Dictamen recaído sobre el Proyecto Nº 14738/2005-CR, de 7 de Noviembre de 2012

EmisorDefensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas

COMISION DE DEFENSA NACIONAL, ORDEN INTERNO,

INTELIGENCIA, DESARROLLO ALTERNATIVO Y LUCHA CONTRA

LAS DROGAS

PERIODO ANUAL DE SESIONES 2005-2006

Señor Presidente:

Han ingresado a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia,

Proyecto de

Ley Nº 14738/2005-CR Luis Gonzáles Posada

Eyzaguirre, Luis Iberico Núñez, Rafael Aíta Campadónico y Gilberto Díaz

Peralta,

I . CONTENIDO DE LA PROPUESTA

La iniciativa propone lo siguiente:

  1. Aprobar la Ley del Régimen de Personal de la Policía Nacional, que contiene: - Títulos I Generalidades, que norma la definición de términos, finalidad, contenido y ámbito de aplicación, principio de igualdad, Categorías, Jerarquías, Grados, título profesional, Antigüedad y equivalencia, Lista de Rendimiento Profesional, Empleo y Cargo, ascenso. - Titulo II Situación Policial, que norma aspectos generales, cambio de situación policial y estado civil, tiempo de servicios, situación de actividad, situación de disponibilidad, situación de retiro, escalafón policial.

    - Título III Derechos y Obligaciones del Personal de la PNP, que regula aspectos referidos a derechos y obligaciones del personal de la PNP.

    - Disposiciones Complementaria Finales, Transitorias, Modificatorias y Derogatorias.

  2. La derogatoria del Decreto Legislativo Nº 745 Ley de Situación Policial del Personal de la Policía Nacional del Perú; la Ley Nº 28746 Ley que modifica el artículo 51º del Decreto Legislativo Nº 745; la Ley N° 28757 Ley que establece criterios para el Ascenso de Oficiales de la Policía Nacional; el Decreto Supremo N° 016-2003-IN y el Decreto Supremo N° 013-2004-IN Decretos relacionados con las normas de ascenso e Oficiales de la PNP; el

    Decreto Supremo Nº 009-2005-IN Reglamento de Pase a la Situación de los Oficiales de la Policía Nacional del Perú por la causal de Renovación; los artículos 26, 27, 29, 28.2 (en la parte referida a la recategorización de Especialistas), 33 y 34 de la Ley N° 27238, Ley de la Policía Nacional, por referirse a temas de personal de la PNP; los artículos 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36.3, 37, 39, 42.2, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49 y 52 del Decreto Supremo N° 008-2000-IN, Reglamento de la Ley de la Policía Nacional, por referirse también a temas de personal de la PNP; las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo N° 022-89-IN, Reglamento de Ascensos de la PNP y todas sus modificatorias, que se opongan a lo previsto en el presente proyecto. c) Consagrar a través de la propuesta, el principio de igualdad, tanto para el personal de la PNP con discapacidad adquirida reconociendo su derecho a postular y ascender al grado inmediato superior en igualdad de condiciones que el resto de sus compañeros; como para el personal femenino respecto de sus derechos cuando se encuentren en estado de gravidez, considerando el descanso pre y post natal. d) Se propone la aplicación progresiva de los artículos 10 y 60 de la nueva norma.

    II . MARCO NORMATIVO

    2.1. Constitución Política del Perú. 2.2. Reglamento del Congreso de la República. 2.3. Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 Ley Orgánica del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-IN. 2.4. Decreto Legislativo Nº 745 Ley de Situación Policial del Personal de la Policía Nacional del Perú. 2.5. Ley Nº 27238 Ley de la Policía Nacional del Perú. 2.6. Ley Nº 28338 Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú. 2.7. Ley Nº 28746 Ley que modifica el artículo 51º del Decreto Legislativo Nº 745. 2.8. Decreto Supremo Nº 009-2005-IN Reglamento de Pase al Retiro de los Oficiales de la Policía Nacional del Perú.

    1. FUNDAMENTO DEL PROYECTO

    La propuesta señala como fundamentos los siguientes:

  3. La Sétima Política de Estado sobre erradicación de la violencia y fortalecimientos del civismo y de la seguridad ciudadana. b) La dispersas normas que regulan la política del personal de la PNP.

  4. El distinto contexto social en el que se dicto el Decreto Legislativo Nº 745. d) La inadecuada distribución del personal en los 16 grados existentes que originan un ensanchamiento en los niveles del mando medio que desequilibran los niveles de proporcionalidad en la organización de la PNP. e) La inexistencia de una adecuada relación entre la cantidad de personal policial y el personal de servicios con que se cuenta en la actualidad, y los que se encuentran en dependencias administrativas y dependencias operativas. f) La asignación de personal a diferentes dependencias policiales no se realiza con criterios técnicos definidos, como extensión geográfica, densidad demográfica o problemática policial a atender. g) La iniciativa busca unificar y actualizar la normatividad relacionada con la administración de personal, a fin de que la PNP cumpla su misión constitucional.

    1. OPINIONES

      4.1. Solicitadas

      - Oficio Nº 0741-2005-06/CDNOIIDADL-CR, a la Presidencia del Consejo de Ministros. - Oficio Nº 0742-2005-06/CDNOIIDADL-CR, al Ministerio del Interior. - Oficio Nº 0743-2005-06/CDNOIIDADL-CR, al Defensor de la PNP.

      4.2. Recibidas

      - Del Ministerio del Interior con Oficio Nº 382-2006-IN/0102 de fecha 31 de Mayo, adjuntando el informe Nº 045-2006-IN/102-LCG, en el que se señala en sus conclusiones que:

      “... el Proyecto de Ley puesto en opinión, responde a una

      necesidad de la Policía Nacional del Perú, la cual es dar

      solución a los problemas generados por la existencia de

      diversas normas que regulan la situación del personal

      policial.”

      “De otro lado, el proyecto cumple con lo establecido por

      el Tribunal Constitucional, regulando mediante una Ley lo

      establecido en el artículo 168º de la Constitución Política

      del Perú.”

    2. ANÁLISIS

      “Preservar el

      orden publico y la seguridad ciudadana, garantizando que la expresión de

      nuestras diferencias no afecte la tranquilidad, justicia, integridad, libertad de

      las personas y el respeto a la propiedad pública y privada”

      Sétima Política de Estado, referida a la “Erradicación de la Violencia y Fortalecimiento del Civismo y de la Seguridad Ciudadana”, desarrolla en sus

      “(f) desarrollará una política de especialización en

      los organismos públicos responsables de garantizar la seguridad ciudadana;

      y (g)promoverá los valores éticos y cívicos de los integrantes de la Policía

      Nacional, así como su adecuada capacitación y retribución”

      Las antes referidas políticas y su desarrollo, indican la necesidad, en el marco del proceso de modernización de la gestión del Estado, de dotar a sus instituciones, como es el caso de la Policía Nacional del Perú, no solo de una adecuada, eficiente y eficaz organización, sino del personal adecuado. tanto en su preparación académica, como en lo moral y disciplinario.

      Asimismo, de acuerdo con el Informe de la Comisión Especial de Reestructuración de la Policía Nacional, aprobado mediante Resolución Suprema No 0200-2000-IN

      “constatar que los dispositivos legales

      que regulan la organización, funciones, tratamiento de personal policial,

      régimen disciplinario y demás derechos y obligaciones, son difusos y están

      dispersos, impidiendo el correcto funcionamiento de la institución.

      En efecto, la Policía Nacional del Perú posee una diversidad de normas que regulan las políticas de personal que se encuentran dispersas y muchas de ellas desactualizadas, lo cual ha permitido el abuso de la discrecionalidad y las excepciones en la aplicación de los procedimientos de administración de los recursos humanos, generando muchas veces favoritismos, inequidades y por ende, desmoralización en el personal policial.

      El Decreto Legislativo N° 745 se promulgó en otro contexto social y normativo, posteriormente, en el año 1993 se emite la Constitución vigente, la cual cambia el panorama legal y social del País. Adicionalmente, se han promulgado la Ley de la Policía Nacional y su reglamento, la Ley de Régimen Disciplinario PNP el Código Penal y el Procesal Penal, normas que tienen incidencia importante en el accionar de la PNP, por lo que se hace menester adecuarse a ellas.

      El principio de igualdad estipulado en el presente proyecto, tanto para el personal de la PNP con discapacidad adquirida, como para el personal femenino, permite

      ratificar los derechos establecidos por diversas normas nacionales e internacionales. En el caso del personal policial discapacitado, reconoce su derecho a postular y ascender al grado inmediato superior en igualdad de condiciones.

      Este proyecto ha sido ampliamente consultado al interior de la Institución, tiene 67 artículos distribuidos en tres Títulos y once Disposiciones Complementarias Finales, Transitorias, Modificatorias y Derogatorias; el primero Título contiene nueve Capítulos referidos a Generalidades como definición de términos usados en la ley, finalidad, contenido y ámbito de aplicación, enunciando del principio de igualdad, establecimiento de categorías, jerarquías y grados policiales, el título profesional otorgados al término de la formación académica, antigüedad en el grado y tiempo de servicios, equivalencia en grados, honores, remuneraciones y pensiones a los de los miembros de las Fuerzas Armadas, establecimiento el concepto de Listas de Rendimiento Profesional, una nueva forma de evaluación continua que hace gran diferencia con el Decreto Legislativo No 745. Finalmente, se regula el empleo, el cargo y el ascenso, como conceptos diferenciados, dando claridad a la terminología policial.

      El Título II por su parte contiene siete Capítulos relativos a generalidades, cambio de situación policial y estado civil, tiempo de servicios, situación de actividad, situación de disponibilidad, situación de retiro y escalafón policial. A diferencia de del Decreto Legislativo No 745, se establecen criterios objetivos para cambiar de situación policial, protegiendo así los derechos de los policías, pero a la vez, se incluyen barreras más altas para el personal, lo cual redundará en una policía más profesional, una policía que se ve obligada a capacitarse continuamente y a mantener estándares de alto de rendimiento para seguir en la Institución

      En el Título...

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