DECRETO SUPREMO, Nº 001-2016-MIDIS, PODER EJECUTIVO, DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL - Decreto Supremo que establece las acciones que debe realizar el INEI en cumplimiento de la Sexagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016-DECRETO SUPREMO-Nº 001-2016-MIDIS

Fecha de disposición06 Febrero 2016
Fecha de publicación06 Febrero 2016

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, cuya finalidad es mejorar la calidad de vida de la población, promoviendo el ejercicio de derechos, el acceso a oportunidades y el desarrollo de capacidades, en coordinación y articulación con las diversas entidades del sector público, el sector privado y la sociedad civil;

Que, a través de la Sexagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se autoriza al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), hasta por el monto de S/ 8 000 000,00 (OCHO MILLONES Y 00/100 SOLES), previo cumplimiento de acciones que debe efectuar el INEI para generar datos y cartografía orientados a mejorar los procedimientos del sistema de focalización y el seguimiento de la política social;

Que, asimismo, la citada norma dispone que mediante decreto supremo refrendado por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, se aprueban las disposiciones complementarias para su aplicación, las que incluyen las acciones que debe realizar el INEI en el marco de dicha norma;

Que, en concordancia con lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS, compete a la Dirección General de Gestión de Usuarios del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social dictar las políticas para la gestión de información sobre los usuarios de los programas sociales; así como diseñar e implementar el sistema de identificación, selección y registro de usuarios, y el sistema de seguimiento de usuarios, con el fin de orientar las acciones del Estado hacia la mayor...

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