RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 800-2017 MTC/01.03, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Otorgan a la empresa Servicio en Telecomunicaciones "El Dorado" E.I.R.L. concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la República-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 800-2017 MTC/01.03

Fecha de disposición14 Agosto 2017
Fecha de publicación15 Agosto 2017
MateriaDerecho Público y Administrativo
SecciónSección Única

Lima, 14 de agosto de 2017

VISTA, la solicitud presentada con escrito de registro N° T-130930-2017, por la empresa SERVICIO EN TELECOMUNICACIONES “EL DORADO” E.I.R.L., sobre otorgamiento de concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, en todo el territorio de la República del Perú; precisando que el Servicio Público de Distribución de Radiodifusión por Cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico, será el servicio a prestar inicialmente; y,

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 3) del artículo 75 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones;

Que, el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, modificado por la Ley N° 28737, publicada el 18 de mayo de 2006, señala “Llámase concesión al acto jurídico mediante el cual el Estado concede a una persona natural o jurídica la facultad de prestar servicios públicos de telecomunicaciones. El Ministerio otorgará concesión única para la prestación de todos los servicios públicos de telecomunicaciones, independientemente de la denominación de éstos contenida en esta Ley o en su Reglamento, con excepción de la concesión para Operador Independiente. La concesión se perfecciona mediante contrato escrito aprobado por resolución del Titular del Sector”;

Que, adicionalmente, el citado artículo señala que “Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, las personas naturales...

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