RESOLUCION 505-2014/SBN-DGPE-SDAPE - Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos, ubicados en los departamentos de Moquegua y Lima
Fecha de disposición | 10 Agosto 2014 |
Fecha de publicación | 10 Agosto 2014 |
El Peruano
Domingo 10 de agosto de 2014 529701
ORGANISMOS EJECUTORES
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE BIENES ESTATALES
Disponen primera inscripción de
dominio a favor del Estado de terrenos
eriazos, ubicados en los departamentos
de Moquegua y Lima
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
DEL PATRIMONIO ESTATAL
RESOLUCIÓN N° 504-2014/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 30 de julio de 2014
Visto el Expediente N° 851-2014/SBN-SDAPE,
correspondiente al trámite de primera inscripción de
dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 10 026
821,71 m², ubicado aproximadamente a 28 Km. al Suroeste
del Km. 1127 de la carretera Panamericana Sur, en el
distrito de El Algarrobal, provincia de Ilo, departamento de
Moquegua;
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Nacional de Bienes
Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional
de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar
las acciones que realicen las entidades que conforman
el mencionado Sistema, en materia de adquisición,
disposición, administración y registro de los bienes
estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos
actos respecto de los bienes estatales que se encuentran
bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor,
conforme a la Ley Nº 29151 -Ley General del Sistema
Nacional de Bienes Estatales- y su Reglamento aprobado
Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la
que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno
de 10 026 821,71 m², ubicado aproximadamente a 28 Km.
al Suroeste del Km. 1127 de la carretera Panamericana
Sur, en el distrito de El Algarrobal, provincia de Ilo,
departamento de Moquegua, se encontraría sin inscripción
registral;
Que, mediante Ofi cio N° 291-2014-Z.R.N°XIII-ORI-
PUB de fecha 29 de mayo de 2014, la Zona Registral
N° XIII-Sede Tacna remite el Certifi cado de Búsqueda
Catastral de fecha 29 de mayo de 2014 sobre la base del
Informe Técnico N° 248-2014-Z.R.N°XIII/UREG-ORT-R
de fecha 27 de mayo de 2014 donde señala que el área
en consulta se encuentra sobre ámbito que no se puede
determinar los antecedentes registrales;
Que, el tercer párrafo del artículo 16° del Reglamento
de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por
Resolución del Superintendente Nacional de los Registros
Públicos Nº 097-2013-SUNARP-SN señala que no
impide la inmatriculación, el informe técnico que señale
la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra
inscrito o no;
Que, realizada la inspección técnica con fecha 16 de
julio de 2014, se observó que el terreno es de naturaleza
eriaza y arcillosa, con una topografía variada entre partes
planas e empinadas, encontrándose desocupado;
Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 “Ley General
del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece
que los predios que no se encuentren inscritos en el
Registro de Predios y que no constituyan propiedad
de particulares, ni de las Comunidades Campesinas
y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que
corresponde tramitar la primera inscripción de dominio
a favor del Estado del terreno eriazo de 10 026 821,71
m², de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento
de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N°
007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN,
modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que
regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio
de predios a favor del Estado;
Que, los incisos a) y p) del Artículo 44° del “Reglamento
de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por
Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha
21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de
Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y
aprobar los actos de adquisición y administración de los
bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir
las Resoluciones en materia de su competencia;
De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del
Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento
aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA
y modifi catorias;
Estando a los fundamentos expuestos en el Informe
Técnico Legal Nº 0534-2014/SBN-DGPE-SDAPE, de
fecha 24 de julio de 2014.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio
a favor del Estado del terreno eriazo de 10 026 821,71 m²,
ubicado aproximadamente a 28 Km. al Suroeste del Km.
1127 de la carretera Panamericana Sur, en el distrito de El
Algarrobal, provincia de Ilo, departamento de Moquegua;
según el plano y memoria descriptiva que sustentan la
presente Resolución.
Artículo 2°.- La Zona Registral N° XIII - Sede Tacna de
la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos,
por el mérito de la presente Resolución, efectuará la
primera inscripción de dominio a favor del Estado del
terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro
de Predios de Ilo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS GARCÍA WONG
Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal
1121237-1
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
DEL PATRIMONIO ESTATAL
RESOLUCIÓN N° 505-2014/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 30 de julio de 2014
Visto el Expediente N° 850-2014/SBN-SDAPE,
correspondiente al trámite de primera inscripción de
dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 13 080
654,40 m², ubicado aproximadamente a 29 Km. al Suroeste
del Km. 1127 de la carretera Panamericana Sur, en el
distrito de El Algarrobal, provincia de Ilo, departamento de
Moquegua;
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Nacional de Bienes
Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional
de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar
las acciones que realicen las entidades que conforman
el mencionado Sistema, en materia de adquisición,
disposición, administración y registro de los bienes
estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos
actos respecto de los bienes estatales que se encuentran
bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor,
conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema
Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado
Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la
que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno
de 13 080 654,40 m², ubicado aproximadamente a 29 Km.
al Suroeste del Km. 1127 de la carretera Panamericana
Sur, en el distrito de El Algarrobal, provincia de Ilo,
departamento de Moquegua, se encontraría sin inscripción
registral;
Que, mediante Ofi cio N°291-2014-Z.R.N°XIII-ORI-
PUB de fecha 29 de mayo de 2014, la Zona Registral
N° XIII-Sede Tacna remite el Certifi cado de Búsqueda
Catastral de fecha 29 de mayo de 2014 sobre la base del
Informe Técnico N° 259-2014-Z.R.N°XIII/UREG-ORT-R
de fecha 27 de mayo de 2014 donde señala que el área
en consulta se encuentra sobre ámbito que no se puede
determinar los antecedentes registrales;
Que, el tercer párrafo del artículo 16° del Reglamento
de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por
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