ORDENANZA N° 006-2014 - Disponen como medio de pago la entrega de bienes y/o prestación de servicios por concepto de dudas tributarias y no tributarias a la Municipalidad Provincial del Callao

Fecha de publicación19 Marzo 2014
Fecha de disposición19 Marzo 2014
El Peruano
Miércoles 19 de marzo de 2014 519195
POR CUANTO:
El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL
CALLAO, visto el Dictamen N° 12-2014-MPC-SR-CAM
de la Comisión de Administración, en Sesión Ordinaria
celebrada en la fecha, con el voto UNÁNIME de sus
integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y el Reglamento de
Organización Interior, aprobado por Ordenanza Municipal
Nº 000034-2004 le conf‌i eren; y,
CONSIDERANDO:
9 inciso 3 señala que es atribución del Concejo
Municipal aprobar el Régimen de Organización Interior y
Funcionamiento del Gobierno Local;
Que, la Ordenanza N° 000067-2010, aprobó el Texto
Único Ordenado del Reglamento de Organización y
Funciones de la Municipalidad Provincial del Callao;
Que, con Memorando N° 045-2014-MPC/GGPPR,
la Gerencia General de Planeamiento Presupuesto y
Racionalización e Informe N° 006-2014-MPC/GGPPR-GR
de la Gerencia de Racionalización, propone la modif‌i cación
del literal a y la inclusión de los literales b, c, d, e, f, g, h, i,
j, k, l, m, n, o, p, q en el artículo 48 B de este instrumento
de gestión; asimismo, la Gerencia General de Asesoría
Jurídica y Conciliación, con Memorando N° 090-014-MPC-
GGAJC, opina que resulta ajustada a Ley la modif‌i cación
estructural del Reglamento de Organización y Funciones
de la Municipalidad Provincial del Callao correspondiente
a la Gerencia de Programación e Inversiones;
Estando a lo expuesto, de conformidad con lo
27972 el Concejo Municipal Provincial del Callao, con la
dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, ha
dado la siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA LA
ORDENANZA 000067 DEL 22 DE DICIEMBRE DE 2010
QUE APROBÓ EL TEXTO UNICO ORDENADO DEL
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
ROF CORRESPONDIENTE A LA GERENCIA DE
PROGRAMACIÓN E INVERSIONES
Artículo 1º.- Modif‌i case la Ordenanza Municipal
N° 000067 del 22 de diciembre de 2010, que aprobó el
Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización
y Funciones de la Municipalidad Provincial del Callao en
su artículo 48 b, modif‌i cando el literal a conforme al texto
siguiente:
Artículo 48 B.- Son Funciones de la Gerencia de
Programación de Inversiones:
a. Elaborar en coordinación con la Gerencia General
de Planeamiento Presupuesto y Racionalización, el
Programa Multianual de Inversión Pública (PMIP) de la
Municipalidad Provincial del Callao.”
Artículo 2º.- Inclúyase en el Artículo 48 B los literales
b, c, d, e, f, g, h, i, j, k, l, m, n, o, p, q correspondientes a la
Gerencia de Programación e Inversiones, de la Gerencia
General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización,
conforme al siguiente texto:
“b. Velar que el Programa Multianual de Inversión
Pública (PMIP) se enmarque en las competencias de
nivel de gobierno local en los planes de desarrollo que
corresponde.
c. Mantener actualizada la información registrada en el
Banco de Proyectos del Ministerio de Economía y Finanzas
(MEF) por todos los aplicativos informáticos que se aplican
con el Sistema Nacional de Inversión Pública -SIAF.
d. Registrar, actualizar y cancelar (si fuera necesario)
el Registro de las Unidades Formuladoras (UF) de la
Municipalidad, según corresponda en el Aplicativo del
Banco de Proyecto (Vía WEB).
e. Promover la capacitación permanente del personal
técnico de las unidades formuladoras (UF) y unidades
ejecutoras (UE) de la Municipalidad Provincial del Callao.
f. Realizar el seguimiento de los Proyectos de
Inversión Pública en la fase de inversión, verif‌i cando el
cumplimiento de las normas y procedimientos técnicos del
Sistema Nacional de Inversión Pública. Asimismo, realizar
el seguimiento de la ejecución física y f‌i nanciera de los
Proyectos de Inversión Pública, buscando asegurar que
esta sea consistente con las condiciones y parámetros
bajo las cuales fue otorgada la viabilidad.
g. Evaluar y emitir informes técnicos sobre los estudios
de pre-inversión.
h. Declarar la viabilidad de los proyectos de inversión
pública, que formulen las unidades formuladoras previa
Evaluación del Estudio de Pre-Inversión en sus diferentes
fases, de acuerdo a la normatividad del Sistema Nacional
de Inversión Pública.
i. Aprobar expresamente los términos de referencia
cuando la unidad formuladora contrate la elaboración de
los estudios de pre inversión. En caso dicha colaboración
sea realizada por la misma unidad formuladora, la
Gerencia de Programación e Inversiones aprueba el Plan
de Trabajo de la misma.
La presente disposición no es aplicable a los proyectos
conformantes de un conglomerado.
j. Informar a la Dirección General de Programación
Multianual, sobre los proyecto de inversión pública
declarados viables.
k. Emitir opinión técnica sobre cualquier proyecto de
inversión pública de su competencia en cualquier fase del
ciclo del proyecto.
l. Emitir opinión favorable sobre cualquier solicitud de
modif‌i cación de la información de un estudio o registro
de un proyecto de inversión pública en el Banco de
Proyectos, podrá solicitar la información que considere
necesaria para los órganos interesados;
m. Coordinar permanentemente con las unidades
formuladoras la ejecución de proyectos de acuerdo a los
lineamientos establecidos por el Sistema Nacional de
Inversión Pública.
n. Formular y remitir informes a la Gerencia General
de Planeamiento Presupuesto y Racionalización sobre
el desarrollo de los proyectos del Programa Anual de
Inversión Pública.
o. Coordinar con las diferentes Unidades Orgánicas de
la Municipalidad la programación anual de los Proyectos
de Inversión Pública de su competencia.
p. Representar a la Municipalidad ante organismos
públicos y privados nacionales e internacionales para la
coordinación y realización de actividades concernientes al
ámbito de su competencia.
q. Efectuar otras funciones af‌i nes que le asigne
la Gerencia General de Planeamiento Presupuesto y
Racionalización en materia de su competencia.
Artículo 3º.- Publícase la presente Ordenanza
Municipal en el Diario Of‌i cial El Peruano y encargase a
la Gerencia de Informática su publicación en el Portal
Institucional www.municallao.gob.pe y en el portal del
Estado Peruano www.peru.gob.pe de conformidad al
artículo 2 de la Ley N° 29091.
Artículo 4º.- Encárgase a la Gerencia General
de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización el
cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.
Artículo 5º.- La presente Ordenanza Municipal entrará
en vigencia al día siguiente de su publicación.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
JUAN SOTOMAYOR GARCIA
Alcalde
1062759-1
Disponen como medio de pago la entrega
de bienes y/o prestación de servicios
por concepto de deudas tributarias
y no tributarias a la Municipalidad
Provincial del Callao
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 006-2014
Callao, 28 de febrero de 2014

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