RESOLUCION N° 0039-2014-BCRP - Autorizan viaje de funcionario a Argentina, en comisión de servicios

EmisorBANCO CENTRAL DE RESERVA
Fecha de la disposición21 de Mayo de 2014
El Peruano
Miércoles 21 de mayo de 2014 523623
Presidente del Comité Electoral Externo para la
Universidad Nacional del Callao al Ing. M Sc Edgar Juan
Díaz Zúñiga; asimismo, se precisa que la Resolución
Nº 0636-2014-ANR, se encuentra vigente en todos sus
demás extremos.
Artículo 2º.- Designar al doctor Dedicación
Valdemar Medina Hoyos, como nuevo Presidente del
Comité Electoral Externo para la Universidad Nacional
del Callao, en reemplazo del Ing. M Sc Edgar Juan Díaz
Zúñiga.
Artículo 3º- Publicar la presente resolución en
la página web de la institución y en el Diario Of‌i cial El
Peruano.
Regístrese y comuníquese.
ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES
Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y
Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores
RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO
Secretario General de la
Asamblea Nacional de Rectores
1085213-1
BANCO CENTRAL
DE RESERVA
Autorizan viaje de funcionario a
Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO
N° 0039-2014-BCRP
Lima, 14 de mayo de 2014
CONSIDERANDO QUE:
Se ha recibido invitación del Banco Central de la
República Argentina para que el Banco Central de Reserva
del Perú participe en la XXVII Reunión de Presidentes de
Bancos Centrales de América del Sur, que se realizará
en la ciudad de Buenos Aires, Argentina, los días 22 y 23
de mayo;
A esta reunión asistirán los presidentes y principales
funcionarios de los bancos centrales de los países en
mención para analizar temas como la relación entre
políticas de estabilidad f‌i nanciera y la política monetaria y
hojas de balance de los Bancos Centrales;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619,
su Reglamento el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y
modif‌i catorias, y estando a lo acordado por el Directorio
en su sesión de 24 de abril de 2014;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior del
Director, señor Francisco González García, a la ciudad de
Buenos Aires, Argentina, los días 22 y 23 de mayo y el pago
de los gastos no cubiertos por la entidad organizadora, a
f‌i n de que participe en la reunión mencionada en la parte
considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será
como sigue:
Pasajes US$ 719,93
Viáticos US$ 370,00
-------------------
TOTAL US$ 1089,93
s
Artículo 3°.- La presente Resolución no dará
derecho a exoneración o liberación del pago de derechos
aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación.
Publíquese.
JULIO VELARDE
Presidente
1083447-1
JURADO NACIONAL
DE ELECCIONES
Declaran nulo el Acuerdo de Concejo Nº
08-2013-CDC, que rechazó solicitud de
declaratoria de vacancia de alcaldesa de
la Municipalidad Distrital de Castilla,
provincia y departamento de Piura
RESOLUCIÓN Nº 206-2014-JNE
Expediente Nº J-2013-01562
CASTILLA - PIURA - PIURA
RECURSO DE APELACIÓN
Lima, dieciocho de marzo de dos mil catorce.
VISTO en audiencia pública de la fecha, el recurso de
apelación interpuesto por Enoc Ato Roque en contra del
Acuerdo de Concejo Nº 08-2013-CDC, del 6 de noviembre
de 2013, que rechazó su solicitud de declaratoria de
vacancia contra Aura Violeta Ruesta de Herrera, alcaldesa
de la Municipalidad Distrital de Castilla, provincia y
departamento de Piura, por la causal prevista en el
de Municipalidades, y oídos los informes orales.
ANTECEDENTES
A. Expediente Nº J-2013-1027
La solicitud de declaratoria de vacancia
El 3 de junio de 2013, Enoc Ato Roque solicitó el
traslado del pedido de declaratoria de vacancia de Aura
Violeta Ruesta de Herrera, alcaldesa de la Municipalidad
Distrital de Castilla (fojas 2 a 13 del Expediente Nº J-2013-
681), por considerarla incursa en la causal de restricciones
en la contratación, prevista en el artículo 22, numeral 9,
adelante LOM), debido a los siguientes hechos:
1. En relación con la cesión de un bien inmueble de
propiedad de la Municipalidad Distrital de Castilla
El recurrente señala que la alcaldesa municipal f‌i rmó
un convenio, de fecha 14 de diciembre de 2012, con la
Municipalidad Distrital de Sondorillo, a través del cual
se le cedió en uso un inmueble de propiedad municipal,
ubicado en la manzana D, lote 01, sector noroeste,
colindante con la Asociación Granjas Comunales San
Isidro del Carmen, del distrito de Castilla, a f‌i n de que
se amplíe y mejore el camal municipal, siendo su uso
exclusivo como centro de acopio y comercialización de
productos y subproductos agropecuarios provenientes
de la Asociación de Agricultores San Juan de Sondorillo
y otros.
Sin embargo, señala que dicha cesión se encuentra
prohibida por ley, toda vez que, pese a que la cesión en
favor de entidades públicas o privadas se realiza sin f‌i nes
de lucro, en el presente caso no es así, tal como lo señaló
la propia Contraloría General de la República en el Of‌i cio
Nº 00656-2012-CG/ORPI, del 7 de noviembre de 2012, en
donde señala que la cesión se hacía con f‌i nes de lucro;
no obstante, y a pesar de ello, la alcaldesa municipal
procedió a f‌i rmar el convenio antes citado.
Agrega el solicitante que dicha cesión ilícita no
benef‌i cia a la sociedad y sí más bien a intereses netamente
privados, evidenciándose no solo la comisión de la causal
de vacancia de restricciones en la contratación, sino un
incumplimiento de la autoridad edil en defender y cautelar
los derechos e intereses de la municipalidad.
2. Designación de gerente municipal sin respetar el
Cuadro de Asignación de Personal
Al respecto, se señala que en sesión extraordinaria del
2 de marzo de 2012 se aprobó el cuadro para la asignación
de personal (CAP 2012), emitiéndose para dicho efecto
la Ordenanza Nº 003-2012-CDC, del 7 de marzo de

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