06 531-PE-ESSALUD-2001 - Modifican el Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Asegurado de ESSALUD

Fecha de publicación20 Diciembre 2001
Fecha de disposición20 Diciembre 2001
Pág. 214217
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 20 de diciembre de 2001
ESSALUD
Modifican el Reglamento de Organiza-
ción y Funciones de la Defensoría del
Asegurado de ESSALUD
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
Nº 531-PE-ESSALUD-2001
Lima, 12 de diciembre del 2001
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº
217-PE-ESSALUD-2001 se creó la Defensoría del Asegu-
rado de ESSALUD en mérito a lo dispuesto en el Acuerdo
de Consejo Directivo Nº 74-9-ESSALUD-2001;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva
Nº 424-PE-ESSALUD-2001, se aprobó el Reglamento
de Organización y Funciones de la Defensoría del
Asegurado de ESSALUD, el mismo que fuera modifica-
do por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 466-PE-
ESSALUD-2001;
Que, de la revisión del texto es necesario modificar los
Artículos 6º, 7º, 9º, 10º y 14º del Reglamento de Organiza-
ción y Funciones de la Defensoría del Asegurado de ES-
SALUD, con el fin de precisar lo dispuesto en ellos;
En uso de las atribuciones conferidas;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- MODIFICAR los Artículos 6º, 7º, 9º,
10º y 14º del Reglamento de Organización y Funciones de
la Defensoría del Asegurado de ESSALUD, aprobado por
Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 424-PE-ESSALUD-
2001 y modificado por Resolución de Presidencia Ejecuti-
va Nº 466-PE-ESSALUD-2001, los mismos que quedarán
redactados de la siguiente manera:
"Artículo 6º.- El Consejo de Defensores: Designa-
ción
El Consejo de Defensores es la más alta autoridad de
la Defensoría del Asegurado de ESSALUD.
Está conformado por tres (3) miembros, los cuales son
elegidos mediante concurso público de méritos, el mismo
que estará a cargo de un Jurado Evaluador, constituido por
iniciativa de la Presidencia Ejecutiva.
El cargo de Presidente del Consejo de Defensores será
ocupado por el defensor de mayor antigüedad en el cargo,
en caso de defensores con igual antigüedad corresponde-
rá al que obtuvo el mayor puntaje en la evaluación del Con-
curso Público de Méritos.
Para la designación de los miembros del Consejo de
Defensores de la Defensoría del Asegurado, es necesa-
rio contar con mayoría calificada equivalente a la mitad
más uno del número legal de miembros del Jurado. La
designación se formalizará mediante Resolución de la
Presidencia Ejecutiva de ESSALUD, sólo para efectos
administrativos.
El Jurado Evaluador estará conformado por ocho (8)
miembros, de acuerdo al siguiente detalle:
· Dos (2) representantes de la Presidencia Ejecutiva de
ESSALUD, uno de los cuales presidirá;
· Un (1) representante del Ministerio de Trabajo y Pro-
moción Social;
· Un (1) representante del Ministerio de Salud;
· Un (1) representante de la Defensoría del Pueblo;
· Un (1) representante del Colegio de Abogados de Lima;
· Un (1) representante del Colegio Médico del Perú;
· Un (1) representante de la Academia Nacional de
Medicina.
Para este efecto, cada una de las entidades señaladas
en el párrafo anterior, designará a su representante por
resolución o acto de su titular."
"Artículo 7º.- El Consejo de Defensores: duración
del cargo
El mandato de los miembros del Consejo de Defenso-
res es ejercido por un período de tres (3) años, pudiendo
ser ratificados por única vez por un período adicional de
uno, dos o tres años.
El Consejo de Defensores será renovado por tercios
cada año, proceso que se llevará a cabo al culminar el ter-
cer año de su funcionamiento.
De producirse, durante el ejercicio del cargo, alguno de
los supuestos de vacancia señalados en los literales b) al
f) del numeral 10.2 del Artículo 10º de este Reglamento, la
plaza será cubierta por un defensor suplente hasta el tér-
mino del mandato, el cual será designado en el orden de
prelación resultante del Concurso Público de Méritos y con-
forme a lo establecido en el segundo y tercer párrafo del
Artículo 9º de este Reglamento.
En cualquier caso, los Defensores continuarán en el
ejercicio de su cargo y funciones hasta que el nuevo De-
fensor haya sido designado y tomado posesión del cargo."
"Artículo 9º.- Perfil de los Defensores
Los miembros del Consejo de Defensores serán perso-
nas de amplia y reconocida solvencia moral y profesional,
con un mínimo de 10 años en el ejercicio de su profesión y
experiencia relacionada con el ámbito de la salud y dere-
chos de los asegurados y pacientes.
Deberán ser preferentemente profesionales en ciencias
médicas, derecho, asistencia social, pudiendo valorarse
otras profesiones vinculadas a las ciencias sociales.
En la conformación del Consejo de Defensores deberá
garantizarse la presencia de un profesional de la ciencia
médica y uno del derecho."
"Artículo 10º.- Impedimentos para ser defensor y
causales de vacancia del cargo
10.1 Están impedidos de postular al cargo de Defensor
del Asegurado de ESSALUD:
a) Quienes mantengan vínculo laboral o comercial con
ESSALUD o sean representantes de personas jurídicas, o
ejecutivos, o directores de empresas que mantengan vín-
culos comerciales con la Institución;
b) Las personas con parentesco de consanguinidad
hasta el cuarto grado o segundo de afinidad, con los miem-
bros del Consejo Directivo, o con alguno de los miembros
del Jurado Evaluador;
c) Las personas naturales o representantes de perso-
nas jurídicas que mantengan litigio judicial pendiente con
ESSALUD;
d) Quienes hayan sido condenados por la comisión de
delito doloso.
10.2 El cargo de defensor vaca por:
a) Vencimiento del plazo establecido para el ejercicio
del cargo;
b) Renuncia;
c) Impedimento legal sobreviniente;
d) Enfermedad física o mental que inhabilite para el ejer-
cicio del cargo;
e) Muerte o incapacidad permanente sobreviniente;
f) Destitución por actuar con negligencia en el ejercicio
de sus funciones."
"Artículo 14º.- Perfil de los Defensores Delegados
Los Defensores Delegados serán médicos, abogados,
asistentes sociales u otros profesionales vinculados a las
ciencias sociales, con experiencia en el ámbito de la salud
y los derechos de los asegurados y pacientes."
Regístrese, comuníquese y publíquese.
IGNACIO BASOMBRIO ZENDER
Presidente Ejecutivo
36616

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR