Oficializan la III Reunión del Consejo Consultivo Empresarial del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico, a realizarse en la ciudad de Lima

Fecha de disposición14 Abril 2000
Fecha de publicación14 Abril 2000
Pág. 185643
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 14 de abril de 2000
Oficializan la III Reunión del Consejo
Consultivo Empresarial del Foro de
Cooperación Económica Asia Pacífi-
co, a realizarse en la ciudad de Lima
RESOLUCION SUPREMA
Nº 201-2000-RE
Lima, 13 de abril del 2000
Considerando lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC)
Nº 0905, del Gabinete de Coordinación del señor Vicemi-
nistro Secretario General de Relaciones Exteriores, de 28
de marzo de 2000;
De conformidad con el Artículo 2º del Decreto Supremo
Nº 0006-76-RE, de 25 de octubre de 1976; y, el inciso m) del
Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del
Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de
1992;
SE RESUELVE:
Oficializar la "III Reunión del Consejo Consultivo Em-
presarial del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífi-
co", a realizarse en la ciudad de Lima, del 24 al 27 de agosto
de 2000.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA
Ministro de Relaciones Exteriores
4281
SALUD
Declaran de naturaleza crítica el servi-
cio de alquiler de inmuebles destina-
dos al funcionamiento de diversas
dependencias del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 115-2000-SA/DM
Lima, 6 de abril del 2000
Visto el Oficio OGA Nº 657-2000, cursado por el Direc-
tor General de Administración.
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Ministerial Nº 547-99-SA/DM de 30
de octubre de 1999, se ha aprobado el listado de bienes de
naturaleza crítica, cuya adquisición se sujeta al Decreto
Supremo Nº 006-99-PCM que aprueba un tratamiento espe-
cial destinado a garantizar la continuidad de los servicios
que brindan las instituciones que integran el Sector Salud;
Que el Ministerio de Salud carece de infraestructura
física propia, adecuada para albergar a los diversos orga-
nismos y programas que lo integran, viéndose precisado a
celebrar en forma anual, contratos de arrendamiento de
locales de propiedad de particulares, previo proceso de
selección;
Que es conveniente calificar como de naturaleza crítica
el servicio de alquiler de locales para el funcionamiento de
las diversas dependencias del Pliego 011 Ministerio de
Salud, lo que permitirá mayor celeridad en el proceso de
selección y un mayor plazo de vigencia del respectivo
contrato y que de acuerdo al Artículo 9º del acotado Decreto
Supremo puede ser hasta de tres (3) años;
Que en virtud de lo expuesto, es conveniente declarar
el servicio de alquiler de inmuebles para el Ministerio de
Salud, como de naturaleza crítica;
De conformidad con lo previsto en el Artículo 9º del
Decreto Supremo Nº 006-99-PCM; y,
Con la opinión favorable del Viceministro de Salud;
SE RESUELVE:
1º.- Declarar como servicio de naturaleza crítica en el
Ministerio de Salud, el alquiler de inmuebles, destinados
al funcionamiento de sus diversas dependencias.
2º.- La adquisición del servicio de alquiler de inmuebles
a que se refiere el numeral anterior, se sujeta a lo dispuesto
en la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado, su Reglamento, aprobado por Decreto Supre-
mo Nº 039-98-PCM y el Decreto Supremo Nº 006-99-PCM.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALEJANDRO A. AGUINAGA RECUENCO
Ministro de Salud
4206
M T C
Ratifican zonas de reserva estableci-
das mediante el D.S. Nº 001-97-MTC,
que declaró de necesidad pública es-
tudios de factibilidad para moder-
nización y mejoras de los sistemas de
control de tráfico aéreo
DECRETO SUPREMO
Nº 014-2000-MTC
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 24482, Ley de Aeronáu-
tica Civil, modificado en parte por el Artículo 12º del
Decreto Legislativo Nº 670, dispone como causal de nece-
sidad pública, la construcción o ampliación de aeropuertos
destinados a la actividad aérea;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 0118-96-MTC/
15.12, la Dirección General de Transporte Aéreo del Minis-
terio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons-
trucción aprobó los planos de ubicación, topográfico y
perimétrico de los terrenos necesarios para la ampliación
y desarrollo del Aeropuerto Internacional "Jorge Chávez",
en cuyo trabajo se atiende el Estudio de Factibilidad de
Modernización de Aeropuertos y mejoras de los Sistemas
de Control de Tráfico Aéreo del Perú ejecutado por la
consultora Birk Hillman Consultants, Inc.;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-97-MTC, se
declara de necesidad pública la realización de los estu-
dios de factibilidad para la modernización y mejoras de
los sistemas de control de tráfico aéreo del Perú, decla-
rando como zonas intangibles y de reserva las áreas de
influencia referidas en los planos aprobados por la
Resolución Directoral a que se refiere el considerando
anterior;
Que, mediante Oficio CEA-077-00 de fecha
29.3.2000, el Presidente del Comité Especial de Aero-
puertos hace de conocimiento de la Comisión encarga-
da de efectivizar la disponibilidad de los terrenos para
la ampliación del aeropuerto internacional Jorge Chávez
que en su Sesión Nº 060-99-CEA, el citado Comité
decidió excluir del área destinada para la ampliación y
modernización del mencionado aeropuerto, la corres-
pondiente a las Asociaciones de Vivienda Alameda
Portuaria y Los Portales;
Que, por lo señalado en el considerando anterior resul-
ta necesario excluir las áreas comprendidas dentro de las
siguientes coordenadas WGS 84:
HITO NORTE ESTE
27 8'672,671.2776 268,957,5248
29 8'672,488.2312 268,852,5098
30 8'672,409.6650 269,044,7130
31 8'672,303.0280 269,362,8090
32 8'672,271,6990 269,472,0940
33 8'672,330.3429 269,588,9298
27 8'672,671.2776 268,957,5248

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