Sentencia nº 1386-2016/SCO de Sala Especializada en Procedimientos Concursales, 21 de Diciembre de 2016

Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2016
EmisorSala Especializada en Procedimientos Concursales
Presidencia
del Consejo de Ministros
TRIBUNAL DE DEFENSA DE
LA
COMPETENCIA
YDE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Especializada en Procedimientos Concursales
RESOLUCIÓN N" 1386-2016/SCO-INDECOPI
EXPEDIENTE N" 0882-2016/SCO/Queja
SALA ESPECIALIZADA EN PROTECCiÓN AL
CONSUMIDOR
MIGUEL ENRIQUE MONTERO PULACHE
PROCESAL
COMPETENCIA
SUMILLA:
se
declara IMPROCEDENTE la queja formulada por el señor
Miguel Enrique Montero contra la Sala Especializada
en
Protección al
Consumidor, toda vez que
a
través de dicho reclamo
en
queja
se
pretende
cuestionar los fundamentos contenidos
en
la Resolución N° 2668-2016/SPC-
INDECOPIemitida por dicha Sala el
20
de julio de 2016, lo cual
no
constituye
materia de queja conforme
a
lo dispuesto
en
el artículo
158
de la Ley del
Procedimiento Administrativo General y la Directiva N° 001-2009/TRI-
INDECOPI.
QUEJADA
QUEJOSO
MATERIA
lima, 08 de noviembre de 2016
ANTECEDENTES
1. El 15 de diciembre de 2014, el señor Miguel Enrique Montero Pulache (en
adelante, el señor Montero) denunció a Inmobiliarq S.A. (en adelante,
Inmobiliarq) por presunta infracción al Código de Protección
y
Defensa del
Consumidor.
2. El 11 de noviembre de 2015, la Comisión de la Oficina Regional del
Indecopi Piura (en adelante, la Comisión) emitió la Resolución N° 695-
2015/INDECOPI-PIU, mediante la cual, entre otras cuestiones, ordenó a
Inmobiliarq, en calidad de medida correctiva, que en el plazo de cinco (05)
días hábiles, cumpla con: (i) entregar al señor Montero el inmueble ubicado
en Mz. A Lt. 9, departamento 302, Urbanización Bancarios
11
Etapa, Piura, o
uno de similares características; y, (ii) devolver la totalidad de los importes
cancelados por el denunciante más los intereses legales correspondientes.
Dicho acto administrativo fue apelado por Inmobiliarq el 09 de diciembre de
2015.
3. Por Resolución N° 2668-2016/SPC-INDECOPI del 20 de julio de 2016, la
Sala Especializada en Protección al Consumidor (en adelante, SPC),
resolvió, entre otras cuestiones, variar la medida correctiva ordenada por la
Comisión
y
dispuso que en el plazo de cinco (05) días hábiles, Inmobiliarq
cumpla con:
(i) entregar al señor Montero el inmueble ubicado en Mz. A Lt. 9,
departamento 302, Urbanización Bancarios
11
Etapa, Piura, o uno de
similares características;
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE
LA
COMPETENCIA Y DE
LA
PROTECCIÓN DE
LA
PROPIEDAD INTELECTUAL
Calle De la Prosa
104,
San Borja, Lima
41 -
Perú /
Telf.: 224
7800
e-mail: postmasler@indecopi.gob.pe
1
1.Feb:=.indecopí.gob.pe
M-SCQ·08/01

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