Sentencia nº 003073-2011/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 15 de Noviembre de 2011

Fecha de Resolución15 de Noviembre de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente3597-2009/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 2
RESOLUCIÓN 3073-2011/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 3597-2009/ CPC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
SEDE LIMA SUR
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : DEIFILIA JIMÉNEZ CHAMBA
DENUNCIADA : RENA WARE DEL PERÚ S.A.
MATERIA : CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO
TRANSACCIÓN EXTRAJUDICIAL
ACTIVIDAD : VENTA AL POR MENOR DE EQUIPOS DE USO
DOMÉSTICO
SUMILLA: Se declara concluido el procedimiento iniciado por la señora
Deifilia Jiménez Chamba contra Rena Ware del Perú S.A. en mérito al
acuerdo contenido en el Acta de Transacción Extrajudicial celebrada por las
partes, toda vez que ello no causa una afectación al interés colectivo, al
interés general ni a derechos de terceros. En consecuencia, se dispone el
archivo del expediente.
Lima, 15 de noviembre de 2011
ANTECEDENTES
1. El 19 de diciembre de 2009, la señora Deifilia Jiménez Chamba (en adelante,
la señora Jiménez) denunció a Rena Ware del Perú S.A.1 (en adelante, Rena
Ware) ante la Comisión de Protección al Consumidor Sede Lima Sur (en
adelante, la Comisión) por infracción del Decreto Legislativo 716, Ley de
Protección al Consumidor2. Señaló que el 14 de octubre de 2009 adquirió de
Rena Ware un juego de ollas y un Aqua Led 3000, cuyo valor ascendía a
S/. 3 474,00, pagando como adelanto la suma de S/. 100,00. Sin embargo, al
recibir tales productos en su domicilio, se percató que el juego de ollas era
diferente al ofrecido en el establecimiento de Rena Ware.
2. Mediante Resolución 1852-2011/CPC del 11 de julio de 2011, la Comisión
declaró fundada la denuncia contra Rena Ware por haber entregado a la
consumidora un producto distinto al adquirido. Asimismo, le impuso una multa
de 0,90 UIT y le ordenó como medida correctiva que cumpla con devolver a
la señora Jiménez los S/. 234,00 que canceló por el referido producto.
Finalmente, la condenó al pago de las costas y costos del procedimiento.
1 RUC: 20100131863. Domicilio fiscal: Avenida Jorge Bas adre 152, San Isidro, Lima.
2 Cuyo Texto Único Ordenado f ue aprobado por Decreto Supremo 006-2009-PCM, publicado el 30 de enero de 2009
en el diario oficial El Peruano.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR