DECRETO SUPREMO N° 047-2015-RE - Ratifican Protocolo Modificatorio al Convenio sobre Transferencia de Personas Condenadas entre la República del Perú y la República del Ecuador

Fecha de disposición02 Septiembre 2015
Fecha de publicación02 Septiembre 2015
560563
NORMAS LEGALES
Miércoles 2 de setiembre de 2015
El Peruano
/
procederá a publicar en el diario of‌i cial “El Peruano” el
texto íntegro de la referida Enmienda, así como la fecha
de entrada en vigencia.
Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la
República.
Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será
refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día
del mes de setiembre del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS
Ministra de Relaciones Exteriores
1282169-2
Ratiican Acuerdo entre el Gobierno
de la República del Perú y la Secretaría
General de la Organización de los Estados
Americanos relativo a la celebración del
LVIII Periodo Ordinario de Sesiones de la
Comisión Interamericana para el Control
del Abuso de Drogas
DECRETO SUPREMO
Nº 045-2015-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el “Acuerdo entre el Gobierno de la República
del Perú y la Secretaría General de la Organización de
los Estados Americanos relativo a la celebración del
LVIII Periodo Ordinario de Sesiones de la Comisión
Interamericana para el Control del Abuso de Drogas”,
fue suscrito el 16 de junio de 2015 en la ciudad de
Washington DC, Estados Unidos de América;
Que, es conveniente a los intereses del Perú la
ratif‌i cación del citado instrumento jurídico internacional;
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º
y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el
segundo párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 26647, que
facultan al Presidente de la República a celebrar y ratif‌i car
Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación
previa del Congreso;
DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo entre el Gobierno
de la República del Perú y la Secretaría General de la
Organización de los Estados Americanos relativo a la
celebración del LVIII Periodo Ordinario de Sesiones
de la Comisión Interamericana para el Control del
Abuso de Drogas” suscrito el 16 de junio de 2015 en la
ciudad de Washington DC, Estados Unidos de América.
Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4º
y 6º de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones
Exteriores procederá a publicar en el diario of‌i cial “El
Peruano” el texto íntegro del referido Acuerdo, así como
la fecha de entrada en vigencia.
Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la
República.
Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será
refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día
del mes de setiembre del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS
Ministra de Relaciones Exteriores
1282169-3
Ratiican Enmienda al Acuerdo entre el
Gobierno de la República del Perú y la
Secretaría General de la Organización
de los Estados Americanos relativo a la
celebración del LVIII Periodo Ordinario de
Sesiones de la Comisión Interamericana
para el Control del Abuso de Drogas
DECRETO SUPREMO
Nº 046-2015-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la “Enmienda al Acuerdo entre el Gobierno
de la República del Perú y la Secretaría General de la
Organización de los Estados Americanos relativo a la
celebración del LVIII Periodo Ordinario de Sesiones de
la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de
Drogas”, fue formalizada mediante intercambio de Notas,
Nota 214 de la Secretaría General de la Organización de los
Estados Americanos, de fecha 24 de julio de 2015; y Nota RE
(DGM) N° 5-3-A/17 del Ministerio de Relaciones Exteriores de
la República del Perú, de fecha 17 de agosto de 2015;
Que, es conveniente a los intereses del Perú la
ratif‌i cación del citado instrumento jurídico internacional;
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º
y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el
segundo párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 26647, que
facultan al Presidente de la República a celebrar y ratif‌i car
Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación
previa del Congreso;
DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase la “Enmienda al Acuerdo
entre el Gobierno de la República del Perú y la
Secretaría General de la Organización de los Estados
Americanos relativo a la celebración del LVIII Periodo
Ordinario de Sesiones de la Comisión Interamericana
para el Control del Abuso de Drogas” formalizada
mediante intercambio de Notas, Nota 214 de la Secretaría
General de la Organización de los Estados Americanos,
de fecha 24 de julio de 2015; y Nota RE (DGM) N°
5-3-A/17 del Ministerio de Relaciones Exteriores de la
República del Perú, de fecha 17 de agosto de 2015.
Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4º y 6º
de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores
procederá a publicar en el diario of‌i cial “El Peruano” el
texto íntegro de la referida Enmienda, así como la fecha
de entrada en vigencia.
Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República.
Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será
refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día
del mes de setiembre del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS
Ministra de Relaciones Exteriores
1282169-4
Ratiican Protocolo Modiicatorio al
Convenio sobre Transferencia de Personas
Condenadas entre la República del Perú y la
República del Ecuador
DECRETO SUPREMO
Nº 047-2015-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el “Protocolo Modif‌i catorio al Convenio
sobre Transferencia de Personas Condenadas entre

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