RESOLUCION SUPREMA N° 017-2014-EM - Otorgan concesión definitiva a la Empresa de Distribución Eléctrica Lima Norte S.A.A. para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en línea de transmisión ubicada en el departamento de Lima

Fecha de publicación08 Abril 2014
Fecha de disposición08 Abril 2014
El Peruano
Martes 8 de abril de 2014 520511
en representación del Estado, la Minuta de la Octava
Modif‌i cación al Contrato de Concesión Def‌i nitiva N° 055-
95, aprobada en el artículo precedente y la Escritura
Pública correspondiente.
Artículo 3º.- El texto de la presente Resolución
Suprema deberá insertarse en la Escritura Pública que dé
origen la Octava Modif‌i cación al Contrato de Concesión
N° 055-95.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del
Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá
ser publicada para su vigencia en el Diario Of‌i cial El
Peruano por una sola vez, y será notif‌i cada al concesionario
dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha
publicación, conforme al artículo 53 del Reglamento de la
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Energía y Minas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ELEODORO MAYORGA ALBA
Ministro de Energía y Minas
1071437-7
Otorgan concesión definitiva a la
Empresa de Distribución Eléctrica
Lima Norte S.A.A. para desarrollar la
actividad de transmisión de energía
eléctrica en línea de transmisión
ubicada en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 017-2014-EM
Lima, 7 de abril de 2014
VISTO: El Expediente Nº 14332013 sobre otorgamiento
de concesión def‌i nitiva para desarrollar la actividad de
transmisión de energía eléctrica, presentado por Empresa
de Distribución Eléctrica Lima Norte S.A.A., persona
jurídica inscrita en la Partida Nº 11008737 del Registro
de Personas Jurídicas, Zona Registral Nº IX Sede Lima,
Of‌i cina Registral de Lima;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Carta Nº GT-140-2013 con registro de
ingreso Nº 2322579, de fecha 27 de agosto de 2013 se
solicitó se otorgue la concesión def‌i nitiva para desarrollar la
actividad de transmisión de energía eléctrica del proyecto
de la Línea de Transmisión de 220 kV S.E. Carabayllo
– S.E. Nueva Jicamarca, ubicada en el departamento y
provincia de Lima, distritos de Carabayllo, Comas y San
Juan de Lurigancho, cuyas coordenadas UTM (PSAD56)
f‌i guran en el Expediente;
Que, mediante la Resolución Directoral Nº 352-
2013-MEM/AAE, de fecha 27 de noviembre de 2013, la
Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos
del Ministerio de Energía y Minas aprobó el Estudio de
Impacto Ambiental del Proyecto “Línea de Transmisión en
220 kV S.E. Carabayllo – S.E. Nueva Jicamarca”;
Que, la petición está amparada en las disposiciones
contenidas en el artículo 25 del Decreto Ley Nº 25844,
Ley de Concesiones Eléctricas, y en los artículos
pertinentes de su Reglamento, aprobado por Decreto
Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los
requisitos legales para su presentación;
Que, la Dirección General de Electricidad del
Ministerio de Energía y Minas, luego de haber verif‌i cado
y evaluado que la empresa peticionaria ha cumplido con
los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones
Eléctricas y su Reglamento, ha emitido el Informe
Nº 091-2014-DGE-DCE;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 del
Con la opinión favorable del Director General de
Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía
del Ministerio de Energía y Minas;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar a favor de Empresa de Distribución
Eléctrica Lima Norte S.A.A., la concesión def‌i nitiva para
desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica
en la Línea de Transmisión de 220 kV S.E. Carabayllo
– S.E. Nueva Jicamarca, ubicada en el departamento y
provincia de Lima, distritos de Carabayllo, Comas y San
Juan de Lurigancho, en los términos y condiciones de la
presente Resolución y los que se detallan en el Contrato
de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la
presente Resolución.
Artículo 2.- Las características principales de los
bienes indispensables para operar la concesión son las
siguientes:
Salida / Llegada de la
Línea Transmisión Tensión
(kV)
de Terna Longitud
(km)
Ancho de Faja
de Servidumbre
que corresponde
(m)
S.E. Carabayllo – S.E. Nueva
Jicamarca 220 02 13,42 25
Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Nº 437-
2014 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas
y Empresa de Distribución Eléctrica Lima Norte S.A.A., el
cual consta de 19 cláusulas y 04 anexos.
Artículo 4.- Autorizar al Director General de
Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir, en
representación del Estado, el Contrato de Concesión
aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública
correspondiente.
Artículo 5.- El texto de la presente Resolución
Suprema deberá insertarse en la Escritura Pública que
origine el Contrato de Concesión Nº437-2014 referido
en el artículo 3 de esta Resolución, en cumplimiento del
artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones
Artículo 6.- La presente Resolución Suprema,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del
Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá
ser publicada para su vigencia en el Diario Of‌i cial El
Peruano por una sola vez, y será notif‌i cada al concesionario
dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha
publicación, conforme a lo previsto en el artículo 53 del
acotado Reglamento.
Artículo 7.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Energía y Minas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ELEODORO MAYORGA ALBA
Ministro de Energía y Minas
1071437-8
Aprueban la Cuarta Modificación al
Contrato de Concesión Nº 179-2001,
relativo a concesión definitiva para
desarrollar la actividad de generación
de energía elétrica en futura Central
Hidroeléctrica Huanza
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 018-2014-EM
Lima, 7 de abril de 2014

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