RESOLUCION N° 015-2014-GS-OSITRAN - Amplían plazo para la remisión de comentarios respecto del Proyecto de 'Reglamento de Acceso para la prestación de los Servicios Esenciales de Practicaje y Remolcaje' de la Entidad Prestadora Transportadora Callao S.A.

Fecha de disposición19 Abril 2014
Fecha de publicación19 Abril 2014
El Peruano
Sábado 19 de abril de 2014 521271
ORGANISMOS REGULADORES
ORGANISMO SUPERVISOR
DE LA INVERSION EN
INFRAESTRUCTURA DE
TRANSPORTE DE USO PUBLICO
Amplían plazo para la remisión de
comentarios respecto del Proyecto
de “Reglamento de Acceso para la
prestación de los Servicios Esenciales
de Practicaje y Remolcaje” de la Entidad
Prestadora Transportadora Callao S.A.
RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE
SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN
Nº 015 -2014-GS-OSITRAN
Lima, 16 de abril del 2014
ENTIDAD PRESTADORA : Transportadora Callao S.A.
– TCSA
MATERIA : Ampliación de plazo por diez (10) días
para remitir comentarios y/o observaciones al Proyecto de
“Reglamento de Acceso para la prestación de los Servicios
Esenciales de Practicaje y Remolcaje” del Terminal
Portuario de Transportadora Callao S.A.
VISTOS:
La Carta REM – 024/2014 de fecha de recepción el 16 de
abril de 2014 y Carta s/n del 14 de abril de 2014, mediante
las cuales las empresas usuarias Petrolera Transoceánica
S.A y Transtotal Agencia Marítima S.A, solicitan ampliación
de plazo, a f‌i n de remitir sus observaciones y/o comentarios,
respecto al Proyecto de “Reglamento de Acceso para
la prestación de los Servicios Esenciales de Practicaje y
Remolcaje”, del Terminal Portuario Transportadora Callao
S.A.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de la Gerencia de Supervisión
y Fiscalización N° 08 -2014-GS-OSITRAN del 20 de marzo
de 2014, publicada en el diario of‌i cial “El Peruano” el 26-03-
2014, se aprobó la difusión del Proyecto del Reglamento
de Acceso para la prestación de los Servicios Esenciales
de Practicaje y Remolcaje del Terminal Portuario
Transportadora Callao S.A.
Que, el Reglamento Marco de Acceso-REMA de
OSITRAN establece las reglas y procedimientos referidos
al acceso a la infraestructura de transporte de uso público,
y precisa los criterios técnicos, económicos y legales a los
cuales deberán sujetarse, los Reglamentos de Acceso de
las Entidades Prestadoras; los Contratos de Acceso a la
Infraestructura de Transporte de Uso Público, incluida su
forma y mecanismo de celebración; y los Pronunciamientos
sobre el Acceso a la Infraestructura de Transporte de Uso
Público que emite el OSITRAN, incluyendo los mandatos
de acceso;
Que, el Artículo 13º del REMA dispone que cada
Entidad Prestadora deberá contar con un Reglamento de
Acceso aprobado por el OSITRAN con el f‌i n de entregar
a los potenciales Usuarios Intermedios toda la información
relevante necesaria para solicitar el Acceso;
Que, asimismo, el artículo 14º del REMA establece el
contenido mínimo del Reglamento de Acceso de la Entidad
Prestadora;
Que, mediante Carta REM – 024/2014 de fecha de
recepción el16 de abril de 2014 y Carta s/n del 14 de abril de
2014, mediante las cuales las empresas usuarias Petrolera
Transoceánica S.A y Transtotal Agencia Marítima S.A.,
solicitan ampliación de plazo para remitir sus observaciones
y/o comentarios;
Que, de una revisión de los motivos de la solicitud de
ampliación, este despacho considera pertinente proceder
a la ampliación del plazo solicitado, a f‌i n que, los usuarios
intermedios puedan remitir sus observaciones y/o
comentarios al Proyecto del “Reglamento de Acceso para
la prestación de los Servicios Esenciales de Practicaje
y Remolcaje”, presentado por la Entidad Prestadora
Transportadora Callao S.A., de acuerdo a las disposiciones
establecidas por el REMA vigente, sin perjuicio de lo cual
precisamos que los inconvenientes señalados por las
mencionadas empresas, a la fecha de emisión del presente
acto, ya han sido superados.
RESUELVE:
Primero: Ampliar por el termino de 10 (diez) días
adicionales, contados a partir del día siguiente del
vencimiento del plazo autorizado por la Resolución
de Gerencia de Supervisión y Fiscalización Nº 08 -
2014-GS-OSITRAN, el plazo para que los Usuarios
Intermedios puedan remitir a OSITRAN sus comentarios
y/u observaciones respecto del Proyecto de “Reglamento
de Acceso para la prestación de los Servicios Esenciales
de Practicaje y Remolcaje” de la Entidad Prestadora
Transportadora Callao S.A., con lo cual el nuevo plazo
vence el día martes 06 de mayo de 2014.
Segundo: Autorizar la publicación de la presente
Resolución en el diario oficial “El Peruano”. Asimismo,
disponer que la presente Resolución sea difundida en la
página Institucional de OSITRAN y de Transportadora
Callao S.A., precisándose expresamente la conveniencia
de difundir el estudio de maniobras y amarres elaborado
por la mencionada Entidad Prestadora.
Cuarto: Notif‌i car la presente Resolución a la Entidad
Prestadora Transportadora Callao S.A.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FRANCISCO JARAMILLO TARAZONA
Gerente de Supervisión y Fiscalización
1074838-1
ORGANISMOS TECNICOS
ESPECIALIZADOS
COMISION DE PROMOCION
DEL PERU PARA LA
EXPORTACION Y EL TURISMO
Autorizan viaje de representante de
PROMPERÚ a Panamá, en comisión de
servicios
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL
Nº 068-2014-PROMPERÚ/SG
Lima, 4 de abril de 2014
Visto el Sustento Técnico de viaje de la Dirección
de Promoción de las Exportaciones de la Comisión de
Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo -
PROMPERÚ.
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión de Promoción del Perú para
la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un
organismo público técnico especializado adscrito al
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente
para proponer y ejecutar los planes y estrategias

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