ACUERDO, Nº 068-2017-CMPMRC, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL MARISCAL RAMON CASTILLA - Aprueban inmatriculación como primera inscripción de dominio a favor de la Municipalidad, de terrenos para la construcción de Cámaras de Bombeo de Desagüe N 3, N 4 y N 6, correspondiente al mejoramiento y ampliación del sistema de agua potable y alcantarillado de la localidad de Caballo Cocha-ACUERDO-Nº 068-2017-CMPMRC

Fecha de disposición16 Noviembre 2017
Fecha de publicación16 Noviembre 2017
MateriaDerecho Civil,Derecho Público y Administrativo,Derecho del Medio Ambiente,Derecho Procesal

Caballo Cocha, 23 de setiembre del 2017

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL

DE MARISCAL RAMON CASTILLA

VISTO:

En Sesión Extraordinaria de Concejo, de fecha 23 de Setiembre de 2017, convocada y presidida por el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Mariscal Ramón Castilla, Ing. Julio Cesar Kahn Noriega, y con el quórum reglamentario de los señores regidores, se trató sobre el tema de agenda: “Aprobación de la inmatriculación de tres predios como primera inscripción de dominio ante la SUNARP a favor de la Municipalidad Provincial Mariscal Ramón Castilla.

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 1 del artículo 56º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que, son bienes de la Municipalidad, los bienes inmuebles y muebles de uso público destinados a servicios públicos locales; concordancia con el artículo 58º de la norma acotada, la cual establece que “los bienes inmuebles de las municipalidades a que se refiere el presente capítulo, se inscriben en los Registros Públicos, a petición del alcalde y por el mérito del acuerdo de concejo correspondiente”, siempre que no se encuentren inscritos a favor de terceros.

Que, el segundo párrafo del Artículo 38º del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, señala lo siguiente: “La resolución que dispone la Primera Inscripción de Dominio del predio del Estado, deberá publicarse por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano y, un extracto, en un diario de mayor circulación en la región en que se encuentra el predio”,

Que, el artículo 40º del citado Reglamento ha establecido “la resolución que dispone la primera inscripción de dominio, conjuntamente con el Plano Perimétrico - Ubicación y Memoria Descriptiva, constituyen título suficiente para todos los efectos legales”.

Que, a través del Concejo Municipal se apruebe la inmatriculación como...

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