06 0043-2005-IN/PNP - Autorizan a procurador a cargo de los asuntos de la PNP iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comisión de delitos contra la vida, el cuerpo y la salud y otros

Fecha de disposición22 Abril 2005
Fecha de publicación22 Abril 2005
Pág. 291301
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 22 de abril de 2005
Delito Contra la Administración Pública (Violencia y Re-
sistencia a la Autoridad), conforme se refiere en la parte
considerativa de la presente Resolución y promueva la
reparación civil a favor del Estado Peruano, representa-
do por la SO1. PNP Rosario del Pilar GRADOS AYBAR y
SO3. PNP Meyler Angélica CORONADO SAAVEDRA.
Artículo 2º.- Remitir al Procurador Público a cargo
de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relati-
vos a la Policía Nacional del Perú, los antecedentes y
actuados del caso, para los fines a que se contrae el
artículo anterior.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ
Ministro del Interior
01100
Autorizan a procurador a cargo de los
asuntos de la PNP iniciar acciones lega-
les a presuntos responsables de la
comisión de delitos contra la vida, el
cuerpo y la salud y otros
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0043-2005-IN/PNP
Lima, 11 de enero del 2005
VISTO, el Parte Nº 114-2004-VII-DIRTEPOL-L-PNP-
JEPOLTRAN DCT-UCT-PT-ZS.MD del 13ABR2004 y
demás actuados, sobre los presuntos Delitos Contra la
Vida, el Cuerpo y la Salud (Lesiones y Omisión al auxilio
de personas en peligro), Contra la Administración Públi-
ca (Violencia y Resistencia a la Autoridad) y Contra la
Administración de Justicia (denuncia calumniosa), en
agravio del Estado Peruano representado por la SO3
PNP Esperanza Elizabeth MENDOZA OLIVARES, co-
metido por Claudio Everardo NOBLECILLA MORANTE
(29), hecho ocurrido el 06FEB2004, en la intersección
de las Avs. Paseo de la República y Angamos del distrito
de Miraflores.
CONSIDERANDO:
Que, el día 06FEB2004 a horas 09.20 aproximada-
mente, la SO3 PNP Esperanza Elizabeth MENDOZA
OLIVARES, perteneciente a la Unidad de Control de Trán-
sito Zona Sur, en circunstancias que se encontraba
participando en el Operativo Policial "Autoridad Policial"
entre la intersección de las Av. Paseo de la República y
Angamos - Miraflores, intervino al vehículo de Placa de
Rodaje RQI-528 conducido por Claudio Everardo
NOBLECILLA MORANTE, al encontrarse hablando por
teléfono celular mientras conducía, infringiendo el Re-
glamento Nacional de Tránsito, por lo que, al solicitar los
documentos respectivos refirió no tenerlos indicándo-
sele se estacione a la derecha para la imposición de la
respectiva Papeleta de Infracción, instantes que fue im-
pactada con el vehículo y arrojada hacia el pavimento
para luego darse a la fuga, siendo auxiliada y conducida
al Hospital Central PNP, presentado diversas lesiones y
golpes en diferentes partes del cuerpo. El mencionado
infractor con la intención de evadir su responsabilidad
en los hechos suscitados, se presentó a la Comisaría
PNP de San Isidro denunciando haber sido asaltado por
delincuentes a horas 09.00 del mismo día e indicando
que éstos se habían llevado su vehículo, sin embargo el
personal PNP a cargo de las investigaciones estableció
la falsedad de la denuncia, siendo reconocido poste-
riormente por la agraviada Suboficial PNP como el autor
del atropello, por lo que, se le instruyó el Atestado Nº
034-VII-DIRTEPOL-JSC-SUR1-CSI-DEINPOL del
07FEB2004, por los Delitos Contra la Vida el Cuerpo y la
Salud (Lesiones y Omisión al auxilio de personas en
peligro), Contra la Administración Pública (Violencia y
Resistencia a la Autoridad) y Contra la Administración
de Justicia (denuncia calumniosa), documento cursado
a la Autoridad Judicial Competente;
Que, en mérito a la Investigación Administrativa Dis-
ciplinaria efectuada, el Instructor no ha establecido res-
ponsabilidad administrativa disciplinaria ni penal en la
SO3. PNP Esperanza Elizabeth MENDOZA OLIVARES,
relacionado a los hechos suscitados el día 06FEB2004,
toda vez que la referida Suboficial PNP ha actuado den-
tro del marco de la ley y en cumplimiento de su función
asignada;
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 47º de la
Constitución Política del Perú, Art. 12º del D.L. Nº 17537,
modificado por el D.L. Nº 17667 y lo previsto en el Art.
361º y demás pertinentes del Código Penal;
Lo propuesto por el General Director de la VII-Direc-
ción Territorial Policial; y,
Lo opinado por el General de Policía, Director Gene-
ral de la Policía Nacional del Perú;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar-
gado de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior
relativos a la Policía Nacional del Perú, a interponer ac-
ciones legales pertinentes contra Claudio Everardo
NOBLECILLA MORANTE (29), por la comisión de los
presuntos Delitos Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud
(Lesiones y Omisión al auxilio de personas en peligro),
Contra la Administración Pública (Violencia y Resisten-
cia a la Autoridad) y Contra la Administración de Justicia
(denuncia calumniosa), conforme se refiere en la parte
considerativa de la presente Resolución y promueva la
reparación civil a favor del Estado Peruano, representa-
do por la SO3. PNP Esperanza Elizabeth MENDOZA
OLIVARES.
Artículo 2º.- Remitir al Procurador Público a cargo
de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relati-
vos a la Policía Nacional del Perú, los antecedentes y
actuados del caso, para los fines a que se contrae el
artículo anterior.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ
Ministro del Interior
01001
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0044-IN/PNP
Lima, 11 de enero del 2005
VISTO, el Informe Nº 056-2004-VIII-DIRTEPOL-L-
PNP-JEPOLTRAN-DCT-UCT-ZE-MD- del 09ABR2004 y
demás actuados, sobre la comisión del Delito Contra la
Administración Pública (Violencia y Resistencia a la Au-
toridad), en agravio del Estado Peruano representado
por la SO3 PNP Narya Anyela MENDEZ RODRIGUEZ,
presuntamente comitido por Neber ABREGU QUICAÑA
(28), hecho ocurrido el 13MAR2004 a horas 16:30 aproxi-
madamente en la jurisdicción de la Comisaría PNP de
San Andrés.
CONSIDERANDO:
Que, el día 13MAR2004 a horas 16:30 aproximada-
mente, la SO3 PNP Narya Anyela MENDEZ
RODRIGUEZ, perteneciente a la Unidad de Control de
Tránsito Zona Centro; de servicio policial en el crucero
del Jr. Lampa con Ancash, intervino al automóvil DA-
EWO - TICO 98, Placa de Rodaje Nº BOY-198, conduci-
do por Neber ABREGU QUICAÑA (28), por infringir el
Reglamento Nacional de Tránsito, al invadir el crucero
peatonal existente en dicha intersección, siendo interve-
nido por la indicada SO-PNP, quien previo a la entrega de
la Licencia de Conducir y Tarjeta de Propiedad, procedió
imponerle la Papeleta de Infracción al Tránsito, el con-
ductor intervenido bajo del vehículo y dirigiéndose a la
interviniente la trató en forma prepotente arrebatándole
la Licencia de Conducir al intentar arrebatarle el resto de
los documentos se originó un forcejeo, resultando la SO3
PNP Nayra Anyela MENDEZ RODRIGUEZ arañada en
el brazo izquierdo, el conductor al ver que no lograba su
propósito la empujó aplicándole una bofetada, tratando
de esta manera evitar la intervención policial, haciéndo-
se presente en esos instantes la SO2 PNP Jacqueline

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