RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 838-2013-P-CSJLI/PJ - Disponen que el 1°, 2°, 3° y 4° Juzgado Mixto Permanente de San Juan de Lurigancho remitan los expedientes en trámite a la Mesa de Partes correspondientes de cada sede donde se encuentren los Juzgados Mixtos Transitorios

Fecha de disposición12 Octubre 2013
Fecha de publicación12 Octubre 2013
El Peruano
Sábado 12 de octubre de 2013
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de los Juzgados Comerciales, por tanto el Consejo
Ejecutivo Distrital tiene a bien felicitar y expresarles un
reconocimiento por su destacada labor, dedicación,
responsabilidad y entrega al trabajo; asimismo, es
acuerdo del Consejo Ejecutivo Distrital hacer público tal
reconocimiento a f‌i n que los demás trabajadores realicen
propuestas de mejoras en benef‌i cio de la institución y en
especial del área laboral en el cual se desempeñan.
Por los fundamentos expuestos, en mérito al acuerdo
adoptado y en uso de sus atribuciones, el Consejo
Ejecutivo Distrital,
RESUELVE:
Artículo Primero.- FELICITAR y EXPRESAR un
especial RECONOCIMIENTO a la Licenciada JANET
LUDEÑA MENDOZA- Administradora de las Salas y
Juzgados Comerciales, LINDA TUME VARAS- Servidora
de la Sub Gerencia de Soporte Técnico, y FELIPE REYES
URBANO- Encargado de Remates de la Sede Comercial,
por su destacada labor, dedicación y entrega al trabajo.
Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución
Administrativa en conocimiento de los servidores
reconocidos, para los f‌i nes pertinentes.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS
Consejero
Consejo Ejecutivo Distrital
HECTOR ENRIQUE LAMA MORE
Consejero
Consejo Ejecutivo Distrital
JORGE ANTONIO PLASENCIA CRUZ
Consejero
Consejo Ejecutivo Distrital
JULIO CESAR RODRIGUEZ RODRIGUEZ
Consejero
Consejo Ejecutivo Distrital
NORVIL E. CIEZA MONTENEGRO
Consejero
Consejo Ejecutivo Distrital
999484-1
Disponen que el 1°, 2°, 3° y 4° Juzgado
Mixto Permanente de San Juan de
Lurigancho remitan los expedientes
en trámite a la Mesa de Partes
correspondientes de cada sede donde
se encuentren los Juzgados Mixtos
Transitorios
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 838-2013-P-CSJLI/PJ
Lima, 25 de setiembre del 2013
VISTO:
Las Resoluciones Administrativas N° 154-2013-CE-PJ
y N° 186-2013-CE-PJ de fecha 01 y 28 de Agosto del 2013
respectivamente; el Informe N° 068-2013-AEPR-UPD-
CSJLI/PJ de fecha 18 de Setiembre del 2013 y el Acta
de sesión de trabajo de la Comisión Distrital de Descarga
Procesal de fecha 18 de Setiembre del 2013;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Administrativa N° 154-2013-
CE-PJ de vista, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial
dispuso convertir y reubicar el 4° Juzgado Contencioso
Administrativo Transitorio de Lima en el 1° Juzgado Mixto
Transitorio de San Juan de Lurigancho y el 6° Juzgado
Contencioso Administrativo Transitorio de Lima en el 2°
Juzgado Mixto Transitorio de San Juan de Lurigancho,
prorrogando su fecha de funcionamiento hasta el 31 de
Diciembre del 2013.
Que, mediante Resolución Administrativa N° 186-
2013-CE-PJ de vista, el Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial dispuso convertir el 4° Juzgado de Familia Tutelar
Transitorio de Lima en Tercer Juzgado Mixto Transitorio
de San Juan de Lurigancho; prorrogando su fecha de
funcionamiento hasta el 31 de Diciembre del 2013.
Que, uno de los lineamientos del Plan Nacional de
Descarga es disponer que los órganos a los cuales se les
prorroga la continuidad, deberán de recibir de los órganos
permanentes, expedientes en cantidad proporcional
al tiempo de plazo prorrogado, de modo que se pueda
liquidar en su totalidad. Por ninguna razón podrán conocer
procesos nuevos, debiendo de priorizar los más antiguos
y/o menor complejidad a f‌i n de conseguir el objetivo de
maximizar la capacidad resolutiva en benef‌i cios de los
justiciables y acercarse a la meta de lograr mayor cantidad
de expedientes resueltos respecto a los ingresos.
Que, la Comisión Distrital de Descarga Procesal
de la Corte Superior de Justicia de Lima, tiene como
f‌i nalidad monitorear el funcionamiento de los órganos
jurisdiccionales transitorios y permanentes, a f‌i n de
coadyuvar al logro del objetivo institucional, dando cuenta
a la Comisión Nacional de Descarga Procesal, para
cuyos f‌i nes se aprobaron los instrumentos normativos,
lineamientos y procedimientos que optimicen el
funcionamiento de dichos órganos jurisdiccionales.
En ese sentido, la Comisión Distrital de Lima en su
sesión de trabajo del dieciocho de Setiembre de los
corrientes, acordó que los Juzgados Mixtos Transitorios
de San Juan de Lurigancho recepcionen expedientes en
trámite de los Juzgados Mixtos Permanentes de dicha
localidad, a f‌i n de que cuenten con determinada cantidad
de expedientes en el mencionado estado, teniendo en
cuenta determinadas consideraciones.
Que, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo ha
emitido el informe N° 068-2013-AEPR-UPD-CSJLI/PJ, el
cual conforme a los acuerdos de la Comisión en mención,
se establece que las cantidades a redistribuir de la carga
procesal en giro de las Especialidades Civil, Familia y
Laboral del 1°, 2°, 3° y 4° Juzgados Mixtos Permanentes
de San Juan de Lurigancho serán de 536, 180, 368 y 180
expedientes respectivamente, y serán remitidos hacia el
1°, 2° y 3° Juzgados Mixtos Transitorios de San Juan de
Lurigancho, siendo que el 1° Juzgado Mixto Transitorio
apoyará al 3° Juzgado Mixto Permanente; el 2° Juzgado
Mixto Transitorio apoyará al 2° y 4° Juzgado Mixto
Permanente y; 3° Juzgado Mixto Transitorio apoyará al 1°
Juzgado Mixto Permanente.
Que, en mérito a lo indicado, corresponde a la
Presidencia de la Corte de Lima, disponer las acciones
administrativas respectivas a f‌i n de dar cumplimiento a
lo arriba citado; en consecuencia, corresponde ordenar y
ejecutar las medidas pertinentes para tal f‌i n, con sujeción
a los lineamientos dispuestos de la acotada Resolución
Administrativa.
Que, la Resolución Administrativa N° 031-2012-CE-PJ
de fecha el 2 de marzo del 2012, aprueba la Directiva N°
001-2012-CE-PJ denominada “Lineamientos Uniformes
para el funcionamiento de las Comisiones Nacional y
Distritales de Descarga Procesal”, que en su Artículo
6 Numeral 3 Literal b, establece como integrante al
Presidente de la Corte Superior de cada Distrito Judicial
al ser la máxima autoridad administrativa. En ese orden
de ideas, en virtud del artículo quinto de la Resolución
Administrativa N° 020-2013-CE-PJ se faculta al Presidente
de la Comisión Distrital de Descarga Procesal a dictar las
acciones administrativas necesarias para monitorear las
actividades de descarga.
Que, por las razones expuestas, en uso de las
facultades conferidas en el inciso 3 del artículo 90° del
Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder
Judicial e inciso 3 del artículo 9° del Reglamento de
Organización y Funciones de las Cortes Superiores de
Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado
mediante Resolución Administrativa N° 214-2012-CE-PJ
de fecha 5 de noviembre del 2012:
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DISPONER que el 1°, 2°, 3° y 4°
Juzgado Mixto Permanente de San Juan de Lurigancho
cumplan con efectuar la remisión de 1,264 expedientes
en trámite a la Mesa de Partes correspondientes de

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