RESOLUCION SUPREMA N° 134-2014-IN - Autorizan viaje de personal policial a Colombia, en comisión de servicios

Fecha de disposición07 Agosto 2014
Fecha de publicación07 Agosto 2014
El Peruano
Jueves 7 de agosto de 2014 529501
DEBE DECIR:
Que, (…) a n de que sean destinados al Proyecto
de Inversión Pública “ Mejoramiento de los servicios de
investigación oceanográ ca de la Marina de Guerra del
Perú en el dominio marítimo y la Antártida” (…)
En la página 528365, en el artículo 1;
DICE:
“Artículo 1.- (…)
1.1 (…) Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento
de la investigación oceanográ ca de la Marina de Guerra
del Perú en el dominio marítimo y la Antártida” (…).
DEBE DECIR:
“Artículo 1.- (…)
1.1 (…) Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento
de los servicios de investigación oceanográ ca de la
Marina de Guerra del Perú en el dominio marítimo y la
Antártida” (…).
(…)”
1119935-1
INTERIOR
Autorizan viaje de personal policial a
Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 134-2014-IN
Lima, 6 de agosto de 2014
VISTOS; el mensaje con referencia
DAI20141700044351/GRUIN/JAZM del 9 de julio de
2014, de la O cina Central Nacional INTERPOL-Bogotá;
y el Memorándum Múltiple Nº 335-2014-DIRGEN-PNP/
EMP-OCNI de fecha 21 de julio de 2014, de la Dirección
General de la Policía Nacional del Perú; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 099-2013-JUS del
2 de agosto de 2013, el Estado peruano accede a la solicitud
de extradición activa del ciudadano colombiano Obiel Antonio
Zuluaga Gómez u Obiel Antonio Zuluaga u Obiel Antonio
Gómez Zuluaga, formulada por el Juzgado Penal Colegiado
de la Corte Superior de Justicia de Tumbes y declarada
procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte
Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por
la presunta comisión del delito contra la Salud Pública - Trá co
Ilícito de Drogas, en agravio del Estado peruano y disponer su
presentación por vía diplomática a la República de Colombia
de conformidad a los Acuerdos vigentes y lo estipulado por las
normas legales peruanas aplicables al caso;
Que, mediante mensaje con referencia
DAI20141700044351/GRUIN/JAZM del 9 de julio de 2014, la
O cina Central Nacional INTERPOL- Bogotá, hizo conocer
a la O cina Central Nacional INTERPOL-Lima, que el
Gobierno Nacional colombiano ha autorizado la extradición
activa del procesado Obiel Antonio Zuluaga Gómez u Obiel
Antonio Zuluaga u Obiel Antonio Gómez Zuluaga, para su
traslado a nuestro país; en ese sentido resulta pertinente
designar y autorizar el desplazamiento de los funcionarios
policiales que se encargarán de recibir, custodiar y trasladar
al citado reclamado desde la ciudad de Bogotá, República
de Colombia hacia territorio peruano;
Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 263-2014-
DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 17 de julio de 2014, el
Estado Mayor Personal de la Dirección General de la
Policía Nacional del Perú, en base a los argumentos y
documentos señalados en la referida Hoja de Estudio y
Opinión, estimó conveniente que la Dirección General de
la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al exterior
en comisión de servicios del 10 al 14 de agosto de 2014,
del Comandante de la Policía Nacional del Perú Carlos
Esteban Robalino Peralta y del Subo cial Superior de la
Policía Nacional del Perú Francisco Oswaldo Espinoza
Espinar, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia,
a n de que ejecuten la extradición activa del ciudadano
colombiano antes mencionado;
Que, en atención a los documentos sustentatorios sobre
el particular, mediante Memorándum Múltiple Nº 335-2014-
DIRGEN-PNP/EMP-OCNI la Dirección General de la Policía
Nacional del Perú dio su conformidad al viaje al exterior
señalado, disponiendo se proceda a la formulación del proyecto
de resolución autoritativa correspondiente y señalando que
los gastos por concepto de viáticos para el personal policial
serán asumidos por el Estado peruano, con cargo a la Unidad
Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía
Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior,
mientras que los gastos correspondientes a pasajes aéreos,
e impuesto de viaje para el personal policial y el extraditable
serán asumidos por el Poder Judicial;
Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas
reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior
de servidores y funcionarios públicos, la resolución de
autorización de viajes al exterior de la República estrictamente
necesarios, será debidamente sustentada en el interés
nacional o en el interés especí co de la institución y deberá
indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de
duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento,
viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto;
Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1
del artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2014, las excepciones a la
prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios
públicos y representantes del Estado con cargo a recursos
públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse
a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se
autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por
la Presidenta del Consejo de Ministros, la misma que es
publicada en el diario o cial “El Peruano”;
De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la
Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios
Públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante
el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la
autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios
públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;
la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2014; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley
de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-
2013-IN; y, el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía
Nacional del Perú;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje al exterior en comisión
de servicios del Comandante de la Policía Nacional del
Perú Carlos Esteban Robalino Peralta y del Subo cial
Superior de la Policía Nacional del Perú Francisco Oswaldo
Espinoza Espinar, para que ejecuten la extradición activa del
ciudadano colombiano Obiel Antonio Zuluaga Gómez u Obiel
Antonio Zuluaga u Obiel Antonio Gómez Zuluaga, quien se
encuentra requerido por el Juzgado Penal Colegiado de la
Corte Superior de Justicia de Tumbes, para ser procesado
por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública
- Trá co Ilícito de Drogas, en agravio del Estado peruano, a
realizarse en la ciudad de Bogotá, Republica de Colombia,
del 10 al 14 de agosto de 2014.
Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos que
ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo
precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora
002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional
del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo
al siguiente detalle:
Importe Días Pers. T/C Total S/.
Viáticos US$ 370.00 5 X 2 = 3,700.00 2.785 10,304.50
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario
de efectuado el viaje, el personal policial a que se re ere el
artículo 1º de la presente Resolución deberá presentar ante
el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las
acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como
la rendición de cuentas debidamente documentada por los
viáticos asignados.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no
dará derecho a exoneración o liberación del pago de

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