2607 174-2000-ED - Autorizan viaje de Director Ejecutivo del CONCYTEC a Venezuela para participar en Reunión de Negociación Franco-Andina de Ciencia y Tecnología

Fecha de disposición16 Noviembre 2000
Fecha de publicación16 Noviembre 2000
Pág. 195032
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 16 de noviembre de 2000
- Profesor de Educación Secundaria, Especialidad:
Lengua y Literatura: 40
- Profesor de Educación Secundaria, Especialidad:
Ciencias Naturales, mención Biología y Química: 40
En un solo turno diurno con las metas de alumnos
ingresantes señaladas en el precedente acápite, a partir
de la publicación del presente Decreto Supremo.
Artículo Tercero.- Los estudios conducentes a los
Títulos autorizados tienen una duración de diez semes-
tres académicos cada uno, desarrollados en cinco años
lectivos (dos semestres académicos por año calendario).
Artículo Cuarto.- RECONOCER a la Empresa, Cen-
tro Educativo Particular Mixto "FERMIN TANGÜIS"
Sociedad Anónima como Entidad Propietaria y a don
Asunción Ervis Carlos Bonifacio como Director del men-
cionado Instituto.
Artículo Quinto.- DISPONER que la Dirección de
Educación de Lima, garantice el estricto cumplimiento
del presente Decreto Supremo.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días
del mes de noviembre del año 2000.
RICARDO MARQUEZ FLORES
Vicepresidente de la República
Encargado del Despacho Presidencial
FEDERICO SALAS GUEVARA S.
Presidente del Consejo de Ministros y
Ministro de Educación
13144
Autorizan viaje de Director Ejecutivo
del CONCYTEC a Venezuela para
participar en Reunión de Negociación
Franco-Andina de Ciencia y Tecnología
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 174-2000-ED
Lima, 11 de noviembre del 2000
CONSIDERANDO:
Que, habiendo sido invitado el Consejo Nacional de
Ciencia y Tecnología - CONCYTEC para participar en la
Negociación Franco-Andina de Ciencia y Tecnología en el
marco de las actividades del Consejo Andino de Ciencia y
Tecnología - CACYT de la Comunidad Andina a realizarse
en la ciudad de Caracas - Venezuela, los días 23 y 24 de
octubre del presente año;
Que, la referida reunión tiene por objeto negociar una
cartera de proyectos comunitarios con la Cooperación del
Gobierno de Francia;
Que, habiéndose designado al Director Ejecutivo del
CONCYTEC, doctor Domingo Aliaga Guerra, para parti-
cipar en la referida reunión;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis-
lativo Nº 560, la Ley Nº 26370, el Decreto Ley Nº 25762,
modificado por Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 053-
84-PCM modificado por Decreto Supremo Nº 074-85-
PCM; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar en vía de regularización, el
viaje en comisión de servicios del doctor Domingo Aliaga
Guerra, Director Ejecutivo del Consejo Nacional de Cien-
cia y Tecnología - CONCYTEC, para que asista a la
Reunión de Negociación Franco - Andina de Ciencia y
Tecnología en el marco de las actividades del Consejo
Andino de Ciencia y Tecnología - CACYT de la Comunidad
Andina a realizarse en la ciudad de Caracas - Venezuela
los días 23 y 24 de octubre del presente año.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución, se afectarán con cargo al
presupuesto del Pliego Nº 114-2000-CONCYTEC, confor-
me al siguiente detalle:
Viáticos por 1 día US$ 200.00
Impuesto de salida (Tarifa Corpac) 25.00
Total en Dólares Americanos 225.00
Artículo 3º.- La presente Resolución no da derecho a
exoneración o liberación de impuestos aduaneros de nin-
guna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
FEDERICO SALAS GUEVARA S.
Presidente del Consejo de Ministros y
Ministro de Educación
13146
ENERGÍA Y MINAS
Definen línea de transmisión como
parte del Sistema Principal de Trans-
misión del Sistema Eléctrico Interco-
nectado Nacional (SEIN)
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 413-2000-EM/VME
Lima, 7 de noviembre de 2000
VISTO: El Informe SEG/CTE Nº 024-2000 de la Comi-
sión de Tarifas de Energía, que contiene el estudio elabo-
rado por dicha Comisión para la calificación del Sistema
de Transmisión de Aguaytía;
CONSIDERANDO:
Ley de Concesiones Eléctricas, corresponde al Ministerio
de Energía y Minas, a propuesta de la Comisión de Tarifas
de Energía, definir el Sistema Principal y los Sistemas
Secundarios de Transmisión;
Que, adjunto a la comunicación P/CTE-122-2000 de
fecha 14 de setiembre del 2000, el Presidente de la Comi-
sión de Tarifas de Energía ha remitido el Informe SEG/
CTE Nº 024-2000 que contiene el estudio elaborado por
dicha Comisión para la Calificación del Sistema de Trans-
misión de Aguaytía, indicándose que la Línea de Transmi-
sión 220 kV (L-253) S.E. Derivación Antamina - S.E.
Paramonga Nueva y el Sistema de Transformación 220/
138 kV de la S.E. Tingo María cumplen con las condiciones
y criterios contemplados en el Artículo 132º del Regla-
mento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por
el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, para ser calificados
como parte del Sistema Principal de Transmisión del
Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN) a par-
tir del mes de mayo del 2001;
Con la opinión favorable del Viceministro de Energía
y del Director General de Electricidad;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Definir la Línea de Transmisión
220 kV (L-253) S.E. Derivación Antamina - S.E. Para-
monga Nueva y el Sistema de Transformación 220/138
kV de la S.E. Tingo María, como parte del Sistema
Principal de Transmisión del Sistema Eléctrico Inter-
conectado Nacional (SEIN), a partir del mes de mayo
del 2001.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE CHAMOT
Ministro de Energía y Minas
12938

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR