Sentencia nº 001604-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 30 de Mayo de 2012

Fecha de Resolución30 de Mayo de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente269-2011/PS0-AREQUIPA
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de l a Competencia N°2
RESOLUCIÓN 1604-2012/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 269-2011/PS0-A REQUIPA
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE AREQUIPA
PROCEDIMIENTO : REVISIÓN
DENUNCIANTE : JUAN MACHUCA YUPA
DENUNCIADO : ASOCIACIÓN FONDO CONTRA ACCIDENTES DE
TRÁNSITO DEL FRENTE ÚNICO DE TRANSPORTE
PÚBLICO URBANO E INTERURBANO AFOCAT
FUTUIRA
MATERIAS : RECURSO DE REVISIÓN
IDONEIDAD DEL SERVICIO
SEGUROS
SOAT – AFOCAT
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES OTRAS ASOCIACIONES NCP.
SUMILLA: Se declara infundado el recurso de revisión planteado contra la
Resolución 100-2012/INDECOPI-AQP, en tanto los acuerdos en virtud de los
cuales los beneficiarios del SOAT o CAT aceptan como pago total y único
indemnizaciones menores a las legalmente contempladas, renunciando a
acciones judiciales o extrajudiciales posteriores o en trámite, son ineficaces
conforme al Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Lima, 30 de mayo de 2012
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 100-2012/INDECOPI-AQP del 24 de febrero de 2012, la
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Arequipa (en adelante, la
Comisión) confirmó en todos sus extremos la Resolución 337-2011/PS0-
INDECOPI-AREQUIPA, que:
(i) Declaró fundada la denuncia del señor Juan Machuca Yupa (en
adelante, el señor Machuca) en contra de Asociación Fondo contra
Accidentes de Tránsito del Frente Único de Transporte Público Urbano
e Interurbano Afocat Futuira (en adelante, Afocat Futuira) por
Defensa del Consumidor (en adelante, el Código);
(ii) ordenó a Afocat Futuira que en el plazo de 05 días hábiles cumpla con
pagar al denunciante la suma de S/. 126,67 por concepto de
incapacidad temporal, más el pago de intereses legales a la fecha de
pago;
(iii) sancionó a Afocat Futuira con una multa de 2 UIT; y,
(iv) condenó a Afocat Futuira al pago de costas y costos del procedimiento.

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