DECRETO SUPREMO N° 286-2014-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 a favor de los Gobiernos Regionales, para financiar el incremento de la jornada laboral del profesor de nivel secundario

Fecha de disposición17 Octubre 2014
Fecha de publicación17 Octubre 2014
El Peruano
Viernes 17 de octubre de 2014 534931
PRODUCTO 3043981 : Viviendas protegidas de los
principales condicionantes del
riesgo en las áreas de alto y muy
alto riesgo de enfermedades
metaxénicas y zoonosis
ACTIVIDAD 5000091 : Intervenciones en viviendas protegidas
de los principales condicionantes del
riesgo en las áreas de alto y muy alto
riesgo de enfermedades metaxénicas
y zoonosis
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 1 922 471,00
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros 95 000,00
PRODUCTO 3043980 : Pobladores de áreas con riesgo
de transmisión informada conoce
los mecanismos de transmisión
de enfermedades metaxénicas y
zoonóticas
ACTIVIDAD 5000090 : Información de los mecanismos
de transmisión de enfermedades
metaxénicas y zoonóticas en
pobladores de áreas con riesgo
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 120 000,00
PRODUCTO 3043977 : Familia con prácticas saludables
para la prevención de enfermedades
metaxénicas y zoonóticas
ACTIVIDAD 5000087 : Promoción de prácticas saludables
para la prevención de enfermedades
metaxénicas y zoonóticas en
familias de zonas de riesgo
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 24 000,00
PRODUCTO 3043978 : Instituciones educativas que
promueven prácticas saludables
para la prevención de enfermedades
metaxénicas y zoonóticas
ACTIVIDAD 5000088 : Promoción de prácticas saludables
para la prevención de enfermedades
metaxénicas y zoonóticas en
instituciones educativas
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 18 500,00
PRODUCTO 3043979 : Municipios participando en
disminución de la transmisión
de enfermedades metaxénicas y
zoonóticas
ACTIVIDAD 5000089 : Promoción de prácticas saludables
para la disminución de la transmisión
de enfermedades metaxénicas y
zoonóticas
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 9 500,00
PRODUCTO 3043983 : Diagnóstico y Tratamiento de
Enfermedades Metaxénicas
ACTIVIDAD 5000093 : Evaluación, diagnóstico y
tratamiento de enfermedades
metaxénicas.
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 382 798,00
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros 10 000,00
PRODUCTO 3000001 : Acciones comunes
ACTIVIDAD 5000085 : Monitoreo, supervisión, evaluación y
control de metaxénicas y zoonosis
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 155 000,00
-----------------
TOTAL EGRESOS 2 737 269,00
==========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación
Institucional
2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente
Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución,
la desagregación de los recursos autorizados en el artículo
1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de
los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente
dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida
dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos
señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto
Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.
2.2 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección
General de Presupuesto Público las codif‌i caciones que
se requieran como consecuencia de la incorporación de
nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de
Medida.
2.3 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus veces
en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora
para que elabore las correspondientes “Notas para
Modif‌i cación Presupuestaria” que se requieran, como
consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que
hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo
no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a f‌i nes
distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis
días del mes de octubre del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
1151548-1
Autorizan Transferencia de Partidas
en el Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2014 a favor de los
Gobiernos Regionales, para financiar
el incremento de la jornada laboral del
profesor de nivel secundario
DECRETO SUPREMO
Nº 286-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Novena Disposición Complementaria,
Transitoria y Final de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma
Magisterial, dispone que a partir del año 2014, la jornada
laboral de 24 horas semanales del profesor de nivel
secundario de la modalidad de educación básica regular,
podrá incrementarse a razón de no más de dos horas
pedagógicas semanales, autorizadas por la Dirección
Regional de Educación o la que haga sus veces, si es que
la necesidad del servicio lo requiere; asimismo, señala que
la evaluación para determinar la necesidad del servicio se
realiza por lo menos cada dos años; pudiendo un profesor
alcanzar un máximo de treinta horas pedagógicas;
Que, el numeral 9.2 del artículo 9 del Decreto de
Urgencia Nº 002-2014, que dicta medidas extraordinarias
y urgentes adicionales en materia económica y f‌i nanciera
para estimular la economía nacional, autoriza al Ministerio
de Educación a realizar modif‌i caciones presupuestarias en
el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales,
a f‌i n de f‌i nanciar el incremento de la jornada laboral del
profesor de nivel secundario a que se ref‌i ere la Novena
Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la

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