RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 081-2016-P-CSJLI-PJ, PODER JUDICIAL, CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA - Disponen la remisión y redistribución de expedientes en estado de trámite de diversos Juzgados de Familia Tutelar Violencia Familiar Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 081-2016-P-CSJLI-PJ

Fecha de disposición19 Febrero 2016
Fecha de publicación24 Febrero 2016
SecciónSección Única

Corte Superior de Justicia de Lima

Presidencia

Lima, 19 de febrero de 2016

VISTOS:

La directiva N° 013-2014-CE-PJ de fecha 17 de diciembre de 2014; y el Informe N° 018-2015-CEPR-UPD-CSJLI/PJ de fecha 03 de febrero de 2015; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Directiva N° 013-2014-CE-PJ “Lineamientos Integrados y Actualizados para el funcionamiento de las Comisiones Nacionales y Distritales de Productividad y de la Oficina de Productividad Judicial”, dispone que los órganos jurisdiccionales transitorios que tienen continuidad en sus plazos de funcionamiento por prórroga, reciban expedientes en trámite de los órganos jurisdiccionales permanentes en cantidad proporcional al tiempo de plazo prorrogado, de modo que puedan liquidarlos en su totalidad. Asimismo señala que por ninguna razón puedan conocer procesos nuevos, y de la carga en trámite que reciban deberán priorizar los más antiguos y/o de menor complejidad a fin de conseguir el objetivo de maximizar la capacidad resolutiva en beneficio de los justiciables y acercase a la meta de lograr mayor cantidad de expedientes resueltos respecto a los ingresos.

Que, mediante el informe N° 018-2016-CEPR-UPD-CSJLI/PJ la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, pone a conocimiento a este despacho la propuesta de redistribución de expedientes entre los Juzgados de Familia Tutelar Permanentes y Transitorios, siendo la cantidad de 960 expedientes en estado de trámite provenientes del 11° Juzgado de Familia Permanentes (100 expedientes), 13° Juzgado de Familia Permanentes (60 expedientes), 21° Juzgado de Familia Permanentes (400 expedientes) y del 22° Juzgado de Familia Permanentes (400 expedientes), hacia el 1°, 2° y 3° Juzgado de Familia Tutelar Transitorios con la finalidad que estos tramiten un número de expedientes promedio cada uno.

Que, en aras de optimizar el funcionamiento de los Juzgados de Familia Permanentes y Transitorios de éste Distrito Judicial y con ello coadyuvar a que el servicio de impartición de justicia se preste de manera eficiente, la Presidencia de ésta Corte considera necesario implementar las recomendaciones contenidas en el referido informe.

Que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR