RESOLUCION MINISTERIAL N° 366-2014-MEM/DM - Imponen con carácter permanente a favor de concesión definitiva de generación de energía eléctrica de la que es titular Parque Eólico Marcona S.R.L., servidumbre permanente de ocupación para la Central Eólica Parque Eólico Marcona, ubicada en el departamento de Ica

EmisorENERGIA Y MINAS
Fecha de la disposición10 de Septiembre de 2014
El Peruano
Miércoles 10 de setiembre de 2014
532146
Artículo 3°.- Del refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por
el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de
Energía y Minas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve
días del mes de setiembre del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
ELEODORO MAYORGA ALBA
Ministro de Energía y Minas
1135334-2
Imponen con carácter permanente
a favor de concesión definitiva de
distribución de energía eléctrica
de la que es titular EDELNOR
S.A.A., servidumbre permanente de
electroducto sobre bienes de propiedad
del Estado, para instalación de línea de
transmisión ubicada en el departamento
de Lima
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 365-2014-MEM/DM
Lima, 13 de agosto de 2014
VISTO: El Expediente Nº 21230414, sobre solicitud de
imposición de servidumbre de electroducto para la Línea
de Transmisión de 60 kV Derivación L625 S.E.T. Chavarría
– S.E.T. Caudivilla (E18) – S.E.T. Nueva Huandoy,
presentada por Empresa de Distribución Eléctrica de Lima
Norte S.A.A. - EDELNOR S.A.A., persona jurídica inscrita
en la Partida N° 11008737 del Registro de Personas
Jurídicas de la Of‌i cina Registral de Lima y Callao;
CONSIDERANDO:
Que, EDELNOR S.A.A., titular de la concesión
def‌i nitiva para desarrollar la actividad de distribución de
energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº
080-96-EM, publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano el 18
de octubre de 1996, de conformidad con lo establecido en
los artículos 110 y 111 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de
Concesiones Eléctricas, mediante el documento ingresado
el 08 de mayo de 2014 con registro Nº 2390562, solicitó la
imposición de servidumbre de electroducto sobre bienes
de propiedad del Estado, para la instalación de la Línea de
Transmisión de 60 kV Derivación L625 S.E.T. Chavarría –
S.E.T. Caudivilla (E18) – S.E.T. Nueva Huandoy, ubicada
en los distritos de Los Olivos y San Martín de Porres,
provincia y departamento de Lima, según las coordenadas
UTM (PSAD 56) que f‌i guran en el Expediente;
Que, el literal a) del artículo 109 de la Ley Nº
25844 – Ley de Concesiones Eléctricas, dispone que
los concesionarios están facultados para usar a título
gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos,
calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado
o municipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías
férreas, líneas eléctricas y de comunicaciones;
Eléctricas, señala que las servidumbres de electroductos
para establecer subestaciones de transformación, líneas
de transmisión y distribución, que ocupen bienes públicos
y privados, se constituirán únicamente con arreglo a las
disposiciones de la referida Ley, siendo atribución del
Ministerio de Energía y Minas imponer las servidumbres
con carácter forzoso, señalando las medidas que deberán
de adoptarse para evitar los peligros e inconvenientes
de las instalaciones que ellas comprendan, según lo
establecido en el artículo 111 de la citada Ley;
Que, de acuerdo a la documentación que obra en el
Expediente, la Línea de Transmisión de 60 kV Derivación
L625 S.E.T. Chavarría – S.E.T. Caudivilla (E18) – S.E.T.
Nueva Huandoy, recorre por vías públicas de propiedad
del Estado, motivo por el cual, no corresponde efectuar
el pago por concepto de compensación e indemnización
por daños y perjuicios en razón de la servidumbre
solicitada;
Que, la Dirección General de Electricidad, luego de
haber verif‌i cado que la concesionaria ha cumplido con
los requisitos legales y procedimientos correspondientes
establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas, y en
su Reglamento, emitió el Informe Nº 401-2014-DGE-DCE,
recomendando la procedencia de imponer la servidumbre
de electroducto solicitada;
Con la opinión favorable del Director General de
Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Imponer, con carácter permanente
a favor de la concesión def‌i nitiva de distribución de
energía eléctrica de la que es titular EDELNOR S.A.A., la
servidumbre permanente de electroducto sobre bienes de
propiedad del Estado, para la instalación de la Línea de
Transmisión de 60 kV Derivación L625 S.E.T. Chavarría
– S.E.T. Caudivilla (E18) – S.E.T. Nueva Huandoy,
ubicada en los distritos de Los Olivos y San Martín de
Porres, provincia y departamento de Lima, de acuerdo a
la documentación técnica y los planos proporcionados por
la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Cód. Exp. Inicio y Llegada de la Línea
Eléctrica
Nivel de
Tensión
(kV)
N° de
Terna s Longitud
(km)
Ancho
de la
Faja
(m)
21230414
Derivación L625 S.E.T. Chavarría
– S.E.T. Caudivilla (E18) – S.E.T.
Nueva Huandoy
- Tramo aéreo
- Tramo subterráneo
60
60
02
02
2,37
0,30
16
5
Artículo 2º.- EDELNOR S.A.A. deberá adoptar las
medidas necesarias a f‌i n que el área de servidumbre
no sufra daño ni perjuicio por causa de la servidumbre,
quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en
caso de incumplimiento.
Artículo 3º.- EDELNOR S.A.A. deberá velar
permanentemente para evitar que en el área afectada por
la servidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de
construcción que restrinja su ejercicio.
Artículo 4º.- Los propietarios de los predios sirvientes
no podrán construir obras de cualquier naturaleza ni
realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio
de la servidumbre constituida.
Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ELEODORO MAYORGA ALBA
Ministro de Energía y Minas
1126887-1
Imponen con carácter permanente
a favor de concesión definitiva de
generación de energía eléctrica de la
que es titular Parque Eólico Marcona
S.R.L., servidumbre permanente de
ocupación para la Central Eólica
Parque Eólico Marcona, ubicada en el
departamento de Ica
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 366-2014-MEM/DM
Lima, 13 de agosto de 2014
VISTO: El Expediente Nº 31231214, sobre solicitud
de imposición de servidumbre de ocupación para la
instalación de la Central Eólica Parque Eólico Marcona,
presentada por Parque Eólico Marcona S.R.L., persona

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