RESOLUCION N° 005-2014-SINEACE/CDAH-P - Oficializan acreditación a la Carrera Profesional de Administración de Hoteles y Restaurantes del Instituto de Educación Superior y Tecnológico Privado 'San Ignacio de Loyola' - Sede Miraflores

Fecha de disposición03 Octubre 2014
Fecha de publicación03 Octubre 2014
El Peruano
Viernes 3 de octubre de 2014
534060
educativa, área, programa o carrera profesional que
voluntariamente ha participado en un proceso de
evaluación de su gestión pedagógica, institucional
y administrativa, estableciéndose asimismo que la
acreditación se da como consecuencia del informe
de evaluación satisfactorio debidamente verif‌i cado,
presentado por la entidad acreditadora;
Que, mediante la Décima Segunda Disposición
Complementaria Transitoria de la Ley Nº30220, Ley
Universitaria del 09 de julio del 2014 se declara en
reorganización el Sistema Nacional de Evaluación,
Acreditación y Certif‌i cación de la Calidad Educativa –
SINEACE y deroga el Capítulo II del Título I, a excepción
del numeral 8.3 del artículo 8, y los Títulos II, III, IV y V de
la Ley Nº 28740, dejándose sin efecto en tal sentido, al
Consejo Superior y los órganos operadores del sistema;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la norma
invocada precedentemente, el Ministerio de Educación
mediante Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU, del
28 de agosto 2014 constituyó el Consejo Directivo Ad Hoc,
integrado por la presidencia del COSUSINEACE, quien
presidirá, un representante del Ministerio de Educación y
la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología
e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, cuyo objetivo es
ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del
sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación
de la reorganización del SINEACE;
Que, de acuerdo al literal d) del artículo 7º de la
resolución antes mencionada, el Consejo Directivo Ad Hoc,
tiene como función, culminar el proceso de acreditación
de las instituciones educativas públicas y privadas que
se encuentren en proceso y cumplan con los requisitos
establecidos;
Que, la Entidad Evaluadora International Zeta
Consulting S.A.C. ha emitido los Informes Finales
de la Evaluación Externa realizados a las Carreras
Profesionales de Administración Bancaria y Financiera y,
Gastronomía y Arte Culinario del Instituto de Educación
Superior Tecnológico Privado del Sur, mediante los cuales
se señala que las mencionadas carreras han cumplido
con los requisitos establecidos en los Estándares y
Criterios de Evaluación para la Acreditación de Carreras
Profesionales de los Institutos y Escuelas de Educación
Superior Tecnológicos y Escuelas de Formación Técnico
Profesional de los Sectores Defensa e Interior, alcanzando
una valoración de trescientos siete (307) y trescientos ocho
(308) puntos respectivamente, proponiendo asimismo sus
acreditaciones;
Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al
Consejo Directivo Ad Hoc del SINEACE, en sesión de
fecha 15 de setiembre 2014, se llegaron a los siguientes
acuerdos relacionados con las acreditaciones de carreras
profesionales del Instituto de Educación Superior
Tecnológico Privado del Sur:
i) Acuerdo Nº 015-2014-CDAH, mediante el cual
se otorga la acreditación de la carrera profesional
de Administración Bancaria y Financiera, en base al
Informe Nº 21-2014-CONEACES-DEA, de la Dirección
de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas de
Educación Superior del SINEACE en el que se indica que
considerando el Informe Final de la evaluación externa
realizada por la Entidad Evaluadora International Zeta
Consulting S.A.C. recomienda el otorgamiento de la
acreditación a la carrera en mención con una vigencia de
tres (03) años, considerando el puntaje obtenido, de acuerdo
con el Procedimiento para la Evaluación y Acreditación de
las instituciones de Educación Superior No Universitaria
– Segunda versión, aprobado mediante Acuerdo Nº 878-
2012-CONEACES, del 19 de noviembre 2012;
ii) Acuerdo Nº 016-2014-CDAH, mediante el cual
se otorga la acreditación de la carrera profesional de
Gastronomía y Arte Culinario, en base al Informe Nº
005-2014-SINEACE/ST-DEA-IEES, de la Dirección de
Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas de
Educación Superior del SINEACE en el que se indica que
considerando el Informe Final de la evaluación externa
realizada por la Entidad Evaluadora International Zeta
Consulting S.A.C. recomienda el otorgamiento de la
acreditación a la carrera en mención con una vigencia
de tres (03) años, considerando el puntaje obtenido,
de acuerdo con el Procedimiento para la Evaluación y
Acreditación de las Instituciones de Educación Superior
No Universitaria – Segunda versión, aprobado mediante
Acuerdo Nº 878-2012-CONEACES, del 19 de noviembre
2012;
De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema
Nacional de Evaluación, Acreditación y Certif‌i cación de la
Calidad Educativa – SINEACE, su Reglamento aprobado
con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley Nº 30220
Ley Universitaria y la Resolución Ministerial Nº 396-2014-
MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Of‌i cializar la acreditación a las carreras
profesionales de Administración Bancaria y Financiera y,
Gastronomía y Arte Culinario del Instituto de Educación
Superior Tecnológico Privado del Sur, otorgada mediante
Acuerdos: Nº 015-2014-CDAH y Nº 016-2014-CDAH,
respectivamente, de Sesión del 15 de setiembre 2014, del
Consejo Directivo Ad Hoc del SINEACE, con una vigencia
de tres (03) años, contados a partir de la publicación de la
presente resolución.
Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente
resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano, así como en el
Portal Web del SINEACE.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEREGRINA MORGAN LORA
Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc
SINEACE
1145287-3
Oficializan acreditación a carreras
profesionales de Administración de
Empresas, Diseño Gráfico, Redes y
Comunicaciones, y Computación e
Informática del Instituto de Educación
Superior Tecnológico Privado
CIBERTEC - Sede Norte
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DIRECTIVO AD HOC
Nº 008-2014-SINEACE/CDAH-P
Lima, 29 de setiembre del 2014.
VISTO:
Los Of‌i cios Nº 123-2014-SINEACE/ST-DEA-IEES,
Nº 142-2014-SINEACE/ST-DEA-IEES Nº 143-2014-
SINEACE/ST-DEA-IEES y Nº 144-2014-SINEACE/ST-
DEA-IEES, de la Dirección de Evaluación y Acreditación
de Institutos y Escuelas de Educación Superior del
SINEACE; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 5º de la Ley Nº 28740, Ley del
SINEACE establece como f‌i nalidad del Sistema Nacional
de Evaluación, Acreditación y Certif‌i cación de la Calidad
Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones
educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad,
con el propósito de optimizar los factores que incidan
en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y
competencias necesarias para alcanzar mejores niveles
de calif‌i cación profesional y desarrollo laboral;
Que, asimismo el artículo 11º de la Ley antes mencionada,
precisa que la acreditación es el reconocimiento público
y temporal de la institución educativa, área, programa o
carrera profesional que voluntariamente ha participado
en un proceso de evaluación de su gestión pedagógica,
institucional y administrativa, estableciéndose asimismo
que la acreditación se da como consecuencia del informe
de evaluación satisfactorio debidamente verif‌i cado,
presentado por la entidad acreditadora;
Que, mediante la Décima Segunda Disposición
Complementaria Transitoria de la Ley Nº30220, Ley
Universitaria del 09 de julio del 2014 se declara en

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