RESOLUCION MINISTERIAL N° 044-2015-TR - Designan Asesores II del Despacho Ministerial
Fecha de publicación | 27 Febrero 2015 |
Fecha de disposición | 27 Febrero 2015 |
El Peruano
Viernes 27 de febrero de 2015 547587
Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción
del Empleo, dándosele las gracias por los servicios
prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL YSAU MAURATE ROMERO
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
1205138-1
Designan Asesores II del Despacho
Ministerial
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 043-2015-TR
Lima, 26 de febrero de 2015
CONSIDERANDO:
Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor II, Nivel
Remunerativo F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio
de Trabajo y Promoción del Empleo;
Que, es necesario emitir el acto de administración
interna mediante el cual se designe al funcionario que
desempeñará dicho cargo;
Con la visación del Jefe de la Ofi cina General de
Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula
la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y
designación de funcionarios públicos y el numeral 8) del
artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar al señor RICARDO
ENRIQUE PAJUELO BUSTAMANTE, en el cargo de
Asesor II, Nivel Remunerativo F-5, del Despacho Ministerial
del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL YSAU MAURATE ROMERO
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
1205138-2
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 044-2015-TR
Lima, 26 de febrero de 2015
CONSIDERANDO:
Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor II, Nivel
Remunerativo F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio
de Trabajo y Promoción del Empleo;
Que, es necesario emitir el acto de administración
interna mediante el cual se designe al funcionario que
desempeñará dicho cargo;
Con la visación del Jefe de la Ofi cina General de
Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula
la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y
designación de funcionarios públicos y el numeral 8) del
artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar al señor RICARDO
VELÁSQUEZ RAMÍREZ, en el cargo de Asesor II, Nivel
Remunerativo F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio
de Trabajo y Promoción del Empleo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL YSAU MAURATE ROMERO
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
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TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Resolución Ministerial que incorpora
a la localidad de Colonia Angamos,
distrito de Yaquerana, como localidad
beneficiaria del Programa de Promoción
y Fomento establecido en la Ley N°
29159 y modifican los artículos 1 y
32, y el Anexo del Reglamento para la
Aplicación de la Modalidad de Entrega
de Subvención bajo el Sistema de
Cofinanciamiento, aprobado por la
Resolución Ministerial N° 881-2008-
MTC/02.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 073-2015 MTC/02
Lima, 23 de febrero de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 29159, se declaró de
necesidad y utilidad pública la prestación de los servicios
de transporte aéreo regular a zonas aisladas donde no
haya oferta privada de transporte aéreo, con el objeto
de contribuir a su desarrollo socioeconómico sostenible,
mejorar la calidad de vida de la población, combatir la
pobreza e integrar al país;
Que, el artículo 2 de la citada Ley autorizó al Ministerio
de Transportes y Comunicaciones - en adelante MTC - a
implementar un programa de promoción y fomento para
los operadores de aviación privada nacional, respecto
de la prestación de servicios de transporte aéreo con
frecuencia regular a zonas aisladas o con vías de muy
difícil acceso, o a donde no haya oferta privada de
servicio regular de transporte aéreo; asimismo, señaló
que el programa de promoción y fomento se realizará a
través de subvenciones directas, indirectas y/o sistemas
de cofi nanciamiento para los operadores de aviación
privada, con la fi nalidad de que el usuario fi nal pague por
el servicio un monto inferior a su costo, sobre la base de
estudios económicos a cargo de la Dirección General de
Aeronáutica Civil - en adelante DGAC;
Que, el artículo 3 de la referida Ley estableció como
localidades benefi ciarias a las ciudades de Atalaya, Breu,
Sepahua y Puerto Esperanza - Purús, en la Región de
Ucayali y Caballococha, Estrecho y Güeppi, en la Región
de Loreto, quedando autorizado el MTC para ampliar este
benefi cio a otras ciudades mediante vuelos regulares,
de acuerdo a un estudio económico, previo permiso de
operación con frecuencias e itinerarios;
Que, mediante el artículo 3 del Reglamento de la
Ley N° 29159, aprobado por Decreto Supremo N° 013-
2008-MTC, se defi nió que el Programa de Promoción y
Fomento es el programa mediante el cual se garantizará
a las localidades benefi ciarias la prestación de un servicio
de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo, con
frecuencia regular, en zonas aisladas, donde no exista
oferta privada de vuelos regulares;
Que, mediante el artículo 6 del Reglamento de la
Ley N° 29159, aprobado por Decreto Supremo N° 013-
2008-MTC, se estableció que el MTC podrá incorporar
nuevas localidades benefi ciarias, siempre que reúnan los
requisitos de: a) ser zonas aisladas, b) no exista oferta
privada de servicio de transporte aéreo, con frecuencia
regular, c) cuenten con un aeródromo autorizado por la
DGAC o con ríos que permitan el acuatizaje de aeronaves
y d) cuenten con un estudio técnico-económico favorable
de la DGAC;
Que, de otro lado, el artículo 7 del referido Reglamento
señala que las nuevas localidades benefi ciarias serán
designadas mediante Resolución Ministerial del MTC;
Que, por otro lado, es preciso señalar que mediante
Resolución Ministerial N° 881-2008-MTC/02 se aprobó el
“Reglamento para la Aplicación de la Modalidad de Entrega
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