Sentencia nº 002537-2010/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 10 de Noviembre de 2010

Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente152-2009/CPC-INDECOPI-PIU
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 2537-2010/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 152-2009/CPC-INDE COPI-PIU
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE PIURA
PROCEDIMIENTO : DE OFICIO
DENUNCIADO : CENTRO EDUCATIVO PARTICULAR SAN JUAN
BAUTISTA
MATERIA : NULIDAD DE OFICIO
ACTIVIDAD : SERVICIOS EDUCATIVOS
SUMILLA: Se declara la nulidad de la resolución de admisión a trámite y de la
que viene en grado, al haber quedado acreditado que se han vulnerado los
principios de causalidad y de cumplimiento del procedimiento regular al no
haberse determinado correctamente al responsable de los hechos
verificados.
Lima, 10 de noviembre de 2010
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 1 del 8 de mayo de 2009, la Secretaría Técnica de la
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Piura (en adelante, la
Secretaría Técnica) inició un procedimiento de oficio contra el Centro
Educativo Particular San Juan Bautista1 (en adelante, el Colegio) por
infracción del artículo 5º literales b) y d) del Decreto Legislativo 716, Ley de
Protección al Consumidor2, puesto que en la inspección realizada por la
Secretaría Técnica el 19 de febrero de 2009 así como por documentos
remitidos por el denunciado, se constató que el Colegio no informaba en
forma escrita las condiciones económicas del servicio educativo a los padres
de familia y requería el pago de pensiones de manera adelantada.
2. En sus descargos, el Colegio señaló lo siguiente:
(i) Acerca de la imputación relativa a dar información por escrito a los
padres de familia, la misma se brinda a través de tarjetas de pensiones
que se entregan a los alumnos; y,
(ii) respecto al cobro por adelantado de las pensiones debe tenerse en
cuenta que el índice de morosidad en el pago de pensiones en la
entidad educativa es alto.
1 Identificado con RUC 20147016302 y c on domicilio en Avenida Cayetano Heredia 1151, Catacaos, Piura,
departamento de Piura.
2 Cuyo texto y sus modificatorias hasta el 30 de enero de 2009 s e encuentran comprendidos en el Decreto Supremo
006-2009-PCM, Texto Único Ordenad o de la Ley del Sistema de Protección al Consumid or.

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