RESOLUCION JEFATURAL N° 196-2014/JNAC/RENIEC - Autorizan delegación de funciones registrales a oficinas de registros del estado civil de municipalidades de centros poblados ubicados en los departamentos de Cajamarca, Huánuco, Ayacucho, Huancavelica y Puno

Fecha de disposición16 Agosto 2014
Fecha de publicación16 Agosto 2014
El Peruano
Sábado 16 de agosto de 2014
530124
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 195-2014/JNAC/RENIEC
Lima, 15 de agosto de 2014
VISTOS:
El Informe N° 000342-2014/GPRC/SGIRC/RENIEC
(15JUL2014) de la Sub Gerencia de Integración de
Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros
Civiles, el Memorando N 000610-2014/GRC/RENIEC
(25JUL2014) de la Gerencia de Registros Civiles, y el
Informe N° 000065-2014/GPRC/RENIEC (08AGO2014)
de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles;
CONSIDERANDO:
Que, a través del Decreto Supremo N° 015-98-PCM,
se aprobó el Reglamento de las Inscripciones del Registro
Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil, el cual precisa
que el Sistema Registral está conformado por el conjunto
de órganos y personas del Registro, que tienen a su cargo
la ejecución de los procedimientos administrativos de
inscripción y que las Of‌i cinas Registrales se encuentran
encargadas del procesamiento registral y demás funciones
inherentes al Registro de Estado Civil, facultándose a la
Jefatura Nacional la creación y autorización de las que
fueren necesarias;
Que, para el ejercicio de sus funciones, el Registro
Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil mantiene estrecha
y permanente coordinación con diversas entidades, como
las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios
de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de
Centro Poblado), Comunidades Campesinas y Nativas
reconocidas y cualquier otra dependencia, instancia o
entidad, pública o privada, cuando ello fuese necesario,
conforme lo establece el artículo 8º de la Ley Nº 26497-
Ley Orgánica del Registro Nacional de Identif‌i cación y
Estado Civil;
Que, la Of‌i cina de Registros del Estado Civil que
funciona en la Municipalidad de Santa Rosa de Pitumama,
Distrito de Pillco Marca, Provincia y Departamento de
Huánuco, a la cual hacen referencia los informes de
vistos, ha formalizado expediente para la regularización
de delegación de funciones registrales, habiendo sido
calif‌i cado positivamente por la Sub Gerencia de Integración
de Registros Civiles, por la Gerencia de Registros Civiles,
órgano técnico en materia registral; y por la Gerencia
de Procesos de Registros Civiles, órgano encargado
de supervisar y controlar el proceso de autorización de
delegación de funciones de las Of‌i cinas de Registros
del Estado Civil en Centros Poblados y Comunidades
Nativas;
Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar
la delegación referida, a f‌i n de establecer la vinculación
funcional, cuya difusión debe garantizar el acceso de
la generalidad de usuarios a los diferentes servicios
registrales, dado el carácter público del registro; y
Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos
de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas
por Ley Nº 26497 -Ley Orgánica del Registro Nacional de
Identif‌i cación y Estado Civil, el Decreto Supremo N° 015-
98-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones
de la Institución, aprobado mediante Resolución Jefatural
Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto
por el numeral 1) del artículo 10° del Decreto Supremo Nº
001-2009-JUS (15ENE2009);
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar, en vía de regularización, la
delegación de las funciones registrales establecidas en
los literales a, b, c, e, i, l, m, n, o y q del artículo 44° de la
Ley N° 26497; así como las acciones administrativas que
correspondan, para llevar adelante tal delegación, a la
Of‌i cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad
del Centro Poblado de Santa Rosa de Pitumama, Distrito
de Pillco Marca, Provincia y Departamento de Huánuco.
Artículo 2°.- El Jefe de la Of‌i cina de Registros del
Estado Civil de la Municipalidad señalada en el artículo
1°, queda encargado de las funciones registrales
cuya delegación se autoriza; así como de las acciones
administrativas que correspondan, para llevar adelante la
delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad
sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control
del RENIEC.
Artículo 3°.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia
Técnica de Registros Civiles de la Gerencia de Registros
Civiles, proporcionará los Libros de Nacimiento,
Matrimonio y Defunción, a la Of‌i cina de Registros del
Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado
de Santa Rosa de Pitumama, Distrito de Pillco Marca,
Provincia y Departamento de Huánuco; correspondiendo
a la Jefatura Regional a cuya jurisdicción pertenece,
orientar e impartir instrucciones a ésta, a f‌i n de que el
procedimiento registral se realice conforme a las normas
legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las
inscripciones en los Registros de Estado Civil.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional
1124514-3
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 196-2014/JNAC/RENIEC
Lima, 15 de agosto de 2014
VISTOS:
El Informe N° 000284-2014/GPRC/SGIRC/RENIEC
(19JUN2014) de la Sub Gerencia de Integración de
Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros
Civiles, el Memorando N° 000518-2014/GRC/RENIEC
(02JUL2014) de la Gerencia de Registros Civiles, y el
Informe N° 000057-2014/GPRC/RENIEC (11JUL2014) de
la Gerencia de Procesos de Registros Civiles;
CONSIDERANDO:
Que, a través del Decreto Supremo N° 015-98-PCM,
se aprobó el Reglamento de las Inscripciones del Registro
Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil, el cual precisa
que el Sistema Registral está conformado por el conjunto
de órganos y personas del Registro, que tienen a su cargo
la ejecución de los procedimientos administrativos de
inscripción y que las Of‌i cinas Registrales se encuentran
encargadas del procesamiento registral y demás funciones
inherentes al Registro de Estado Civil, facultándose a la
Jefatura Nacional la creación y autorización de las que
fueren necesarias;
Que, para el ejercicio de sus funciones, el Registro
Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil mantiene estrecha
y permanente coordinación con diversas entidades, como
las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios
de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de
Centro Poblado), Comunidades Campesinas y Nativas
reconocidas y cualquier otra dependencia, instancia o
entidad, pública o privada, cuando ello fuese necesario,
conforme lo establece el artículo 8º de la Ley Nº 26497-
Ley Orgánica del Registro Nacional de Identif‌i cación y
Estado Civil;
Que, la Of‌i cina de Registros del Estado Civil que
funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Pampa
Miraf‌l ores, Distrito de Santa Rosa, Provincia de La Mar,
Departamento de Ayacucho, a la cual hacen referencia
los informes de vistos, ha formalizado expediente para
la regularización de delegación de funciones registrales,
habiendo sido calif‌i cado positivamente por la Sub Gerencia
de Integración de Registros Civiles, por la Gerencia de
Registros Civiles, órgano técnico en materia registral;
y por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles,
órgano encargado de supervisar y controlar el proceso de
autorización de delegación de funciones de las Of‌i cinas
de Registros del Estado Civil en Centros Poblados y
Comunidades Nativas;
Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar
la delegación referida, a f‌i n de establecer la vinculación
funcional, cuya difusión debe garantizar el acceso de
la generalidad de usuarios a los diferentes servicios
registrales, dado el carácter público del registro; y
Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos
de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas

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