ORDENANZA N° 018-2014-MPC - Aprueban ampliación de la Ordenanza N° 006-2014-MPC que aprobó la exoneración de pago por derecho de otorgamiento de constancias de posesión, con fines de servicios básicos en la jurisdicción del distrito de San Vicente - Cañete

Fecha de disposición26 Junio 2014
Fecha de publicación26 Junio 2014
El Peruano
Jueves 26 de junio de 2014 526157
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CALLAO
Modifican el TUPA de la Municipalidad
Provincial del Callao
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 10-2014-MPC-AL
Callao, 24 de junio de 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DEL CALLAO
Vistos: el Informe Nº 039-2014-MPC/GGPPR-GR
de la Gerencia de Racionalización, Memorando N° 359-
2014-MPC/GGAJC de la Gerencia General de Asesoría
Jurídica y Conciliación y el Informe N° 903-2014-MPC-
GGSC-GPM de la Gerencia de Policía Municipal,
sobre modif‌i cación del Texto Único de Procedimientos
Administrativos - TUPA; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 012-2012,
publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano el 26 de julio
del 2012, se aprueba el Texto Único de Procedimientos
Administrativos de la Municipalidad Provincial del Callao;
Que, con Informe Nº 039-2014-MPC/GGPPR-
GR, la Gerencia de Racionalización señala que el
Procedimiento N° 2 “Autorización para Ubicación de
Banderolas, Afiches, Banner, Paneles y Volantes”,
de la Gerencia de Policía Municipal está consignado
como de evaluación negativo, debiendo ser silencio
positivo tal como lo establece la Ley N° 29060 – Ley
del Silencio Administrativo;
Que, además, la Gerencia de Racionalización señala
que en los servicios exclusivos correspondiente a la
Gerencia de Policía Municipal que f‌i guran con el N° 2
“Inspección ocular para autorización para ubicación de
banderolas, gigantografías, af‌i ches, banner, paneles y
volanteo” y el N° 3 “Comunicación para colocación de
propaganda política”, están como de evaluación negativo
debiendo ser positivo, asimismo, el citado servicio
exclusivo N° 2 f‌i gura entre paréntesis como “Anuncios
Temporales”, debiendo eliminarse dicha frase;
Que, a través del Informe N° 903-2014-MPC-GGSC-
GPM, la Gerencia de Policía Municipal es de la opinión
que se modif‌i que el Procedimiento N° 2 “Autorización
para Ubicación de Banderolas, Af‌i ches, Banner, Paneles
y Volantes”, así como los servicios exclusivos que
f‌i guran con el N° 2 “Inspección ocular para autorización
para ubicación de banderolas, gigantografías, af‌i ches,
banner, paneles y volanteo y el N° 3 “Comunicación para
colocación de propaganda política”, los que están como
evaluación negativo debiendo ser positivo;
Que, en tal sentido, es necesario se modif‌i que el Texto
Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la
Municipalidad Provincial del Callao, procediéndose a
calif‌i car como de evaluación positivo el Procedimiento N°
2 y los servicios exclusivos N° 2 y N° 3 de la Gerencia de
Policía Municipal, además eliminarse la frase “Anuncios
Temporales” del citado servicio exclusivo N° 2;
Que, el artículo 36° numeral 3) en concordancia con
el artículo 38° numeral 5) de la Ley del Procedimiento
Administrativo General Nº 27444, establece que una vez
aprobado el Texto Único de Procedimientos Administrativos
- TUPA, toda modif‌i cación que no implique la creación
de nuevos procedimientos, incremento de derechos de
tramitación o requisitos se realiza mediante Decreto de
Alcaldía;
Estando a lo expuesto, con el visto bueno de las
Gerencias Generales de Planeamiento, Presupuesto
y Racionalización, Seguridad Ciudadana, Asesoría
Jurídica y Conciliación, y Gerencia Municipal, en uso
de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972;
DECRETA:
Artículo 1º.- Modifíquese el Texto Único de
Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad
Provincial del Callao, aprobado por Ordenanza Municipal
N° 012-2012, calif‌i cándose como de evaluación positivo el
Procedimiento N° 2 de la Gerencia Municipal “Autorización
para Ubicación de Banderolas, Af‌i ches, Banner, Paneles y
Volantes”, conforme al anexo que se acompaña.
Artículo 2º.- Modifíquese el Texto Único de
Procedimientos Administrativos – TUPA de la
Municipalidad Provincial del Callao, aprobado por
Ordenanza Municipal N° 012-2012, calif‌i cándose como
de evaluación positivo los servicios exclusivos N° 2
“Inspección ocular para autorización para ubicación de
banderolas, gigantografías, af‌i ches, banner, paneles y
volanteo” y el N° 3 “Comunicación para colocación de
propaganda política”, de la Gerencia de Policía Municipal,
eliminándose también la frase “Anuncios Temporales” del
citado servicio exclusivo N° 2, conforme al anexo que se
acompaña.
Artículo 3º.- Dispóngase la publicación del presente
Decreto de Alcaldía en el Diario Of‌i cial “El Peruano” y
encárguese a la Gerencia de Informática la publicación
del mismo y anexo en el Portal Web de la Municipalidad
Provincial del Callao www.municallao.gob.pe y en el
Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.
serviciosalciudadano.gob.pe.
Artículo 4º.- El presente Decreto de Alcaldía entrará
en vigencia al día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JUAN SOTOMAYOR GARCIA
Alcalde
1101913-1
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE CAÑETE
Aprueban ampliación de la Ordenanza
Nº 006-2014-MPC que aprobó la
exoneración de pago por derecho
de otorgamiento de constancias de
posesión, con fines de servicios básicos
en la jurisdicción del distrito de San
Vicente – Cañete
ORDENANZA Nº 018-2014-MPC
Cañete, 9 de junio de 2014.
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE CAÑETE
POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad
Provincial de Cañete, en Sesión Ordinaria de Concejo de
fecha 05 de junio del 2014, y de conformidad con lo previsto
y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo
194º de la Constitución Política del Estado, modif‌i cado
por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680,
señala que las municipalidades provinciales y distritales
son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia; dicha autonomía según el artículo II del
Título Preliminar de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de
Municipalidades, radica en ejercer actos de gobierno,
administrativos y de administración, con sujeción al
ordenamiento jurídico.
Que, las Municipalidades Provinciales y Distritales,
son los órganos de gobierno promotores del desarrollo
local, con personería jurídica de derecho público y plena
capacidad para el cumplimiento de sus f‌i nes;

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