RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 061-2019-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Disponen que en las Cortes Superiores de Justicia se efectúe la menor rotación de personal de los órganos jurisdiccionales, que fue capacitado para realizar el inventario físico de los procesos judiciales, a fin de evitar errores en el registro de la información-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 061-2019-CE-PJ

Fecha de disposición06 Febrero 2019
Fecha de publicación20 Febrero 2019
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Procesal
SecciónSección Única

Lima, 6 de febrero de 2019

VISTOS:

El Oficio N° 724-2018-OPJ-CNPJ-CE/PJ, que adjunta el Informe N° 077-2018-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursado por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante el artículo primero de la Resolución Administrativa N° 251-2013-CE-PJ de fecha 30 de octubre de 2013, se dispuso que el inventario físico de procesos judiciales (principales, incidentes y otros), se realice la primera quincena de enero de cada año; asimismo, el artículo segundo de dicha resolución administrativa establece que durante la segunda quincena de diciembre de todos los años, los órganos jurisdiccionales realizarán la depuración de expedientes en condición de ser remitidos al archivo definitivo.

Segundo. Que, mediante Oficios Nros. 12180-2017-CE-PJ y 3980-2018-CE-PJ, el Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial remitió al Jefe de la Oficina de Productividad Judicial los resultados del inventario físico de procesos judiciales del año 2016; y solicitó que emita un informe sobre el mismo.

Tercero. Que, mediante Oficio N° 724-2018-OPJ-CNPJ-CE-PJ, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial elevó a este Órgano de Gobierno el Informe N° 077-2018-OPJ-CNPJ-CE-PJ, a través del cual informó lo siguiente:

1) Para la evaluación del inventario físico de procesos judiciales del año 2016, se tomó en cuenta la base de datos estadísticos de los Años Judiciales 2016 y 2017 y la correspondiente al período de enero a julio de 2018, remitidas por la Subgerencia de Estadística de la Gerencia de Planificación de la Gerencia General del Poder Judicial; así como el resultado de los inventarios físicos de procesos judiciales correspondientes a los años 2015 y 2017.

2) Del resultado del inventario físico de procesos judiciales al 31 de diciembre del año 2016, ascendente a 1’152,422 expedientes, se observó una diferencia de 153,328 expedientes respecto a la carga pendiente en trámite al 1 de enero del año 2017, también denominada carga inicial, registrada en el Sistema Integrado Judicial (SIJ-FEE), la cual equivale a 999,094 expedientes.

3) De la revisión de los inventarios físicos de...

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