SUNAT/4F3400 emitido por la División
de Compensaciones y Benefi cios de la Gerencia de
Administración de Personal de la Intendencia Nacional
de Recursos Humanos, se ha considerado conveniente
modifi car el numeral 5.4.1 del Anexo de la citada
Resolución de Superintendencia a fi n de variar el plazo
con el que cuenta la Gerencia de Desarrollo de Personal
para elaborar y remitir el resultado de la evaluación
de desempeño de los trabajadores a la División de
Compensaciones y Benefi cios, el cual se deberá
computar desde la publicación de los resultados de dicha
evaluación;
En uso de las facultades conferidas en el artículo 11°
de la Ley N° 29816 y en los incisos g) y u) del artículo
19° del Reglamento de Organización y Funciones
de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de
Administración Tributaria - SUNAT, aprobado mediante
Decreto Supremo N° 115-2002-PCM y modifi catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar la modifi cación del numeral 5.4.1
del Anexo de la Resolución de Superintendencia N° 295-
2013/SUNAT, de acuerdo con el Anexo que forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Publicar la presente Resolución y
su Anexo en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal
del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal
Institucional (www.sunat.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TANIA QUISPE MANSILLA
Superintendente Nacional
ANEXO DE LA RESOLUCIÓN DE
SUPERINTENDENCIA N° 063-2014/SUNAT
“5. De la evaluación del cumplimiento de metas
(…)
5.4. Para la evaluación del componente individual se
realizan las siguientes acciones:
5.4.1. La Gerencia de Desarrollo de Personal, en un
plazo no mayor a quince (15) días hábiles de publicarse
los resultados de la Evaluación de Desempeño, remite
a la División de Compensaciones y Benefi cios - DCB
el resultado de la evaluación de desempeño de los
trabajadores.
Tratándose de personal directivo comprendido en
el Grupo III a que se refi ere el Anexo de la Resolución
de Intendencia Nacional de Recursos Humanos N° 060-
2013-4F0000, únicamente para fi nes de incentivo por
desempeño, sólo remitirá la evaluación efectuada por el
jefe directo”.
1055093-1
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO
DEL PODER JUDICIAL
Aprueban documento denominado
“Guía Metodológica para la Elaboración
de Sumillas de Resoluciones
Judiciales”
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 003-2014-CE-PJ
Lima, 7 de enero de 2014
VISTO:
El Ofi cio N° 619-2013-GA-P-PJ cursado por el
Coordinador del Gabinete de Asesores de la Presidencia
del Poder Judicial, que remite propuesta de Guía
Metodológica para la Elaboración de Sumillas en
Resoluciones Judiciales.
CONSIDERANDO:
Primero. Que la Presidencia del Poder Judicial ha
fi jado como una de sus líneas de política de gestión,
la búsqueda de la efi ciencia en el servicio de justicia,
el ejercicio de una función jurisdiccional medible y
controlable, la promoción de instrumentos de gestión y
transparencia institucional; así como el fomento de una
ética laboral en los jueces y servidores judiciales.
Segundo. Que el conocimiento público y ordenado
de las resoluciones fi nales emitidas por este Poder del
Estado permite cumplir con la predictibilidad, que es
un principio jurídico consistente en conocer cómo se
vienen pronunciando los órganos de justicia en distintas
especialidades, y también como lo harán a futuro en
los casos de jurisprudencia uniforme, ello permitirá fi jar
criterios susceptibles de aplicación a casos de igual
naturaleza, coadyuvando así a la consolidación de la
seguridad jurídica como valor fundamental del Estado de
Derecho.
Tercero. Que la sistematización informática de
la jurisprudencia, apoyada en el uso correcto de las
sumillas, se constituye en un medio efi ciente que permite
identifi car y ubicar rápidamente los temas contenidos en
cada resolución fi nal y el sentido o tratamiento que se
da a los casos concretos, de acuerdo a su naturaleza.
En ese sentido, la sumilla se entiende como una clase
de resumen, versión corta o esencial de un texto,
manteniendo siempre la información del mismo en el
menor número de palabras, y se manifi esta como una
herramienta efi caz de identifi cación que, como ya se ha
señalado precedentemente, facilita la aplicación de la
informática en la sistematización de la jurisprudencia.
Cuarto. Que con fecha 12 de abril de 2013 se emitió la
Resolución Administrativa N° 120-2013-P-PJ, con la que
se aprobó el documento denominado “Guía Metodológica
para la elaboración de Sumillas de Resoluciones
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