RESOLUCION N° 133-024-0039534-2015-SUNAT/6N0000 - Dejan sin efecto designaciones y designan Auxiliares Coactivos de la Oficina Zonal Huánuco - Intendencia Regional Junín

Fecha de publicación13 Febrero 2015
Fecha de disposición13 Febrero 2015
El Peruano
Viernes 13 de febrero de 2015
546648
Que, es necesario dejar sin efecto las designaciones
referidas en los considerandos anteriores, en virtud que
los mencionados trabajadores de la Intendencia Regional
La Libertad han sido rotados a otras áreas por necesidad
institucional y están ejerciendo funciones distintas a las de
cobranza coactiva;
En uso de las facultades conferidas en la Resolución
de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005-
2014-SUNAT/600000 y el inciso r del artículo 519° del
Reglamento de Organización y Funciones de SUNAT,
aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-
2014/SUNAT;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Dar por concluida la designación como
Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional la Libertad, a
los trabajadores que se indican a continuación:
- Dante Alejandro Cruz Arteaga.
- Emma Fiorella Bengoa Seminario
- Salvador Teodoro Quiroz Solano
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA SILVA GUEVARA
Intendente
Intendencia Regional La Libertad
1199872-1
Dejan sin efecto designaciones y
designan Auxiliares Coactivos de la
Oficina Zonal Huánuco - Intendencia
Regional Junín
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA
Nº 133-024-0039534-2015-SUNAT/6N0000
Huancayo, 09 de febrero de 2015
CONSIDERANDO:
Que, es necesario dejar sin efecto la designación
de Auxiliares Coactivos y designar nuevos Auxiliares
Coactivos de la Of‌i cina Zonal Huánuco - Intendencia
Regional Junín para garantizar el normal funcionamiento
de su cobranza coactiva;
Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del
Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo
N° 133-2013-EF y modif‌i catoria, establece los requisitos
que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo
de Auxiliar Coactivo;
Que, el personal propuesto ha presentado Declaración
Jurada manifestando reunir los requisitos antes
indicados;
Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto
Único Ordenado del Código Tributario, establece que
lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la
Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la
Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante
Concurso Público;
Que, el Artículo Único de la Resolución de Superintendencia
Nacional adjunta Operativa N° 005-2014-SUNAT/600000
desconcentra en el Intendente Principales Contribuyentes
Nacionales, en el Intendente Lima y en los Intendentes
Regionales, la competencia para designar auxiliares coactivos
en el ámbito de competencia de cada intendencia;
En uso de las facultades conferidas en la Resolución
de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005-
2014-SUNAT/600000.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Dejar sin efecto la designación como
Auxiliares Coactivos de la Of‌i cina Zonal Huánuco -
Intendencia Regional Junín, a los trabajadores que se
indican a continuación:
REG. APELLIDOS Y NOMBRES
1 3133 Olivero Denegri Goya Moraima
2 7797 Onofre Eduardo Jessica
Artículo 2°.- Designar como Auxiliares Coactivos de
la Of‌i cina Zonal Huánuco - Intendencia Regional Junín, a
los trabajadores que se indican a continuación:
REG. APELLIDOS Y NOMBRES
1 7795 Irribarren Calderon Galisia
2 8844 Minaya Chacon Julia Janeth
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PALMER LUIS DE LA CRUZ PINEDA
Intendente Regional (e)
Intendencia Regional Junín
1199875-1
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Autorizan conversión de la Oficina
Receptora de Comas a Oficina
Registral y su reubicación en el
distrito de Independencia, provincia y
departamento de Lima
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE
NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
Nº 022-2015-SUNARP/SN
Lima, 10 de febrero de 2015
VISTOS, el Memorándum N° 113-2015-SUNARP/
SG, el Of‌i cio N° 130-2015-SUNARP-ZRN°IX/JEF, el
Memorándum Múltiple N° 006-2015-SUNARP/OGPP, el
Memorándum N° 109-2015-SUNARP/DTR, y los Informes
N° 022-2015-SUNARP/OGTI, N° 013-2015-SUNARP/
OGA, N° 086 y 144-2015-SUNARP/OGAJ, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 26366 se creó la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos,
Organismo Descentralizado Autónomo del Sector Justicia
y ente rector del Sistema Nacional de los Registros
Públicos, con la f‌i nalidad de mantener y preservar la
unidad y coherencia del ejercicio de la función registral en
todo el país orientado a la especialización, simplif‌i cación,
integración y modernización de la función, procedimientos
y gestión de todos los registros que lo integran;
Que, conforme al artículo 81° del Reglamento de
Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado
por Decreto Supremo N° 012-2013-JUS, las Of‌i cinas
Registrales son unidades de ejecución de los Órganos
Desconcentrados encargados de brindar los servicios de
inscripción y publicidad registral de los diversos actos y
contratos inscribibles en el ámbito de su competencia;
Que, en aplicación a las políticas de desconcentración
e inclusión social, la Sunarp viene implementando Of‌i cinas
Receptoras y Registrales, con la f‌i nalidad de acercar los
servicios de publicidad e inscripción, a un mayor número
de ciudadanos;
Que, mediante Of‌i cio de Vistos, el Jefe (e) de la Zona
Registral N° IX – Sede Lima, solicita la conversión de
la Of‌i cina Receptora de Comas a Of‌i cina Registral y su
reubicación en el Centro Comercial Plaza Lima Norte,
perteneciente al distrito de Independencia, elevando
para ello, el expediente técnico con los sustentos
respectivos elaborados por las Unidades de Registral, de
Administración, de Planeamiento y Presupuesto así como
de Tecnologías de la Información, de la Zona Registral a
su cargo;
Que, conforme a lo dispuesto en la Directiva Nº 002-
2015-SUNARP/SN, que establece los lineamientos para
la conversión de Of‌i cina Receptora a Of‌i cina Registral
y/o apertura y funcionamiento desconcentrado de
Registro o Sección Registral, el estudio técnico deberá
contener el análisis técnico cuali-cuantitativo de las
Unidades de Planeamiento y Presupuesto; de Registral;
de Administración y de Tecnologías de la Información,

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