Estudio Preliminar: La batalla de los intereses y la conquista de los objetivos en el Derecho Laboral peruano, lo que está detrás de la voluntad legislativa

AutorJavier Neves Mujica - Elmer Guillermo Arce Ortiz
Cargo del AutorEx Ministro de Trabajo y Profesor de Derecho Laboral de la Pontificia Universidad Católica del Perú - Profesor de Derecho Laboral de la Pontificia Universidad Católica del Perú
Páginas15-42
ESTUDIO PRELIMINAR
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Estudio Preliminar:
La batalla de los intereses
y la conquista de los objetivos
en el Derecho Laboral peruano
Lo que está detrás de la voluntad legislativa
JAVIER NEVES MUJICA y ELMER ARCE ORTIZ
El tecnicismo jurídi co nos ha llevado muchas veces a cono-
cer las ley es sólo en su “supe rficie”. Lo que d ice la ley es
lo justo y nos engañamos pe nsando que ella procede de una
voluntad legislativa estat al ecuánime e imparci al. Nada más
lejos de la verdad. Co mo señala Ang el Latorre, “ un examen
completo de las leyes no puede cont entarse con conocer su
superf icie, sino que ha d e cal ar má s hon do e inda gar l as
causas y facto res reales que han concur rido en su formación,
las f uerzas soc iales que las han promovido y los móviles y
fines qu e en ellas a lientan”1.
Aun cuando esta compilación legislativa en materia labo-
ral tenga por pretensión principal la de presentar las normas
estatales que regulan la relación de trabajo, el objetivo de este
estudio preliminar es establecer algunas pautas de reflexión
sobre la genética de las mismas. A cualquiera de nosotros, el
análisis más allá del producto normativo puede resultar extraño
1 LATORRE, A ngel, Introducción al derecho, Barcelona, Ed. Ariel,
1968, pp. 56 y ss.
JAVIER NEVES MUJICA / ELMER ARCE ORTIZ
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a la dogmática jurídica, sin embargo, a juicio de Diez Picazo no
debería excluírsele de ser materia jurídica2.
No se tiene por qué negar que los grupos sociales con ma-
yor fuerza en las instancias estatales de poder, que tienen de
algún modo acceso a él o que pueden presionarlo, sean los que
normalmente imponen sus intereses a los demás3. En cambio, si
enfrente encuentran grupos sociales de su misma envergadura,
que pueden tener similar fuerza, la ley normalmente será un
producto del consenso en una sociedad de democracia moderna.
Incluso, otras veces no existirán grupos de presión orga-
nizados, sino fuerzas sociales más difusas como la “opinión
pública”. O, en otros contextos, puede que un interés puntual
empuje a la formación de una ley, como ocurrió en el caso de la
ley de tercerización, ya que de ello dependía la aprobación del
TLC con EE.UU. Recuérdese que el Congreso norteamericano,
sobre todo el sector demócrata, exigió al Perú que eleve sus
mínimos de protección legal en varias instituciones laborales.
Seguro que un estudio riguroso de la genética de las leyes
laborales en el Perú excede la pretensión de un estudio prelimi-
nar como éste, no obstante, es por eso, que sólo queremos dejar
probado con ciertas apreciaciones que la “voluntad legislativa
estatal” no es ni puede ser neutra4. Es más, podríamos decir, a
2 DIEZ PICAZO, Luis Maria, Experiencias Jurídicas y teoría del dere-
cho, Barcelona, Ed. Ariel, 1993, p. 152.
3 En la obra de George Ripert, se postula la teoría de que el capitalis-
mo como sistema económico que organiza la producción tuvo que
crear “su” propio derecho para consolidarse y consolidar sus fines.
Se dice que “el capitalismo ha creado su propio derecho” (p. 9). La
concentración de capitales y la centralidad del capital en la empresa
moderna son los intereses defendidos por los grupos propietarios de
capital. RIPERT, Gezorge, Aspectos jurídicos del capitalismo moderno,
Granada, Comares, 2001, pp. 7 y ss.
4 Tras la aparente imparcialidad de la voluntad legislativa, de lo que
se trata es de la “explicación de la norma jurídica”. Y ello se va a
lograr a través de sus conexiones históricas, sociales, económicas

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