ORDENANZA N° 015-MDMM - Establecen beneficios a favor de comerciantes del distrito que soliciten licencia de funcionamiento, inspecciones de defenda civil y/o renovación y autorización de anuncios publicitarios

Fecha de publicación18 Julio 2014
Fecha de disposición18 Julio 2014
El Peruano
Viernes 18 de julio de 2014 528021
2013, el Jefe de la Institución tiene, entre otras, la facultad
de nombrar, contratar, suspender, remover con arreglo a
ley, a los funcionarios y servidores del SAT.
Que, mediante Resolución Jefatural N.° 001-004-
00003292 de fecha 17 de enero de 2014, se designó,
en vía de regularización, a la señorita Gabriela Mayra
Sánchez Montero como Analista Auxiliar Coactivo I del
SAT, con efectividad desde el 2 de enero de 2014.
Que, a través del Memorando N.° 187-092-00015332,
recibido el 7 de julio de 2014, la Gerencia de Recursos
Humanos comunica que la citada funcionaria presentó su
renuncia al cargo de Analista Auxiliar Coactivo I del SAT,
la misma que fue aceptada; e informa que su último día
de labores será 14 de julio de 2014, por lo que solicita la
emisión de la resolución jefatural que deje sin efecto su
designación en el citado cargo, a partir del 15 de julio de
2014.
Estando a lo dispuesto por el inciso e) del artículo 13
del Reglamento de Organización y Funciones del SAT,
aprobado por Ordenanza Nº 1698;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Dejar sin efecto la designación de la
señorita Gabriela Mayra Sánchez Montero como Analista
Auxiliar Coactivo I del SAT, dispuesta mediante Resolución
Jefatural Nº 001-004-00003292, a partir del 15 de julio de
2014.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JUAN MANUEL CAVERO SOLANO
Jefe del Servicio de Administración Tributaria
1111287-1
MUNICIPALIDAD DE
MAGDALENA DEL MAR
Establecen beneficios a favor de
comerciantes del distrito que
soliciten licencia de funcionamiento,
inspecciones de defensa civil y/o
renovación y autorización de anuncios
publicitarios
ORDENANZA Nº 015-MDMM
Magdalena, 25 de junio de 2014
ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIOS A
FAVOR DE LOS COMERCIANTES DEL DISTRITO
QUE SOLICITEN LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO,
INSPECCIONES DE DEFENSA CIVIL Y/O
RENOVACIÓN Y AUTORIZACIÓN DE ANUNCIOS
PUBLICITARIOS
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL
MAR
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión
Ordinaria Nº 12 de la fecha, y;
VISTOS:
El informe Nº 069-2014-SGCA-GDUO-MDMM de la
Subgerencia de Comercialización y Anuncios, el informe
Nº 045-2014-SGRD-GDUO-MDMM de la Subgerencia de
Riesgo de Desastres, el memorando Nº 184-2014-GDUO-
MDMM de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras, el
memorando Nº 346-2014-GPP-MDMM de la Gerencia de
Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 434-2014-
GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme establece el artículo 194º de la
Constitución Política del Perú modif‌i cado por la Ley de
Reforma Constitucional Nº 28607, las municipalidades
son órganos de gobierno local y tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, conforme lo establece los sub numerales 3.6, 3.6.4
específ‌i ca exclusiva de las municipalidades distritales, la
de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y
licencias de apertura de establecimientos comerciales,
industriales y de actividades profesionales de acuerdo con
la zonif‌i cación; y promover las condiciones favorables para
la productividad y competitividad en las zonas urbanas;
en su artículo 40º, faculta a las municipalidades a que
mediante Ordenanza puedan suprimir arbitrios, tasas,
licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites
establecidos por ley, en concordancia con lo dispuesto
del Perú y lo dispuesto en la Norma IV del Texto Único
Ordenado del Código Tributario aprobado mediante
Decreto Supremo 135-99-EF, modif‌i cado por el artículo 9
del Decreto Legislativo Nº 981;
Que, asimismo, de conformidad a lo dispuesto en los
numerales 8), 9) y 29) del artículo 9 de la Ley Nº 27972
del Concejo Municipal aprobar, modif‌i car o derogar
ordenanzas; así como, crear, modif‌i car, suprimir o exonerar
las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos,
conforme a lo dispuesto en la ley; y, aprobar el régimen de
administración de sus bienes y rentas;
Que, el artículo 41º de TUO del Código Tributario,
establece que excepcionalmente los gobiernos locales
podrán condonar con carácter general, el interés moratorio
y las sanciones, respecto de los impuestos que administren.
En caso de las contribuciones y tasas, dicha condonación
también podrá alcanzar al tributo;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Supremo Nº 156-2004-EF, TUO de la Ley de Tributación
Municipal, dentro de la clasif‌i cación de tasa, se encuentra
comprendidos los derechos administrativos;
Que, las Municipalidades dentro de su política
de abastecimiento y comercialización de productos y
servicios brindan facilidades a los administrados para
que regularicen su situación, así como se desarrollen las
actividades económicas en el distrito en forma ordenada y
conforme a ley;
Que, dentro del contexto antes señalado, la Subgerencia
de Comercialización y Anuncios, mediante el Informe Nº
069-2014-SGCA-GDUO-MDMM, y la Subgerencia de
Gestión del Riesgo de Desastres, mediante Informe Nº
045-2014-SGGRD-MDMM, proponen la implementación
de una campaña y/o incentivo temporal a efectos
que las personas puedan tramitar su procedimiento
de otorgamiento de Licencia de Funcionamiento y
autorización para la instalación de letreros y letras
recortadas en los parámetros de los locales comerciales
y/o de servicios (con excepción de paneles monumentales,
globos aerostáticos y banderolas) así como Inspecciones
Técnicas de Seguridad en Defensa Civil a un costo menor
al establecido en el TUPA vigente de la Municipalidad, por
el valor de S/. 5.00 (Cinco y 00/100 nuevos soles) por cada
procedimiento;
Que, mediante Memorándum Nº 345-2014-GPP-
MDMM la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, emite
pronunciamiento favorable en relación a la propuesta
planteada;
Que, mediante Informe Nº 434-2014-GAJ-MDMM, la
Gerencia de Asesoría Jurídica, emite pronunciamiento
favorablemente respecto de la propuesta de la Subgerencia
de Comercialización y Anuncios y la Subgerencia de
Gestión del Riesgo de Desastres, debiendo elevarse al
Concejo Municipal para su aprobación de ser el caso, de
conformidad con las normas citadas ut supra;
Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las
facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9 de la
informe favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica y
la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Concejo
Municipal aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del
trámite de lectura y aprobación del acta, la siguiente:
ORDENANZA
Artículo Primero.- La presente Ordenanza tiene
por objeto establecer una reducción temporal de la tasa

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