RESOLUCION N° 215-2014-JNE - Confirman Acuerdo de Concejo que rechazó pedidos de vacancia acumulados presentados contra regidora de la Municipalidad Provincial de Maynas, departamento de Loreto

Fecha de publicación08 Abril 2014
Fecha de disposición08 Abril 2014
El Peruano
Martes 8 de abril de 2014
520558
RESUELVE:
Artículo Primero.- Declarar NULO todo lo actuado
en el procedimiento de vacancia seguido contra Ana
María Cabrera Hernández de Gómez y Mayra del Rosario
Ramírez Bautista, regidoras de la Municipalidad Distrital
de Subtanjalla, provincia y departamento de Ica, por la
causal prevista en el artículo 11 de la Ley Nº 27972, Ley
Artículo Segundo.- DEVOLVER los actuados al Concejo
Distrital de Subtanjalla, a efectos de que renueve los actos
procedimentales a partir de la convocatoria a la sesión
extraordinaria de concejo y vuelva a emitir pronunciamiento
respecto de los hechos imputados, conforme a lo dispuesto
en los considerandos de la presente resolución, exhortándose
al alcalde, regidores y funcionarios de la citada entidad edil, a
actuar con la debida celeridad.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRVOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón
Secretario General
1071157-3
Confirman Acuerdo de Concejo
que rechazó pedidos de vacancia
acumulados presentados contra
regidora de la Municipalidad Provincial
de Maynas, departamento de Loreto
RESOLUCIÓN Nº 215-2014-JNE
Expediente Nº J-2013- 1622
MAYNAS – LORETO
RECURSO DE APELACIÓN
Lima, dieciocho de marzo de dos mil catorce
VISTOS en audiencia pública de la fecha, los recursos
de apelación interpuestos por Lizandro Segundo Ramos
Pilco y Dixon Mendoza Enma en contra del Acuerdo de
Concejo Nº 175-2013-SE-MPM, de fecha 19 de setiembre
de 2013, que rechazó sus solicitudes de vacancia contra
María del Carmen Román Gonzales, regidora del Concejo
Provincial de Maynas, departamento de Loreto, por la causal
prevista en el artículo 22, numeral 8, de la Ley Nº 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades, y oídos los informes orales.
ANTECEDENTES
De la solicitud de vacancia
Con fecha 21 de febrero de 2013, Dixon Mendoza Enma
solicita ante el Concejo Provincial de Maynas la vacancia de
la regidora María del Carmen Román Gonzales, imputándole
haber incurrido en la causal de vacancia prevista en el
artículo 22, numeral 8, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
Elecciones (en adelante LOM), por haber ejercido injerencia
en la contratación de su tía Sergia Rosa Gonzales García,
quien laboró en dicha comuna en el año 2011 y 2012.
Fundamenta su solicitud en los siguientes hechos:
i. Las partidas de nacimiento y certif‌i caciones del Reniec
acreditan que Sergia Rosa Gonzales García es hermana de
Flor de María Gonzales García, quien, a su vez, es madre
de la regidora María del Carmen Román Gonzales, siendo
su parentesco por consanguinidad en tercer grado.
ii. A través de la carta, de fecha 14 de enero de 2013,
la regidora María del Carmen Román Gonzales reconoce
que su tía, Sergia Rosa Gonzales García, ha laborado en
la Municipalidad Provincial de Maynas en el año 2011.
iii. El vínculo contractual entre la Municipalidad
Provincial de Maynas y Sergia Rosa Gonzales García se
acredita con la Adenda de prórroga Nº 001-2011-MPM
(Contrato Principal Nº 605-2011-MPM), suscrita por el CPC
Jhonn Kelsey Roldán Reátegui, gerente de administración
de la Municipalidad Provincial de Maynas, por el que se
renueva la vigencia del contrato por los meses de abril,
mayo y junio de 2011, así como los recibos por honorarios
de los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio,
julio, agosto, setiembre, octubre y noviembre de 2012.
iv. Sergia Rosa Gonzales García inició sus labores
prestando servicios, en el año 2011, como auxiliar
administrativa en la biblioteca municipal, perteneciente a
la gerencia de Servicios Municipales, y en el año 2012,
como obrera en la sección Parques y Jardines de la
gerencia de Saneamiento y Salud Ambiental.
v. La regidora cuestionada integró, en los años 2011 y
2012, la Comisión Permanente de Servicios Municipales,
por lo que sí tuvo conocimiento de la contratación de su
familiar, ejerciendo, para ello, injerencia directa, por lo que
no se opuso a dicha contratación, incurriendo, de esta
manera, en la causal de nepotismo.
vi. La regidora cuestionada y su tía Sergia Rosa
Gonzales García domicilian en la misma calle, pasaje
Benavides, en el mismo distrito, Punchana, en la misma
residencia, pasaje Benavides Nº C-16, y posteriormente
vecinas, pasaje Benavides Nº 110.
Posteriormente, con fecha 19 de marzo de 2013,
Lizandro Segundo Ramos Pilco, también ante el Concejo
Provincial de Maynas, solicita la vacancia de la referida
regidora, bajo los mismos argumentos de la solicitud de
vacancia formulada por Dixon Mendoza Enma, y con los
mismos medios probatorios presentados por este.
Mediante Acuerdo de Concejo Nº 061-2013-SE-MPM,
de fecha 2 de abril de 2013, el Concejo Provincial de Maynas
acordó acumular las dos solicitudes de vacancia promovidas
por Dixon Mendoza Enma y Lizandro Segundo Ramos Pilco,
ingresadas con los Expedientes Nº 004216, de fecha 21 de
febrero de 2013, y Nº 006444, de fecha 19 de marzo de 2013,
contra la regidora María del Carmen Román Gonzales.
Descargos de la regidora María del Carmen Román
Gonzales
Con fecha 6 de marzo de 2013, la regidora cuestionada
presenta sus descargos manifestando que no ejerció injerencia
en la contratación de Sergia Rosa Gonzales García, y adjunta
como medio probatorio la declaración jurada de Lorenzo
Humberto Álvarez Farro, ex gerente general de la Municipalidad
Provincial de Maynas, quien declara que la contratación de la
referida señora se debió a una orden verbal del alcalde, por
cuanto ella lo apoyó en su campaña electoral.
Pronunciamiento del Concejo Provincial de Maynas
El Concejo Provincial de Maynas, con fecha 2 de abril
de 2013, en sesión extraordinaria de concejo, acordó, por
unanimidad, rechazar las solicitudes de vacancia contra María
del Carmen Román Gonzales, regidora del Concejo Provincial
de Maynas, formuladas por Dixon Mendoza Enma y Lizandro
Ramos Pilco, decisión que se materializó en el Acuerdo de
Concejo Nº 062-2013-SE-MPM, de fecha 2 de abril de 2013.
Tal decisión fue impugnada por los recurrentes.
Pronunciamiento del Jurado Nacional de
Elecciones
Por Resolución Nº 601-2013-JNE, del 20 de junio de 2013,
el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, declaró nulo el
Acuerdo de Concejo Nº 062-2013-SE-MPM, y todo lo actuado
hasta la convocatoria a la respectiva sesión extraordinaria, al
no obrar documentos idóneos para determinar el vínculo de
parentesco entre la regidora cuestionada y su supuesta tía,
Sergia Rosa Gonzales García.
Tacha presentada por la regidora cuestionada
Una vez devueltos los autos al Concejo Provincial de
Maynas, la regidora cuestionada, con fecha 19 de setiembre
de 2013, solicitó la tacha de medios probatorios consistentes
en la declaración jurada presentada por dicha autoridad en
la que señaló que Sergia Rosa Gonzales García era su tía,

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