RESOLUCION MINISTERIAL, N° 435-2019-EF/10, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Modifican la R.M. N° 233-2019-EF/10 referente a la creación del Grupo de Trabajo adscrito al MInisterio, con el objeto de elaborar e implementar la propuesta de Plan de Acciones para la Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú y del Ministerio de Economía y Finanzas-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 435-2019-EF/10
Emisor | ECONOMIA Y FINANZAS |
Fecha de la disposición | 8 de Noviembre de 2019 |
Lima, 8 de noviembre de 2019
CONSIDERANDO:
Que, mediante el numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 233-2019-EF/10 se crea el Grupo de Trabajo sectorial de naturaleza temporal, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con el objeto de elaborar e implementar la propuesta de Plan de Acciones para la Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú y del Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, se ha visto necesario modificar el numeral 1.1 del artículo 1 de la aludida Resolución Ministerial referida a la conformación de los miembros que integran el citado Grupo de Trabajo, así como el artículo 4 referido a la designación del Secretario Técnico de dicho Grupo de Trabajo; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 301-2019-EF/41;
SE RESUELVE:
Modifícase el numeral 1.1 del artículo 1 y el artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 233-2019-EF/10, los cuales quedan redactados de la siguiente manera:
Artículo 1. Creación y Conformación
1.1 Créase el Grupo de Trabajo sectorial de naturaleza temporal, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con el objeto de elaborar e implementar la propuesta de Plan de Acciones para la Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú y del Ministerio de Economía y Finanzas, el cual estará integrado por los siguientes miembros:
a) El/la Secretario (a) General del Ministerio de Economía y Finanzas, quien lo presidirá.
b) El/la Viceministro (a) de Hacienda.
c) El/la Viceministro (a) de Economía.
d) El/la Director (a) General de la Oficina General de Administración.
e) El/la Director (a) General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.
f) El/la Director (a) General de la Oficina General de Tecnologías de la Información.
g) El/la Director (a) General de la Oficina General de Servicios al Usuario.
h) El/la Director (a) de la Oficina de Comunicaciones.
i) El/la Secretario (a) Institucional de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT.
j) El/la Secretario (a) General de la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV.
k) El/la...
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