Sentencia nº 192-2015/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 14 de Enero de 2015

Fecha de Resolución14 de Enero de 2015
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente501590--2012/DSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Especializada en Propiedad Intelectual
RESOLUCIÓN N° 0192-2015/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 501590-2012/DSD
M-SPI-01/1B 1-11
SOLICITANTE : GLOBAL ALIMENTOS S.A.C.
OPOSITORA : ALBIS S.A.
Nulidad de oficio de la Resolución emitida por la Primera Instancia a
pedido de la Secretaría Técnica de la Comisión de Signos Distintivos
Lima, catorce de enero de dos mil quince.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 24 de julio de 2012, Global Alimentos S.A.C. (Perú) solicitó el
registro multiclase de la marca de producto ANGEL BEBE, para distinguir:
Clase 5: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas
y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso
médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para
personas y animales; emplastos; material para apósitos; material para
empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar
animales dañinos, fungicidas, herbicidas
Clase 30: Café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas
y preparaciones a base de cereales; pan; productos de pastelería y confitería;
helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear, sal;
mostaza, vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo
Con fecha 22 de octubre de 2012, Albis S.A. (Perú) formuló oposición contra el
registro del signo solicitado manifestando la existencia de riesgo de confusión
con sus marcas registradas ANGELITO y logotipo (Certificado N° 131571) y
ARCANGELITO y logotipo (Certificado 179310), que distinguen productos
de la clase 5 de la Nomenclatura Oficial, los cuales son similares a los que se
pretende distinguir con el presente registro.
Con fecha 6 de diciembre de 2012, Global Alimentos S.A.C. absolvió el traslado
de la oposición señalando la inexistencia de riesgo de confusión entre los
signos bajo análisis. Agregó que las marcas registradas base de la oposición
no vienen siendo utilizadas en el mercado, por lo que solicitó la cancelación por
falta de uso como medio de defensa de los registros de las marcas ANGELITO
y logotipo (Certificado N° 131571) y ARCANGELITO y logotipo (Certificado N°

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