DECRETO DE ALCALDIA N° 13-2014-MPL - Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 429-MPL, que otorgó Amnistía Tributaria en el distrito de Pueblo Libre

Fecha de disposición28 Noviembre 2014
Fecha de publicación28 Noviembre 2014
SecciónSección Única
El Peruano
Viernes 28 de noviembre de 2014 538841
Extraordinario de Regularización y Actualización Tributaria
en el distrito de La Molina”, modif‌i cada por la Ordenanza N°
283, a efectos de permitir que los contribuyentes puedan
acogerse a los benef‌i cios previstos en la Ordenanza N°
276 y cumplir con sus obligaciones tributarias, por lo
que propone la prórroga de su vigencia hasta el 31 de
diciembre de 2014; siendo ratif‌i cado lo solicitado mediante
Informe N° 045-2014-MDLM-GAT de la Gerencia de
Administración Tributaria, en dicho extremo la Gerencia de
Asesoría Jurídica mediante Informe N° 499-2014-MDLM-
GAJ opina favorablemente sobre la referida prórroga;
siendo que la Gerencia Municipal a través del Memorando
N° 1026-2014-MDLM-GM, en consideración a los informes
técnicos y jurídico señalados precedentemente, opina por
la procedencia de la prórroga de la Ordenanza N° 276 que
aprueba el “Benef‌i cio Extraordinario de Regularización
y Actualización Tributaria en el distrito de La Molina”,
modif‌i cada por la Ordenanza N° 283;
Que, siendo política de la actual gestión, otorgar a
los vecinos las facilidades para el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias, resulta necesario ampliar el plazo
de vigencia de la Ordenanza N° 276 que aprueba el
“Benef‌i cio Extraordinario de Regularización y Actualización
Tributaria en el distrito de La Molina”, modif‌i cada por la
Ordenanza N° 283;
Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las
facultades conferidas en los artículos 20° numeral 6) y 42°
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de
diciembre de 2014, la vigencia de la Ordenanza Nº 276,
que aprueba el “Benef‌i cio Extraordinario de Regularización
y Actualización Tributaria en el distrito de La Molina”,
modif‌i cada por la Ordenanza N° 283.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
de Administración Tributaria, a la Subgerencia de
Recaudación y Fiscalización Tributaria, a la Subgerencia
de Registro y Atención al Ciudadano, al Ejecutor Coactivo
Tributario, a la Gerencia de Tecnologías de Información y
a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional,
el cumplimiento y efectiva difusión del presente Decreto de
Alcaldía, de acuerdo a sus competencias y atribuciones.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría
General la publicación del texto del presente Decreto de
Alcaldía en el Diario Of‌i cial “El Peruano” y a la Gerencia
de Tecnologías de Información, la publicación en la
página web de la municipalidad: www.munimolina.gob.
pe, en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y
en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.
serviciosalciudadano.gob.pe.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JUAN CARLOS ZUREK P.F.
Alcalde
1170429-1
MUNICIPALIDAD DE
PUEBLO LIBRE
Prorrogan vigencia de la Ordenanza
Nº 429-MPL, que otorgó Amnistía
Tributaria en el distrito de Pueblo
Libre
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 13-2014-MPL
Pueblo Libre, 24 de Noviembre de 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE PUEBLO LIBRE
VISTO: el Informe Nº 165-2014-MPL/GAT/SREC de
fecha 14 de noviembre de 2014 emitido por la Subgerencia
de Recaudación y Ejecución Coactiva, Informe Nº 050-
2014-MPL-GAT de fecha 17 de noviembre de 2014 emitido
por la Gerencia de Administración Tributaria, Informe Nº
146-2014-MPL/GAJ de fecha 20 de noviembre 2014 de la
Gerencia de Asesoría Jurídica y;
CONSIDERANDO:
Perú reconoce a los gobiernos locales autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su competencia,
desarrollada por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley
de Municipalidades señala que “Los decretos de alcaldía
establecen normas reglamentarias y de aplicación de las
ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para
la correcta y ef‌i ciente administración municipal y resuelven
o regulan asuntos de orden general y de interés para
el vecindario, que no sean de competencia del concejo
municipal”;
Que, mediante Ordenanza Nº 429-MPL se otorgó Amnistía
Tributaria en el distrito de Pueblo Libre, estableciéndose un
Régimen de Benef‌i cios Extraordinarios por el cumplimiento
de las obligaciones tributarias que se encuentren vencidas o
por vencer dentro del distrito de Pueblo Libre, con vigencia
hasta el 28 de noviembre del 2014;
Que, conforme lo establece la Cuarta Disposición
Final y Transitoria de la citada Ordenanza se faculta al
Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda
dictar medidas complementarias para su aplicación, así
como para disponer la prórroga del plazo de vigencia;
Que, mediante Informe Nº 050-2014-MPL-GAT
de fecha 17 de noviembre de 2014, la Gerencia de
Administración Tributaria hace suyo el Informe Nº 165-
2014-MPL-GAT-SREC de fecha 14 de noviembre de
2014, mediante el cual la Subgerencia de Recaudación
y Ejecución Coactiva opina que a f‌i n de facilitar que un
mayor número de contribuyentes puedan acceder a los
benef‌i cios otorgados por la Ordenanza Nº 429-MPL,
sugiere una prórroga del término de su vigencia hasta el
19 de diciembre del 2014;
Que, mediante Informe Nº 146-2014-MPL/GAJ de
fecha 20 de noviembre de 2014, la Gerencia de Asesoría
Jurídica concluye que resulta necesario la emisión del
Decreto de Alcaldía que prorrogue la Ordenanza Nº 429-
MPL que otorgó Amnistía Tributaria en el distrito de Pueblo
Libre, hasta el 19 de noviembre del 2014;
Estando a las atribuciones conferidas por el Artículo
42º y el numeral 6 del Artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley
SE DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el viernes 19
de diciembre del 2014, la vigencia de la Ordenanza Nº
429-MPL, que otorgó Amnistía Tributaria en el distrito de
Pueblo Libre.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de
Administración Tributaria, la Gerencia de Informática
y Gobierno Electrónico y la Gerencia de Calidad de
Servicios, el cumplimiento de la presente norma en lo que
fuere de su competencia.
Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía
entrará en vigencia a partir del día siguiente de su
publicación.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
RAFAEL SANTOS NORMAND
Alcalde
1170530-1
MUNICIPALIDAD DE
PUNTA HERMOSA
Aprueban el Reglamento del Consejo de
Coordinación Local de Punta Hermosa
Punta Hermosa, 27 de junio de 2014

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