RESOLUCION Nº 021-2011/DP - Efectúan recomendaciones a los Ministerios de Defensa e Interior en relación a casos de embarazo en las escuelas de formación de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas

Fecha de disposición10 Diciembre 2011
Fecha de publicación10 Diciembre 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 10 de diciembre de 2011
454706
humanos y el establecimiento de un nuevo modelo
de gestión del talento humano, cuya implementación
requiere el desarrollo de un sistema integrado de recursos
humanos (software) que automatice la ejecución de los
procesos asociados y permita un f‌l ujo de información
precisa, oportuna y pertinente, esencial para la toma de
decisiones;
Que, en ese sentido, la agenda prevista para la visita
técnica a la Contraloría General de la República de Chile
comprende una presentación del sistema integrado
“HEFESTOS” detallando su funcionalidad, información
sobre sus políticas, procesos y prácticas de recursos
humanos y el apoyo que el sistema brinda, validación de
la capacidad de personalización del referido software,
mecanismos de seguridad de la información, interfases
con sistemas del Estado Peruano, evaluar si el sistema
cumple con la plataforma que tiene este Ente Técnico
Rector del Sistema así como su grado de dependencia
con otros sistemas propios de su institución; siendo que
dicha información permitirá recoger experiencias que
pueden constituir referentes técnicos en concordancia
con el Plan Estratégico Institucional 2010 – 2012 de la
Contraloría General de la República;
Que, el Departamento de Gestión y Desarrollo
Humano de la Contraloría General de la República es
el órgano encargado de analizar, proponer, ejecutar
y supervisar las políticas y estrategias de desarrollo y
administración del capital humano y, el Departamento de
Tecnologías de la Información es el órgano encargado
de asesorar, planif‌i car, normas, organizar, dirigir y
ejecutar las actividades relacionadas con la tecnología
de la información, la operatividad de los equipos de
procesamiento de información y el buen funcionamiento
de la red de transmisión de comunicaciones que soportan
los procesos de la institución;
Que, en consecuencia, es conveniente autorizar,
por excepción, la participación de la delegación de la
Contraloría General de la República conformada por los
señores Hugo Ricardo Matallana Vergara, Gerente del
Departamento de Gestión y Desarrollo Humano, Leoncio
Rodríguez Manyari, Gerente del Departamento de
Tecnologías de la Información y de la señora Carla Patricia
Gutiérrez Ramírez, Jefe de Administración del Capital
Humano, a la visita técnica a la Contraloría General de
la República de Chile, a f‌i n que este Organismo Superior
de Control adquiera información relacionada a su sistema
integrado para la gestión del personal;
Que, los gastos que irrogue la comisión de servicios
antes mencionada, serán f‌i nanciados por el Pliego 019
de la Contraloría General de la República, conforme a
lo informado por Gerencia Central de Administración y
Finanzas;
De conformidad con las facultades conferidas por
el artículo 32º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional
de Control y de la Contraloría General de la República
- Ley Nº 27785, lo dispuesto en la Ley de Presupuesto
del Sector Público para el año f‌i scal 2011 - Ley Nº 29626,
así como la Ley Nº 27619, su modif‌i catoria y el Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar, por excepción, el
viaje en comisión de servicios del señor Hugo Ricardo
Matallana Vergara, Gerente del Departamento de
Gestión y Desarrollo Humano del 11 al 13 de diciembre
de 2011, del señor Leoncio Rodríguez Manyari, Gerente
del Departamento de Tecnologías de la Información y
de la señora Carla Patricia Gutiérrez Ramírez, Jefe de
Administración del Capital Humano los días del 11 al 14
de diciembre de 2011, a la ciudad de Santiago de Chile,
para los f‌i nes expuestos en la parte considerativa de la
presente Resolución.
Artículo Segundo.- Los costos totales que se deriven
de la presente comisión de servicios serán f‌i nanciados con
cargo a los recursos del Pliego: 019 Contraloría General,
según el detalle siguiente: Pasajes US$ 3843.96, viáticos
y gastos de instalación US$ 1800.00.
Artículo Tercero.- Los citados profesionales
presentarán al Despacho Contralor un informe sobre
los resultados de la visita técnica y las acciones que se
deriven a favor de la Contraloría General de la República,
con copia al Departamento de Cooperación Técnica, así
como un ejemplar de los materiales técnicos obtenidos,
dentro de los quince (15) días calendario siguientes de
concluida la comisión de servicios.
Artículo Cuarto.- La presente Resolución no
otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese,
FUAD KHOURY ZARZAR
Contralor General de la República
726970-1
DEFENSORIA DEL PUEBLO
Efectúan recomendaciones a los
Ministerios de Defensa e Interior en
relación a casos de embarazo en las
escuelas de formación de la Policía
Nacional del Perú y de las Fuerzas
Armadas
RESOLUCIÓN DEFENSORIAL
Nº 021-2011/DP
Lima, 9 de diciembre del 2011
VISTO:
La opinión institucional sobre la discriminación por
embarazo en las escuelas de formación de la Policía
Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas, elaborada
por la Adjuntía para los Derechos de la Mujer de la
Defensoría del Pueblo.
CONSIDERANDO:
Primero.- Competencia de la Defensoría del Pueblo
en la protección de los derechos de las mujeres
De conformidad con los artículos 161º y 162º de
la Constitución, la Defensoría del Pueblo es un órgano
constitucional autónomo encargado de defender los
derechos constitucionales y fundamentales de la persona,
así como de supervisar el cumplimiento de los deberes de
la administración estatal y la adecuada prestación de los
servicios públicos.
En el marco de su mandato constitucional, durante
los últimos años, se han recibido quejas y solicitudes
de intervención ante casos de discriminación por
embarazo en los Centros de Formación de la Policía
Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas, pese a
que existe normativa nacional e internacional, así como
jurisprudencia constitucional que establece que ninguna
Escuela de Formación puede separar a las alumnas por
encontrarse embarazadas.
Al respecto, la Defensoría del Pueblo ha dado a
conocer su posición institucional sobre el tema en el
Informe Nº 004 – 2008 – DP/ADHPD, denominado
“Análisis del Reglamento de Aptitud Psicosomática para
el Ingreso y Reingreso del Personal y el Manual del
Régimen Educativo de las Escuelas de Formación de
la Policía Nacional del Perú”; y en el Informe Nº 006 –
2008 –DP/ADHPD, denominado “Análisis de la Hoja de
Estudio y Opinión Elaborada por la Policía Nacional sobre
las Normas que Regulan los Procesos de Admisión y el
Régimen Educativo de las Escuelas de Formación”.
Segundo.- Normas reglamentarias dictadas por la
Policía Nacional y las Fuerzas Armadas que contienen
disposiciones discriminatorias sobre la situación de
las cadetes embarazadas
El artículo 168º de la Constitución señala que las leyes
y los reglamentos respectivos determinan la organización,

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