Sentencia nº 001450-2009/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 9 de Diciembre de 2009

Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente208-2008/CCO-INDECOPI-03-02
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1450-2009/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 208-2008/C CO-INDECOPI-03-02
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
DEUDOR : PENSUR S.A. EN LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : LATINO LEASING S.A. EN LIQUIDACIÓN
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
INADMISIBILIDAD
CRÉDITO COMERCIAL
ACTIVIDAD : VENTA MAYORITARIA DE OTROS ENSERES
DOMÉSTICOS
SUMILLA: se revoca la Resolución 3356-2009/CCO-INDECOPI del 16 de abril
de 2009, que denegó el pedido formulado por Latino Leasing S.A. en
Liquidación para la exoneración del pago de la tasa administrativa por
derecho de trámite, y declaró inadmisible su solicitud de reconocimiento de
créditos; y, en consecuencia, se ordena a la Comisión de Procedimientos
Concursales que admita a trámite la referida solicitud. Ello debido a que al
haberse declarado la disolución y liquidación de Latino Leasing S.A. en
Liquidación mediante Resolución SBS 671-2002 publicada en el Diario Oficial
“El Peruano” el 18 de julio de 2002, dicha entidad se encuentra inafecta al
pago de cualquier tributo generado con posterioridad a la publicación de la
citada resolución, en aplicación de lo dispuesto por el artículo 114 de la Ley
26702 –Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y
Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras
Privadas de Fondos de Pensiones–.
Lima, 9 de diciembre de 2009
ANTECEDENTES
1. El 3 de noviembre de 2008, Latino Leasing S.A. en Liquidación (en adelante,
Latino Leasing) solicitó ante la Comisión de Procedimientos Concursales (en
adelante, la Comisión) el reconocimiento de créditos de origen comercial
frente a Pensur S.A. en Liquidación (en adelante, Pensur) ascendentes a
US $ 3 206 818,81 derivados de un contrato de arrendamiento financiero y
una letra de cambio. Para sustentar su pedido, Latino Leasing solicitó la
exoneración del pago de la tasa administrativa por derecho de trámite de su
solicitud de reconocimiento de créditos, dado que a partir de la publicación de
la resolución por la cual la Superintendencia de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (en adelante, la SBS)
declaró su disolución y liquidación, se encuentra inafecta al pago de
cualquier tasa administrativa de conformidad con lo dispuesto por el artículo
114 de la Ley 26702 –Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de
Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y
Administradoras de Fondos de Pensiones–.
2. Mediante Requerimiento 2066-2009/CCO-INDECOPI del 26 de marzo de

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