RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 002-2021/APCI-DE, ORGANISMOS EJECUTORES, AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL - Aprueban la Directiva N° 001-2021-APCI “Directiva del Procedimiento Administrativo Sancionador para la aplicación del Reglamento de Infracciones y Sanciones - RIS de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI”-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 002-2021/APCI-DE

EmisorOrganismos Ejecutores
Fecha de la disposición 8 de Enero de 2021

Aprueban la Directiva N° 001-2021-APCI “Directiva del Procedimiento Administrativo Sancionador para la aplicación del Reglamento de Infracciones y Sanciones - RIS de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI”

RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA

Nº 002-2021/APCI-DE

Miraflores, 8 de enero de 2021

VISTOS:

El Memorándum Múltiple N° 011-2019-APCI/DE del 26 de septiembre de 2019, el Informe N° 001-2020-APCI/CIS del 6 de febrero de 2020 y el Informe N° 005-2021/APCI-OAJ del 8 de enero de 2021.

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI y sus normas modificatorias, la APCI es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, a cargo de ejecutar, programar y organizar la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo; y, goza de autonomía técnica, económica, presupuestal y administrativa;

Que, de acuerdo con el literal r) del artículo 4 de dicha ley, es función de la APCI aplicar, previo procedimiento, las sanciones por la comisión de las infracciones administrativas, establecidas en la normativa aplicable;

Que, asimismo, el literal i) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado por Decreto...

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