ORDENANZA N° 03-2014-CR-RL - Declaran de interés público y prioridad regional el uso de las Tecnologías de Información y Comunicación - TIC como política educativa en el Gobierno Regional de Lima

Fecha de publicación07 Junio 2014
Fecha de disposición07 Junio 2014
El Peruano
Sábado 7 de junio de 2014 524835
- El COREPO LIMA, conformará un comité técnico
de seguimiento y evaluación de las actividades del Plan
Operativo Anual, quienes mantendrán coordinación
permanente con el comité técnico de seguimiento del
CONAPO y con las entidades regionales que implementan
las acciones del Plan Operativo.
Artículo Séptimo.- DEROGAR toda disposición que
se oponga a la presente Ordenanza Regional.
Artículo Octavo.- DISPENSAR la presente Ordenanza
Regional del Trámite de lectura y aprobación del Acta.
Artículo Noveno.- La presente Ordenanza Regional
se publicará en el Diario Of‌i cial “El Peruano”, en un diario
de circulación regional y en el portal del Gobierno Regional
de Lima (www.regionlima.gob.pe).
En Huacho, a los diez días del mes de abril del dos
mil catorce.
POR TANTO:
Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno
Regional de Lima para su promulgación.
HUGO F. GONZALEZ CARHUAVILCA
Consejero Delegado
Mando se comunique, publique y cumpla.
Dado en la ciudad de Huacho, sede central del
Gobierno Regional de Lima, a los veinte días del mes de
mayo del dos mil catorce.
JAVIER ALVARADO GONZALES DEL VALLE
Presidente Regional
1092664-1
Declaran de interés público y prioridad
regional el uso de las Tecnologías de
Información y Comunicación - TIC
como política educativa en el Gobierno
Regional de Lima
ORDENANZA REGIONAL
Nº 03-2014-CR-RL
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
DE LIMA
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima
en su Sesión Ordinaria del día 10 del mes de abril del
2014 en el distrito de Imperial de la provincia de Cañete,
ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
VISTO:
Of‌i cio Nro. 0180-2014-GRL/PRES del Presidente
Regional; por el cual, remite el Proyecto de Ordenanza
Regional que declara de interés público y prioridad regional
el uso de las tecnologías de información y comunicación
– TIC como política educativa en el Gobierno Regional
de Lima.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, en el Artículo 8°
expresa: “El Estado coordina la política educativa. Formula
los lineamientos generales de los planes de estudios;
así como, los requisitos mínimos de la organización de
los centros educativos. Supervisa su cumplimiento y la
calidad de la educación”;
Que, la Ley de Bases de Descentralización,
aprobada con Ley N°27783, en el literal a) de su Artículo
36° establece las competencias compartidas de los
Gobiernos Regionales en Educación: “Gestión de los
servicios educativos de nivel inicial, primaria, secundaria y
superior no universitaria, con criterios de interculturalidad
orientados a potenciar la formación para el desarrollo”;
Que, la Ley Marco de Modernización de la Gestión
del Estado, aprobada con Ley N°27658, expresa en el
Artículo 4°, Finalidad del proceso de modernización de
la gestión del Estado, “El proceso de modernización de
la gestión del estado tiene como f‌i nalidad fundamental la
obtención de mayores niveles de ef‌i ciencia del aparato
estatal, de manera que se logre una mejor atención a
la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los
recursos públicos”;
aprobada con Ley N°27867, expresa en el literal n, Artículo
47°, Funciones Específ‌i cas de Educación: “Identif‌i car,
implementar y promover el uso de nuevas tecnologías
ef‌i caces y ef‌i cientes para el mejoramiento de la calidad
de la educación en sus distintos niveles”;
Que, la Ley General de Educación, aprobada con
Ley N°28044, expresa los principios fundamentales de
equidad, que garantiza a todos iguales oportunidades de
acceso, permanencia y trato en un sistema educativo de
calidad; de inclusión, que incorpora a las personas con
discapacidad, grupos sociales excluidos, marginados
y vulnerables, especialmente en el ámbito rural, sin
distinción de etnia, religión, sexo u otra causa de
discriminación, contribuyendo así a la eliminación de la
pobreza, la exclusión y las desigualdades; y de calidad,
que asegura condiciones adecuadas para una educación
integral, pertinente, abierta, f‌l exible y permanente;
Que, el Plan Nacional de Desarrollo Concertado-
Plan Bicentenario, El Perú Hacia el 2021, aprobado con
Decreto Supremo N°054-2011-PCM, sobre el uso de
tecnologías de información y comunicación en el sector
educativo expresa “Mejorar los aprendizajes y el uso de
la tecnología de información y comunicación (TIC), de
todos los estudiantes, desarrollando sus capacidades
humanas y valores éticos, con énfasis en la población
rural, vernáculo hablante y pobreza extrema”;
Que, el Proyecto Educativo Nacional, aprobado con
Resolución Suprema N°001-2007-ED, sobre el uso de
tecnologías de información y comunicación en el sector
educativo expresa “Uso ef‌i caz, creativo y culturalmente
pertinente de las nuevas tecnologías de información y
comunicación (TIC) en todos los niveles educativos”;
Que, el Plan de Desarrollo Concertado Regional
2008-2021, del Gobierno Regional de Lima, aprobado
con Acuerdo de Consejo Regional N° 175-2008-CR/GRL,
sobre el uso de tecnologías de información y comunicación
en el sector educativo expresa “Desarrollar acciones que
permita una gestión institucional innovadora y pedagógica
permanente, mediante el uso intensivo de las tecnologías
de información y comunicación” (TIC);
Que, el Plan de Desarrollo Institucional 2012-2015 del
Gobierno Regional de Lima, aprobado con Ordenanza
Regional N°016-2012-CR-RL, sobre el uso de tecnologías
de información y comunicación en el sector educativo
expresa “Construir, mejorar y/o rehabilitar la infraestructura
y equipamiento escolar”;
Que, el Proyecto Educativo Regional-PER CARAL
2021, aprobado con Ordenanza Regional N°004-2012-
CR-RL, sobre el uso de tecnologías de información y
comunicación en el sector educativo expresa “Integrar
en los diferentes niveles, los sistemas de tecnología
educativa de información y comunicación (TIC), al proceso
de enseñanza-aprendizaje como medios para elevar la
calidad de la educación;
Que, el problema principal del sector de educación es
la baja calidad y cobertura educativa en las instituciones
educativas y bajos años de escolaridad de la población
de la región Lima. Que tiene como causas: los bajos
niveles de logros de aprendizaje de los estudiantes en el
desarrollo del pensamiento lógico matemático de 12.5%
y comprensión lectora de 31,9%; la limitada cobertura
educativa de nivel inicial de 69.5% y en el nivel secundario
de 93.8%, el incremento del porcentaje de deserción
de estudiantes de edades de 7-14 años con educación
primaria incompleta de 0.3% a 2.7%; y deserción de
estudiantes de edades de 13-19 años con educación
secundaria incompleta de 6.7% a 7.8%, el bajo porcentaje
de acceso al servicio de internet de las escuelas de nivel
primario de 28.5% y secundario de 46.9%; y la alta relación
de alumnos por computadora de nivel primario de 6 y nivel
secundario de 7. Y los años promedio de escolaridad de
la población de 25 a 64 años de edad de la región Lima,
se encuentra en 11.6 años, que corresponde al nivel de
primero de secundaria;
Que, el uso intensivo de tecnologías de información
y comunicación (TIC) en las instituciones educativas de
la región Lima; poniendo énfasis en la implementación y
desarrollo del aula virtual, como instrumento de la mejora

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