Exoneran de proceso de selección a la Dirección Regional Lima para la adquisición de alimentos preparados destinados a los Establecimientos Penitenciarios de Huaral y Huacho

Fecha de publicación21 Octubre 2006
Fecha de disposición21 Octubre 2006
NORMAS LEGALES
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331126 El Peruano
sábado 21 de octubre de 2006
FICHAS DE CONVENIO MARCO
Son fichas electrónicas que contienen las
características y condiciones de los bienes y servicios
ofrecidos por los proveedores adjudicatarios conforme
a lo dispuesto en las Bases y en las propuestas técnica
y económica presentadas en un determinado Convenio
Marco.
PROVEEDOR ADJUDICATARIO
Es el proveedor a quien habiéndosele otorgado la
buena pro, adquiere el derecho de suscribir el respectivo
Convenio Marco y, por tanto, que los bienes y/o servicios
que ofrece sean incluidos en el Catálogo mediante las
Fichas correspondientes.
03257-1
DEVIDA
Designan Asesor del Consejo Directivo
de DEVIDA
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
Nº 066-2006-DV-PE
Lima, 19 de octubre de 2006
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Suprema Nº 398-2002-PCM se
aprobó el Cuadro para Asignación de Personal - CAP de
DEVIDA, instrumento de gestión institucional que contiene
los cargos considerados necesarios para el
funcionamiento de la Entidad, entre otros, el de Asesor
III, del Consejo Directivo, código 01, nivel 3;
Que, en el Presupuesto Analítico de Personal de
DEVIDA, aprobado por Resolución de Presidencia
Ejecutiva Nº 002-2006-DV-PE del 3 de enero de 2006 se
encuentra vacante la plaza correspondiente al cargo
indicado en el considerando anterior, la misma que es
necesario cubrir con el objeto de asegurar el logro de las
metas y objetivos predeterminados por la Entidad
conforme a su ordenamiento;
Con las visaciones del Gerente General y de los
Gerentes de Administración e Informática y de Asesoría
Legal; y,
De conformidad con lo establecido en la Ley
Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2006, la Ley Nº 27594 - Ley que
regula la participación del Poder Ejecutivo en el
Nombramiento y Designación de Funcionarios
Públicos, la Ley Nº 27629 modificatoria del Decreto
Legislativo Nº 824 - Ley de Lucha contra el Tráfico
Ilícito de Drogas, los Decretos de Urgencia Nºs. 020 y
021-2006, el Texto Único Ordenado de la Ley de
Productividad y Competitividad Laboral aprobado por
Decreto Supremo Nº 003-97-TR, el Decreto Supremo
Nº 032-2002-PCM y su modificatorio Nº 101-2003-
PCM, el Decreto Supremo Nº 053-2003-EF y la
Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2006-
DV-PE;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar, a partir del 23 de octubre
de 2006, al abogado MANUEL YVAN ALVARADO
MARTINEZ como Asesor III del Consejo Directivo, cargo
de código 01, nivel 3, de la Comisión Nacional para el
Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, considerado de
confianza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RÓMULO PIZARRO TOMASIO
Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo
03392-1
INPE
Exoneran de proceso de selección a la
Dirección Regional Lima para la
adquisición de alimentos preparados
destinados a los Establecimientos
Penitenciarios de Huaral y Huacho
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO
Nº 627-2006-INPE/P
Lima, 13 de octubre de 2006
VISTOS, el Oficio Nº 1000-2006-INPE/16.05, que
adjunta el Informe Técnico Legal Nº 021-2006-INPE/
16.05 de fechas 4 y 3 de octubre de 2006,
respectivamente, de la Dirección Regional Lima, por el
que solicita se declare en situación de desabas-
tecimiento inminente el suministro de alimentos
preparados para los Establecimientos Penitenciarios de
Huaral y Huacho, de su jurisdicción, e Informe Nº 345-
2006-INPE/06 de fecha 10 de octubre de 2006 de la
Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al artículo 17º del Código de
Ejecución Penal, la Administración Penitenciaria
proporciona al interno la alimentación preparada que
cumpla con las normas dietéticas y de higiene
establecidas por la autoridad de salud, concordante con
el artículo 135º de su Reglamento, aprobado por Decreto
Supremo Nº 015-2003-JUS;
Que, mediante Resolución Presidencial Nº 050-2006-
INPE/P de fecha 27 de enero de 2006, se aprobó el Plan
Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Dirección
Regional Lima del Instituto Nacional Penitenciario para el
Año Fiscal 2006; por el que se incluyó el proceso de
selección de Licitación Pública Nº 0003-2006-INPE/16
para el "Suministro de raciones alimenticias para los
establecimientos penitenciarios de Lima Norte 2 de la
Dirección Regional Lima", en cuyo proceso se encuentra
incluido el ítem 1: Establecimiento Penitenciario de
Aucallama Huaral e ítem 2: Establecimiento Penitenciario
Carquín Huacho;
Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 021-2006-
INPE/16.05 de fecha 3 de octubre de 2006, la Dirección
Regional Lima refiere que con fecha 1 de setiembre de
2006, suscribió con la empresa COMERCIAL TRES
ESTRELLAS S.A., el Contrato Nº 055-2006-INPE/16,
derivado del proceso exonerado mediante Resolución
Presidencial Nº 558-2006-INPE/P de fecha 1 de
setiembre de 2006, por el que se declaró en situación
de desabastecimiento inminente el suministro de
alimentos preparados para los Establecimientos
Penitenciarios de Huaral y Huacho, por un monto de
S/. 215 445,48 (Doscientos Quince Mil Cuatrocientos
Cuarenta y Cinco y 48/100 Nuevos Soles), por el período
de cuarenta y tres (43) días calendario;
Que, asimismo, la Dirección Regional Lima indica que
el 17 de mayo de 2006, se otorgó la buena pro de la
Licitación Pública Nº 0003-2006-INPE/16, en los dos
(02) ítem antes señalados, al CONSORCIO
PROALCAM S.R.L. - NEGOCIACIONES RIDEBLAN
S.A.C. También refiere que el CONSORCIO RESAL
E.I.R.L. - PROVEEDOR R.S. BOCHE E.I.R.L. y el
CONSORCIO COMERCIAL TRES ESTRELLAS S.A. -
NEGOCIACIONES HAROL’S E.I.R.L., interpusieron
recursos de apelación contra la descalificación de su
propuesta y contra el otorgamiento de la buena pro,
respectivamente; recursos que fueron resueltos por la
Dirección Regional Lima mediante Resolución
Directoral Nº 980-2006-INPE/16 de fecha 2 de junio de
2006. Contra dicha resolución, las citadas firmas
interpusieron recursos de revisión ante el Consejo
Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
- CONSUCODE, el cual mediante Resolución Nº 629/
2006.TC-SU de fecha 25 de agosto de 2006, resuelve
declarar fundados los referidos recursos;

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