RESOLUCION N° 199-2014-SUNARP/SN - Autorizan la conversión de la Oficina Receptora del distrito Nuevo Chimbote como Oficina Registral

EmisorSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Fecha de la disposición12 de Agosto de 2014
El Peruano
Martes 12 de agosto de 2014 529781
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Autorizan la conversión de la Oficina
Receptora del distrito Nuevo Chimbote
como Oficina Registral
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL
DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
Nº 199-2014-SUNARP/SN
Lima, 8 de agosto de 2014
VISTOS, el Of‌i cio Nº 118-2014-SUNARP-Z.R. Nº VII/JEF
de fecha 03 de marzo de 2014 remitido por el Jefe (e) de la
Zona Registral Nº VII – Sede Huaraz, el Informe Nº 165-2014-
SUNARP/OGPP de fecha 27 de marzo de 2014 emitido por
la Jefa de la Of‌i cina General de Planeamiento y Presupuesto,
el Informe Nº 22-2014-SUNARP-DTR de fecha 01 de abril de
2014 emitido por la Directora de la Dirección Técnica Registral,
el Informe Nº 344-2014-SUNARP-OGAJ de fecha 23 de abril
de 2014 emitido por la Jefatura de la Of‌i cina General de
Asesoría Jurídica y el Acta de Acuerdo de Sesión de Directorio
Nº 303 de fecha 27 de mayo de 2014;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 26366 se creó la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos,
Organismo Descentralizado Autónomo del Sector Justicia
y ente rector del Sistema Nacional de los Registros
Públicos, con la f‌i nalidad de mantener y preservar la
unidad y coherencia del ejercicio de la función registral en
todo el país, orientado a la especialización, simplif‌i cación,
integración y modernización de la función, procedimientos
y gestión de todos los registros que lo integran.
Que, conforme al artículo 81º del Reglamento de
Organización y Funciones aprobado mediante Decreto
Supremo N° 012-2013-JUS, las Of‌i cinas Registrales son
unidades de ejecución de los Órganos Desconcentrados
encargadas de brindar los servicios de inscripción y
publicidad registral de los diversos actos y contratos
inscribibles en el ámbito de su competencia;
Que, actualmente la Sunarp viene ejecutando su
política de acercar el servicio registral al ciudadano a través
de diversas acciones, entre ellas, con la implementación
de of‌i cinas denominadas “Of‌i cinas Receptoras” las cuales
brindan el servicio de atención de publicidad registral y
recepción de títulos para inscripción;
Que, según el acta de vistos la conversión de la of‌i cina
receptora de Nuevo Chimbote a of‌i cina registral tiene como
objetivo descentralizar los servicios registrales, cumpliendo
de esa manera con las políticas nacionales del Gobierno,
aproximándonos más a la población y ofreciendo un servicio
de calidad y oportuno. En ese sentido, los miembros del
Directorio acordaron aprobar la conversión propuesta;
Que, al tratarse de una conversión de Of‌i cina Receptora
a Of‌i cina Registral, ésta tendrá el ámbito de competencia
territorial de la Of‌i cina Registral de Chimbote; y utilizará
el mismo diario para la presentación de títulos a través
de un sistema automático de generación de asientos
de presentación correlativo, así como utilizará el mismo
archivo registral;
Que, la organización para la operatividad y funcionalidad
en la atención de los títulos presentados será regulada
por la Zona Registral Nº VII – Sede Huaraz;
Que, conforme al Acuerdo adoptado en Sesión del
Directorio Nº 303 del 27 de mayo de 2014, en ejercicio
de la facultad conferida por el literal e) y x) del artículo
9º del Reglamento de Organización y Funciones; con el
visto de la Dirección Técnica Registral, la Of‌i cina General
de Planeamiento y Presupuesto y la Of‌i cina General de
Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar la conversión de la
Of‌i cina Receptora del distrito de Nuevo Chimbote como
Of‌i cina Registral. El proceso de implementación se
efectuará en un plazo no mayor de 90 días calendario
contados a partir del día siguiente de la publicación de
la presente Resolución. Al día siguiente de culminada la
implementación iniciará su funcionamiento.
Artículo Segundo.- Disponer que la Of‌i cina Registral
indicada en el Artículo Primero, tengan el mismo ámbito
de competencia geográf‌i co que la Of‌i cina Registral de
Chimbote; debiendo utilizar el mismo diario y archivo
registral. Esta Of‌i cina Registral brindará los servicios de
publicidad e inscripción registral.
Artículo Tercero.- Encargar al Jefe de la Zona
Registral Nº VII – Sede Huaraz, la ejecución de lo
dispuesto en la presente Resolución; así como dictar los
lineamientos que se observarán para el envío de los títulos
archivados entre la Of‌i cina Registral de Nuevo Chimbote
y la Of‌i cina Registral de Chimbote, y regular los aspectos
de administración interna necesarios para la ef‌i ciente
prestación de los servicios registrales.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARIO SOLARI ZERPA
Superintendente Nacional de los Registros Públicos
1121833-1
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO
DEL PODER JUDICIAL
Aprueban Manual de Organización y
Funciones de la Procuraduría Pública
del Poder Judicial
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 214-2014-CE-PJ
Lima, 18 de junio de 2014
VISTO:
El Of‌i cio N° 919-2014-GG-PJ cursado por la Gerencia
General del Poder Judicial, mediante el cual eleva
propuesta de Manual de Organización y Funciones de la
Procuraduría Pública del Poder Judicial.
CONSIDERANDO:
Primero. Que mediante Resolución Administrativa N°
226-2012-CE-PJ, de fecha 12 de noviembre de 2012, se
aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del
Poder Judicial.
Segundo. Que, posteriormente, por Resolución
Administrativa N° 363-2013-P-PJ, del 28 de noviembre de
2013, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal a
nivel nacional del Poder Judicial.
Tercero. Que, asimismo, mediante Resolución
Administrativa Nº 318-2013-P-PJ, del 14 de octubre
de 2013, se aprobó el Manual para la Formulación de
Documentos Normativos de Gestión del Poder Judicial.
Cuarto. Que el Manual de Organización y Funciones
(MOF) es un documento que describe las funciones
especif‌i cadas a nivel de cargo o puesto de trabajo,
desarrollándolas a partir de la estructura orgánica y funciones
generales establecidas en el Reglamento de Organización y
Funciones; así como, en base a los requerimientos de cargos
considerados en el Cuadro para Asignación de Personal.
Quinto. Que es necesario aprobar un Manual de
Organización y Funciones para la Procuraduría Pública del
Poder Judicial, con la f‌i nalidad de dar cumplimiento a la
recomendación N° 03 del Informe cursado por el Jefe de la
Comisión de Auditoría Gutiérrez Ríos y Asociados mediante
Carta GUR 217-2014-PJ del 28 de abril de 2014.
Sexto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único
Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina
como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial la facultad de adoptar acuerdos y demás medidas
necesarias para que las dependencias de este Poder del
Estado funcionen con celeridad y ef‌i ciencia.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 520-
2014 de la vigésimo primera sesión del Consejo Ejecutivo

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR