RESOLUCION SUPREMA N° 242-2008-DE/ - Autorizan la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú para brindar seguridad los días 8 al 10 de julio de 2008, a nivel nacional

Fecha de publicación06 Julio 2008
Fecha de disposición06 Julio 2008
NORMAS LEGALES
Sumario
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FUNDADO
EN 1825 POR
EL LIBERTADOR
SIMÓN BOLÍVAR
Lima, domingo 6 de julio de 2008
375627
AÑO DE LAS CUMBRES
MUNDIALES
EN EL PERÚ
AÑO DE LAS CUMBRES
MUNDIALES
EN EL PERÚ
Año XXV - Nº 10286
PODER EJECUTIVO
DECRETOS LEGISLATIVOS
Fe de Erratas D. Leg. N° 1077 375628
Fe de Erratas D. Leg. N° 1081 375628
Fe de Erratas D. Leg. N° 1084 375629
DECRETOS DE URGENCIA
D.U. N° 031-2008.- Dictan medidas para la continuidad de labores
el día 9 de julio de 2008 375630
PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
R.S. N° 155-2008-PCM.- Autorizan viaje del Ministro de Economía
y Finanzas a Venezuela en misión of‌i cial y encargan su Despacho al
Ministro de Educación 375631
R.S. N° 156-2008-PCM.- Autorizan viaje del Ministro de
Relaciones Exteriores al Reino de Bélgica y al Reino de los Países
Bajos en visita of‌i cial y encargan su Despacho a la Ministra de
Transportes y Comunicaciones 375631
DEFENSA
R.S. N° 242-2008-DE/.- Autorizan la intervención de las Fuerzas
Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú para brindar seguridad
los días 8 al 10 de julio de 2008, a nivel nacional 375632
ECONOMIA Y FINANZAS
D.S. N° 095-2008-EF.- Dictan disposiciones reglamentarias para
el otorgamiento del aguinaldo por Fiestas Patrias f‌i jada en S/. 200,00
por la Ley N° 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2008 375632
MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
R.M. N° 300-2008-MIMDES.- Aprueban Modelo de Convenio
Interinstitucional entre el MIMDES y los Gobiernos Locales para la
Capacitación y Asistencia Técnica en Estrategias de Gestión del
Desarrollo Social, Desarrollo Económico y Productivo 375633
RELACIONES EXTERIORES
R.S. N° 186-2008-RE.- Nombran Cónsul General del Perú en
Toronto, Canadá 375635
RR.MM. Nºs. 0769, 0791 y 0802-2008-RE.- Aprueban
donaciones efectuadas a favor de asociaciones sin f‌i nes de lucro
375636
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
R.S. N° 085-2008-MTC.- Autorizan viaje de funcionario del
FITEL a EE.UU. para participar en reuniones de promoción de
proyectos de telecomunicaciones 375638
VIVIENDA
R.M. Nº 254-2008-VIVIENDA.- Aprueban transferencia
f‌i nanciera del Programa Agua Para Todos a favor de SEDALIB S.A.
para f‌i nanciar proyecto de inversión 375639
RR.MM. N°s. 256 y 257-2008-VIVIENDA.- Dejan sin efecto
las RR.MM. N°s 479 y 382-2007-VIVIENDA mediante las cuales se
aprobaron transferencias f‌i nancieras al Gobierno Regional de San
Martín y a la Municipalidad Distrital de Sama 375640
ORGANISMOS AUTONOMOS
REGISTRO NACIONAL DE
IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
R.J. Nº 368-2008-JNAC/RENIEC.- Autorizan a procurador
iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comisión de
delito contra la fe pública 375641
R.J. Nº 375-2008-JNAC/RENIEC.- Autorizan delegación de
funciones registrales a la Of‌i cina de Registro de Estado Civil que
funciona en la Comunidad Nativa Sinchi Roca 375642
MINISTERIO PUBLICO
Res. Nº 883-2008-MP-FN.- Autorizan viaje de magistrado
a República Dominicana para participar en la XVI Asamblea
General de la Asociación de Ministerios Públicos y en el Seminario
Iberoamericano sobre Persecución Penal Estratégica 375642
SUPERINTENDENCIA DE BANCA,
SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Res. Nº 2334-2008.- Autorizan a la EDPYME Nueva Visión S.A.
el traslado de agencia ubicada en el distrito, provincia y departamento
de Tacna 375643
Res. Nº 2864-2008.- Autorizan viaje de funcionarios a EE.UU.
para participar en reunión de los Subgrupos de Trabajo del Grupo de
Expertos para el Control del Lavado de Activos 375643
Res. Nº 2865-2008.- Autorizan viaje de funcionarios de la
SBS a República Dominicana para participar en el I Simposio XBRL
375644
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Sumario
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NORMAS LEGALES El Peruano
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375628
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL
R.J. Nº 255-2008-INDECI.- Aprueban transferencia f‌i nanciera
de recursos a favor del Gobierno Regional de Piura, para la ejecución
de diversas actividades 375645
SEGURO SOCIAL DE SALUD
Res. Nº 326-PE-ESSALUD-2008.- Exoneran de proceso de
selección la adquisición de terreno para el Nuevo Hospital Cajamarca de la
Red Asistencial Cajamarca 375649
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
RR. Nºs. 130-024-0000069 y 130-024-0000070/SUNAT.-
Designan Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Junín 375650
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
Ordenanza Nº 014-2008-GRU/CR.- Aprueban Reglamento del
Proceso General del Presupuesto Participativo Año Fiscal 2009 375651
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Acuerdo N° 23-2008-CD-SAT.- Autorizan viaje de funcionario
del SAT para participar en el XI Semnario sobre Catastro Inmobiliario,
a realizarse en Bolivia 375652
Res. Nº 147-2008-MML-GDU-SPHU.- Establecen conformidad
de resolución emitida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco
que resuelve dar por cumplida etapa de aprobación de habilitación urbana
375653
MUNICIPALIDAD CP SANTA
MARIA DE HUACHIPA
Ordenanza Nº 063-MCPSMH.- Aprueban Estructura Orgánica
y Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad
375653
Ordenanza Nº 064-MCPSMH.- Aprueban Reglamento de
Organización Interior del Concejo de la Municipalidad del Centro
Poblado de Santa María de Huachipa 375654
MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Ordenanza Nº 156-A/MDC.- Modif‌i can el Reglamento Interno
del Concejo Municipal de Carabayllo 375655
Acuerdo Nº 027-2008-A/MDC.- Exoneran de proceso de
selección la adquisición de productos para el Programa del Vaso de
Leche 375656
MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
Res. Nº 0125-2007-ALC/MDLV.- Declaran nulidad de diversas
Resoluciones de Alcaldía 375657
MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
R.A. Nº 150-2008.- Declaran habilitado de of‌i cio a terreno ubicado
en el distrito y le reconocen como la Urbanizacion “La Alameda del
Naranjal” 375661
MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC
Ordenanza Nº 173.- Establecen Procedimiento simplif‌i cado
para la expedición de Constancia de Posesión Especial para trámite
de suministro de servicios básicos para los Asentamientos Humanos,
como organizaciones de vivienda y similares 375662
Ordenanza Nº 174.- Aprueban la creación del trámite temporal
simplif‌i cado para el otorgamiento de certif‌i cado de posesión y visación
de planos para el Centro Histórico del Rímac 375664
MUNICIPALIDAD DE SANTA MARIA DEL MAR
D.A. Nº 003-2008-MSMM.- Prorrogan término de plazo de
vencimiento para la presentación masiva de la Declaración Jurada de
Autoavalúo 375666
MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Acuerdo Nº 074-2008-MDS.- Autorizan viaje del Alcalde
a ciudades de Colombia en visita of‌i cial y en representación de la
Municipalidad, para intercambiar experiencias en políticas de seguridad
ciudadana 375666
PODER EJECUTIVO
DECRETOS LEGISLATIVOS
FE DE ERRATAS
DECRETO LEGISLATIVO Nº 1077
Mediante Of‌i cio Nº 413-2008-SCM-PR la Secretaría
del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas
del Decreto Legislativo Nº 1077, publicado en la edición
del 28 de junio de 2008.
En el segundo párrafo del artículo 3º:
DICE:
Para efectos de asociarse, los productores agrarios
podrán utilizar una Entidad Asociativa Agraria, según
establece el Decreto Legislativo Nº 1020.
DEBE DECIR:
Para efectos de asociarse, los productores agrarios
podrán utilizar una Entidad Asociativa Agraria, según
establece el Decreto Legislativo Nº 1020 o cualquier otra
forma de ente asociativo.
En el numeral 5.3 del artículo 5º:
DICE:
5.3 El pago a las Entidades Asociativas Agrarias,
para solventar los gastos vinculados directamente a su
constitución, previa verif‌i cación de la existencia de la
Entidad y actividad asociativa.
DEBE DECIR:
5.3 El pago a las Entidades Asociativas Agrarias
y demás entes asociativos, para solventar los gastos
vinculados directamente a su constitución, previa
verif‌i cación de la existencia y actividad asociativa.
222903-1
FE DE ERRATAS
DECRETO LEGISLATIVO Nº 1081
Mediante Of‌i cio Nº 415-2008-SCM-PR la Secretaría
del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas
del Decreto Legislativo Nº 1081, publicado en la edición
del 28 de junio de 2008.
En el Acápite k) Inciso 6.2 Artículo 6:
DICE:
Los Usuarios de Aguas
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NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 6 de julio de 2008 375629
DEBE DECIR:
Las organizaciones de usuarios de agua
En la Disposición Complementaria Derogatoria
DICE:
Deróguese el Título V de la Ley de Promoción de
Inversiones en el Sector Agrario, dada por Decreto
Legislativo N° 653, y las demás normas que se opongan
a la presente Ley.
DEBE DECIR:
Deróguese el Título V de la Ley de Promoción de
Inversiones en el Sector Agrario, excepto los artículos 59°
y 60°, dada por Decreto Legislativo N° 653, y las demás
normas que se opongan a la presente Ley.
222908-1
FE DE ERRATAS
Mediante Of‌i cio N° 414-2008-SCM-PR la Secretaría
del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas
del Decreto Legislativo N° 1084, publicado en la edición
del 28 de junio de 2008.
DICE:
“Artículo 5.-Cálculo del Porcentaje Máximo de
Captura por Embarcación (PMCE)
1. El Porcentaje Máximo de Captura por Embarcación
(PMCE) es determinado por el Ministerio sobre la base
de índices de participación por embarcación. En el caso
de las embarcaciones sujetas al Régimen del Decreto
Ley 25977, Ley de Pesca, el índice de participación se
obtiene de la suma de los siguientes componentes:
a) 60% del índice de participación de la embarcación en
las capturas del recurso, el cual es el año de mayor
participación porcentual de dicha embarcación en la
captura total anual registrada por el Ministerio para
cada año, dentro del periodo comprendido entre al
año 2004 y la fecha de entrada en vigencia de la
presente Ley. Para dicho cálculo sólo serán tomadas
en cuenta las capturas efectuadas dentro de la zona
comprendida entre el extremo norte del dominio
marítimo del Perú y el paralelo 16°00’00” latitud sur;
b) (...)
En el caso de las embarcaciones de madera sujetas al
Régimen establecido por la Ley N° 26920, el índice de
participación es el año de mayor participación porcentual
de dicha embarcación en la captura total anual registrada
por el Ministerio para cada año, dentro del período
comprendido entre el año 2004 y la fecha de entrada en
vigencia de la presente Ley. Para dicho cálculo sólo serán
tomadas en cuenta las capturas efectuadas dentro de
la zona comprendida entre el extremo norte del dominio
marítimo del Perú y el paralelo 16°00’00” latitud sur.
(...)
Lo dispuesto en los numerales anteriores es aplicable
también a los saldos de capacidad de bodega
pendientes de asignación o permisos de pesca en
trámite por sustitución de capacidad de bodega.”
DEBE DECIR:
“Artículo 5.-Cálculo del Porcentaje Máximo de
Captura por Embarcación (PMCE)
1. El Porcentaje Máximo de Captura por Embarcación
(PMCE) es determinado por el Ministerio sobre la base
de índices de participación por embarcación. En el caso
de las embarcaciones sujetas al Régimen del Decreto
Ley 25977, Ley de Pesca, el índice de participación se
obtiene de la suma de los siguientes componentes:
a) 60% del índice de participación de la embarcación
en las capturas del recurso, el cual corresponde al
del año de mayor participación porcentual de dicha
embarcación en la captura total anual registrada
por el Ministerio para cada año, dentro del periodo
comprendido entre al año 2004 y la fecha de
entrada en vigencia de la presente Ley. Para dicho
cálculo sólo serán tomadas en cuenta las capturas
efectuadas dentro de la zona comprendida entre el
extremo norte del dominio marítimo del Perú y el
paralelo 16°00’00” latitud sur;
b) (...)
En el caso de las embarcaciones de madera sujetas
al Régimen establecido por la Ley N° 26920, el índice
de participación corresponde al del año de mayor
participación porcentual de dicha embarcación en la
captura total anual registrada por el Ministerio para
cada año, dentro del período comprendido entre el
año 2004 y la fecha de entrada en vigencia de la
presente Ley. Para dicho cálculo sólo serán tomadas
en cuenta las capturas efectuadas dentro de la zona
comprendida entre el extremo norte del dominio
marítimo del Perú y el paralelo 16°00’00” latitud sur.
(...)
Lo dispuesto en el presente numeral es aplicable
también a los saldos de capacidad de bodega
pendientes de asignación o permisos de pesca en
trámite por sustitución de capacidad de bodega.”
DICE:
“ANEXO
DEFINICIONES
(...)
Índice de Participación: En el caso de las
embarcaciones sujetas al Régimen del Decreto Ley
N° 25977, Ley de Pesca, el índice de participación se
obtiene de la suma de los siguientes componentes:
a) 60% del índice de participación de la embarcación en
las capturas del recurso, el cual es el año de mayor
participación porcentual de dicha embarcación en la
captura total anual registrada por el Ministerio para
cada año, dentro del periodo comprendido entre el
año 2004 y la fecha de entrada en vigencia de la
presente Ley. Para dicho cálculo sólo serán tomadas
en cuenta las capturas efectuadas dentro de la zona
comprendida entre el extremo norte del dominio
marítimo del Perú y el paralelo 16°00’00” latitud sur.
b) (...)
En el caso de las embarcaciones de madera sujetas al
Régimen establecido por la Ley N° 26920, el índice de
participación es el año de mayor participación porcentual
de dicha embarcación en la captura total anual registrada
por el Ministerio para cada año, dentro del periodo
comprendido entre el año 2004 y la fecha de entrada en
vigencia de presente Ley. Para dicho cálculo sólo serán
tomadas en cuenta las capturas efectuadas dentro de
la zona comprendida entre el extremo norte del dominio
marítimo del Perú y el paralelo 16°00’00” latitud sur.”
DEBE DECIR:
“ANEXO
DEFINICIONES
(...)
Índice de Participación: En el caso de las
embarcaciones sujetas al Régimen del Decreto Ley
N° 25977, Ley de Pesca, el índice de participación se
obtiene de la suma de los siguientes componentes:
a) 60% del índice de participación de la embarcación
en las capturas del recurso, el cual corresponde al
del año de mayor participación porcentual de dicha
embarcación en la captura total anual registrada
por el Ministerio para cada año, dentro del periodo
comprendido entre el año 2004 y la fecha de
entrada en vigencia de la presente Ley. Para dicho
cálculo sólo serán tomadas en cuenta las capturas
efectuadas dentro de la zona comprendida entre el
extremo norte del dominio marítimo del Perú y el
paralelo 16°00’00” latitud sur.
b) (...)
En el caso de las embarcaciones de madera sujetas
al Régimen establecido por la Ley N° 26920, el índice
de participación corresponde al del año de mayor
participación porcentual de dicha embarcación en la
captura total anual registrada por el Ministerio para
cada año, dentro del periodo comprendido entre
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