DECRETO DE ALCALDIA N° 018-2014/MDPP - Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad

Fecha de publicación13 Noviembre 2014
Fecha de disposición13 Noviembre 2014
El Peruano
Jueves 13 de noviembre de 2014
537598
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
FINALES
Primero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia
al día siguiente de su publicación en el Diario Of‌i cial El
Peruano, por un periodo de 15 días calendario.
Segundo.- Autorizar al Alcalde a que mediante Decreto
de Alcaldía disponga, de ser necesario, la ampliación del
plazo de vigencia de la presente Ordenanza.
Tercera.- Encargar el cumplimiento de la presente
Ordenanza a la Gerencia de Seguridad Ciudadana,
a través de la Subgerencia de Fiscalización y Control
Administrativo y a la Of‌i cina de Administración Tributaria a
través de la Unidad de Recaudación y Control y la Unidad
de Ejecutoría Coactiva.
Cuarta.- La presente Ordenanza será de aplicación
a todas las sanciones que pudieran haberse emitido y/o
emitirse, a partir, del proceso de Elecciones Municipales
2014.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MARTÍN PRINCIPE LAINES
Alcalde
1162766-1
MUNICIPALIDAD DE
PUENTE PIEDRA
Modifican el Texto Único de
Procedimientos Administrativos de la
Municipalidad
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 018-2014/MDPP
Puente Piedra, 10 de septiembre de 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA
VISTO: El Informe Nº 305-2014-SGOHU/GDUE-
MDPP, expedido por la Subgerencia de Obras y
Habilitaciones Urbanas, de fecha 09 de Septiembre
de 2014; el Memorándum Nº 316-2014-MDPP/SG,
de fecha 09 de Septiembre de 2014, emitido por la
Secretaría General; el Informe Nº 0867-2014-SGPP/
GAFP/MDPP, de fecha 10 de Septiembre de 2014,
elaborado por la Subgerencia de Planeamiento y
Presupuesto; Informe Nº 265-2014-MDPP/GAJ, de
fecha 09 de Diciembre de 2014, formulado por la
Gerencia de Asesoría Jurídica; y, Proveído Nº 2058-
2014-GM, de fecha 10 de Septiembre de 2014, de la
Gerencia Municipal;
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia, conforme lo establece el artículo 194 de la
Constitución Política del Perú, concordante con el artículo
II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica
Que, el artículo 2º de la Ley 27444 - Ley del
Procedimiento Administrativo General, señala que cuando
una ley lo autorice, la autoridad, mediante decisión expresa,
puede someter el acto administrativo a condición, término
o modo, siempre que dichos elementos incorporables
al acto, sean compatibles con el ordenamiento legal, o
cuando se trate de asegurar con ellos el cumplimiento del
f‌i n público que persigue el acto;
Que, mediante Ordenanza Nº 199-MDPP, se aprueban
los procedimientos y servicios administrativos brindados
en exclusividad contenidos en el TUPA de la Municipalidad
Distrital de Puente Piedra, y que mediante Ordenanza Nº
205-MDPP, se modif‌i ca la ordenanza 199-MDPP, las que
consignan procedimientos a cargo de la Subgerencia
de Obras y Habilitaciones Urbanas relacionados a la
instalación de infraestructura de telecomunicaciones en
áreas de uso público;
Que, la Ley Nº 29090 Ley de Regulación de
Habilitaciones Urbanas y de Edif‌i caciones, modif‌i cada
por la Ley Nº 29476, señala en su artículo 10º que las
licencias de edif‌i cación modalidad A son de aprobación
automática;
Que, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento
Administrativo General, estipula en el numeral 40.1.8 del
artículo 40º, que la constancia de pago realizado ante la
propia entidad por algún trámite, en cuyo caso el administrado
sólo queda obligado a informar en su escrito el día de pago
y el número de constancia de pago, correspondiendo a la
administración la verif‌i cación inmediata. Por su parte el
artículo 41.1.1 de la citada ley señala que las entidades
están obligadas a recibir copias simples en reemplazo de
documentos originales o copias legalizadas notarialmente
de tales documentos. Las copias simples serán aceptadas,
estén o no certif‌i cadas por notarios, funcionarios o servidores
públicos en el ejercicio de sus funciones y tendrán el mismo
valor que los documentos originales para el cumplimiento
de los requisitos correspondientes a la tramitación de
procedimientos administrativos seguidos ante cualquier
entidad;
Que, el artículo 36º numeral 3 de la Ley 27444 - Ley
del Procedimiento Administrativo General, señala que las
disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos
o requisitos, oa la simplif‌i cación o actualización de los mismos,
podrán aprobarse por Decreto de Alcaldía en el caso se trate
de Gobiernos Locales. Asimismo, el artículo 38º numeral 5,
prescribe que una vez aprobado el TUPA, toda modif‌i cación
que no implique la creación de nuevos procedimientos,
incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe
realizar por Decreto de Alcaldía;
Que, de conformidad con el artículo 41º de la Ley Nº
de alcaldía establecen normas reglamentarias, resuelven
o regulan asuntos de orden general y de interés para el
vecindario;
Estando a las facultades conferidas por el artículo
20º numeral 6 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de
SE DECRETA:
Artículo Primero.- MODIFICAR en el Texto Único de
Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de
Puente Piedra – TUPA vigente, la calif‌i cación a “Automático” el
procedimiento denominado “Licencia de Edif‌i cación Modalidad
A” de la Subgerencia de Obras y Habilitaciones Urbanas. Así
como, suprimir el plazo de 10 días consignado.
Artículo Segundo.- MODIFICAR el texto de los
siguientes requisitos de los procedimientos 13.1, 13.2,
13.3 y 13.4 de la Subgerencia de Desarrollo Económico:
DICE:
Carta poder con f‌i rma legalizada, en caso de
representación.
DEBE DECIR:
Carta poder simple, en caso de representación.
DICE:
Recibo de pago del derecho de trámite.
DEBE DECIR:
Pago del derecho de trámite.
Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del
presente dispositivo a la of‌i cina de Secretaría General,
a la Subgerencia de Obras y Habilitaciones Urbanas, a la
Subgerencia de Desarrollo Económico, a la Subgerencia de
Planeamiento y Presupuesto, y a la Gerencia de Informática
y Gobierno Electrónico, de acuerdo a su competencia.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ESTEBAN MONZON FERNANDEZ
Alcalde
1163383-1

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR