RESOLUCION, N° 149-2019-CONCYTEC-P, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA - Formalizan modificación del Reglamento de Calificación y Clasificación y Registro de los Investigadores del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - Reglamento RENACYT-RESOLUCION-N° 149-2019-CONCYTEC-P

EmisorCONSEJO NACIONAL DE CIENCIA TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA
Fecha de la disposición16 de Agosto de 2019

Lima, 16 de agosto de 2019

VISTO: El Acta de Sesión Ordinaria Nº 99 del Consejo Directivo del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC; el Memorando Nº 142-2019-CONCYTEC-DPP-SDCTT e Informe Nº 026-2019-CONCYTEC-DPP-SDCTT de la Sub Dirección de Ciencia, Tecnología y Talentos, el Proveído Nº 697-2019-CONCYTEC-DPP de la Dirección de Políticas y Programas de CTI; el Informe Nº 053-2019-CONCYTEC-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Nº 068-2019-CONCYTEC-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC, de conformidad con lo dispuesto la Ley Nº 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica en adelante Ley Marco, y la Ley 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, en adelante Ley del CONCYTEC, modificado por la Ley Nº 30806, Ley que modifica diversos artículos de la Ley Nº 28303 y de la Ley Nº 28613, establecen que el CONCYTEC es un organismo público técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, que tiene por finalidad normar, dirigir, orientar, fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones del Estado en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación tecnológica y promover e impulsar su desarrollo mediante la acción concertada y la complementariedad entre los programas y proyectos de las instituciones públicas, académicas, empresariales, organizaciones sociales y personas integrantes del SINACYT;

Que, el Artículo 7 de la Ley Marco, establece que el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (SINACYT) es el conjunto de instituciones y personas naturales del país, dedicadas a la Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+I) en ciencia y tecnología y a su promoción, entre las que se encuentran, las universidades públicas y privadas y los institutos y escuelas de educación superior, siendo el CONCYTEC el ente rector del SINACYT;

Que, en el marco de la rectoría del CONCYTEC, el literal i) del numeral 7.2 del Artículo 7 de la Ley Marco, dispone que corresponde al CONCYTEC la formulación e implantación de sistemas de seguimiento y evaluación, así como de calificación, acreditación y registro, con procedimientos de estándares de validez internacional, a los que estarán sujetos todos los programas, proyectos y actividades, entidades, funcionarios e investigadores del SINACYT; asimismo, el literal q) del Artículo 11 de la norma precitada, dispone que es función del CONCYTEC calificar a las instituciones e investigadores que conforman...

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