RESOLUCION SUPREMA N° 196-2014-IN - Prorrogan la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú en los departamentos de Arequipa, Puno y Madre de Dios

Fecha de disposición17 Octubre 2014
Fecha de publicación17 Octubre 2014
El Peruano
Viernes 17 de octubre de 2014
534938
de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30114, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014;
el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y
Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio del Interior,
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y,
el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía Nacional
del Perú;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en misión
de estudios, a partir del 18 al 30 de octubre, para los
nes expuestos en la parte considerativa de la presente
Resolución, del siguiente personal policial:
- Coronel de la Policía Nacional del Perú Oscar Agustín
Durand Garate,
- Coronel de la Policía Nacional del Perú Edward
Fausto Iparraguirre Pulcha,
- Coronel de Servicios de la Policía Nacional del Perú
Edith Elena Palomino Camacho,
- Comandante de la Policía Nacional del Perú Milwar
Berly Alarcón López,
- Comandante de la Policía Nacional del Perú Carlos
Alberto Li Zapata,
- Comandante de la Policía Nacional del Perú Carlos
Demetrio Mosso Carmona,
- Comandante de la Policía Nacional del Perú Fernando
Martin Peña Rodríguez,
- Comandante de la Policía Nacional del Perú Alberto
Miguel Rojas Méndez,
- Comandante de la Policía Nacional del Perú José
Enrique Ruiz Benavente,
- Comandante de la Policía Nacional del Perú Rómulo
Orlando Varillas Avendaño,
- Comandante de la Policía Nacional del Perú Víctor
Manuel Vargas Jiménez,
- Comandante de Servicios de la Policía Nacional del
Perú Irma Alejandrina Pajuelo Casimiro,
- Mayor de la Policía Nacional del Perú Luis Alberto
Musayon Díaz,
- Mayor de la Policía Nacional del Perú Ana Rosa
Portocarrero Tafur,
- Subo cial Superior de la Policía Nacional del Perú
Madeleine Eva Consuelo Gonzales,
- Subo cial Superior de la Policía Nacional del Perú
Oscar Iván Fernández Monasi,
- Subo cial Superior de la Policía Nacional del Perú
Víctor Antonio Peche Gamarra,
- Subo cial Superior de la Policía Nacional del Perú
Yina Marina Rodríguez Falconi,
- Subo cial Superior de la Policía Nacional del Perú
Elmer Oswaldo Suarez Díaz,
- Subo cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú
Luis Raúl Mallqui Cedano,
- Subo cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú
Boris Panduro Budiel,
- Subo cial Técnico de Primera de la Policía Nacional
del Perú Raúl Emilio Levizaca Cayllahua,
- Subo cial Técnico de Segunda de la Policía Nacional
del Perú Pedro Francisco Barrios Lazo; y,
- Subo cial Técnico de Tercera de la Policía Nacional
del Perú Luis Manuel Cha oque Neciosup;
Artículo 2°.- Los gastos por concepto de viáticos,
pasajes aéreos y Tarifa Única de Uso de Aeropuerto que
ocasione el viaje al que se hace referencia en el artículo
precedente, se efectuarán a cargo de la Unidad Ejecutora
002, Dirección de Economía y Finanzas de la Policía
Nacional Del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior
de acuerdo al siguiente detalle:
Importe Días Pers. T/C Total S/.
Viáticos US$ 370.00 12 X 24 = US$ 106,560.00 2.879 306,786.24
Pasajes US$ 689.00 X 24 = US$ 16,536.00 2.879 47,607.14
354,393.38
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, el personal designado
deberá presentar ante el titular del Sector un informe
detallado, describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas
documentada por los viáticos asignados.
Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no
dará derecho a exoneraciones o liberación del pago de
impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase
o denominación.
Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y
por el Ministro del Interior.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
DANIEL URRESTI ELERA
Ministro del Interior
1151548-7
Prorrogan la intervención de las
Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía
Nacional del Perú en los departamentos
de Arequipa, Puno y Madre de Dios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 196-2014-IN
Lima, 16 de octubre de 2014
VISTO, el O cio N° 1796-2014-IN-DM de fecha 13 de
octubre de 2014;
CONSIDERANDO:
Que, conforme al artículo 44° de la Constitución
Política del Perú, es deber primordial del Estado
proteger a la población de las amenazas contra su
seguridad;
Que, mediante Resolución Suprema N° 079-2014-IN
del 21 de abril de 2014, se autorizó la intervención de
las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del
Perú en los departamentos de Arequipa, Puno y Madre
de Dios, del 21 de abril al 20 de mayo de 2014; con el n
de asegurar el control del orden interno y evitar actos de
violencia o cualquier ilícito penal que se pudiera cometer
con ocasión de las movilizaciones promovidas por la
minería ilegal e informal;
Que, el plazo mencionado precedentemente fue
prorrogado por Resoluciones Supremas N°s. 090-2014-
IN, 106-2014-IN, 127-2014-IN, 142-2014-IN y 158-
2014-IN, del 21 de mayo al 20 de junio de 2014, del 21
de junio al 20 de julio de 2014, del 21 de julio al 19 de
agosto de 2014, del 20 de agosto al 18 de setiembre de
2014, y del 19 de septiembre al 18 de octubre de 2014,
respectivamente;
Que, a través del O cio del visto, y en atención al
requerimiento efectuado por la Policía Nacional del
Perú, el señor Ministro del Interior ha solicitado al señor
Presidente de la República la prórroga de la intervención
de las Fuerzas Armadas para los departamentos de
Arequipa, Puno y Madre de Dios del 19 de octubre al 17 de
noviembre de 2014, con el objeto de garantizar el control
y mantenimiento del orden interno y público en el territorio
nacional, debido a eventuales movilizaciones promovidas
por la minería ilegal e informal;
Que, el numeral 4.3 del artículo 4, concordante con
los artículos 21, 22, 23, 24 y 25 del Decreto Legislativo
N° 1095, que establece Reglas de Empleo y Uso de la
Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el Territorio
Nacional, dispone que las Fuerzas Armadas pueden
actuar en apoyo a la Policía Nacional del Perú en caso
de Trá co Ilícito de Drogas, Terrorismo, Protección de
Instalaciones estratégicas para el funcionamiento del país
y servicios públicos esenciales, así como en otros casos
constitucionalmente justi cados, en que la capacidad de
la Policía sea sobrepasada en el control del orden interno,
sea previsible o existiera el peligro de que esto ocurriera;
Que, en consecuencia, resulta conveniente disponer
la prórroga de la intervención de las Fuerzas Armadas en

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR