RESOLUCION DIRECTORAL N° 389-2014-MTC/12 - Otorgan a Sky Airline S.A. la renovación y modificación de permiso de operación para prestar servicio de transporte aéreo regular internacional de pasajeros, carga y correo

Fecha de disposición17 Septiembre 2014
Fecha de publicación17 Septiembre 2014
El Peruano
Miércoles 17 de setiembre de 2014
532648
Que, en aplicación del artículo , Literal g) de la
Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica
Civil es competente para otorgar, modif‌i car, suspender
o revocar los Permisos de Operación y Permisos de
Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la
expedición de la Resolución Directoral respectiva;
Que, la Administración, en aplicación del principio
de presunción de veracidad, acepta las declaraciones
juradas y la presentación de documentos por parte
del interesado, tomándolos por ciertos, verif‌i cando
posteriormente la validez de los mismos, conforme
Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de
Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento aprobado por
Decreto Supremo N° 050-2001-MTC, demás disposiciones
legales vigentes y con la opinión favorable de las áreas
competentes;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar a KOREAN AIR LINES CO. LTD.,
de conformidad con el “Memorándum de Entendimiento
entre Autoridades Aeronáuticas Civiles de la República
del Perú y la República de Corea” del 31 de noviembre del
2011, ratif‌i cado por Resolución Ministerial N° 884-2011-
MTC/02, Permiso de Operación por el plazo de cuatro (04)
años contados a partir del día siguiente a la publicación de
la presente Resolución Directoral en el diario of‌i cial “El
Peruano”, sujeto a las siguientes características:
NATURALEZA DEL SERVICIO:
- Aviación Comercial: Servicio de Transporte Aéreo No
Regular carga y correo.
ÁMBITO DEL SERVICIO:
- Internacional.
ZONAS Y/O PUNTOS DE OPERACIÓN:
CON DERECHOS DE TRÁFICO DE TERCERA,
CUARTA Y QUINTA LIBERTAD DEL AIRE.
- Incheon (Korea); Anchorage, Alaska (USA); Miami,
Florida (USA); Viracopos (Brazil); Lima (Perú); Miami,
Florida (USA); Los Ángeles, California (USA); Incheon
(Korea).
MATERIAL AERONÁUTICO:
- AIRBUS A300
- AIRBUS A330
- AIRBUS A380
- B737
- B747
- B777F
- BD700
- SIKORSKY S-76C
BASE DE OPERACIONES:
- Aeropuerto Internacional de Incheon “Incheon
International Airport”, Incheon, Corea del Sur.
Artículo 2°.- Las aeronaves autorizadas a
KOREAN AIR LINES CO. LTD. deben estar provistas
del correspondiente Certif‌i cado de Matrícula y de
Aeronavegabilidad vigentes, así como de los seguros que
cubran los riesgos derivados de su actividad aérea.
Artículo 3°.- En relación al Perú, la publicidad y la venta
de servicios de transporte aéreo que realice KOREAN
AIR LINES CO. LTD. se efectuará de conformidad con lo
establecido en el artículo 197° del Reglamento de la Ley
Artículo 4°.- KOREAN AIR LINES CO. LTD.
deberá presentar los datos estadísticos e informes que
correspondan a su actividad aérea, de acuerdo a los
procedimientos que establece la Dirección General de
Aeronáutica Civil.
Artículo 5°.- El ejercicio y utilización de este Permiso
de Operación implica por parte de KOREAN AIR LINES
CO. LTD.:
a) Su renuncia a todo derecho para invocar cualquier
reclamo o inmunidad diplomática derivada de cuestiones
de soberanía y de otro origen, frente a reclamaciones
surgidas como consecuencia de operaciones realizadas
bajo este permiso.
b) Su expreso sometimiento a la jurisdicción peruana.
Artículo 6°.- KOREAN AIR LINES CO. LTD. queda
obligada con el Gobierno del Perú para que éste pueda
emplear en su servicio aeronaves, elementos, material y
personal peruano de que disponga dicha empresa en los
casos de conf‌l ictos internacionales, desórdenes internos
y calamidades públicas. El Gobierno del Perú abonará
los gastos ocasionados de conformidad con la legislación
vigente y la práctica internacional.
Artículo 7°.- La vigencia del presente Permiso de
Operación se mantendrá mientras la benef‌i ciaria no pierda
alguna de las capacidades legal, técnica o f‌i nanciera,
Perú, su Reglamento, demás normas vigentes y cumpla las
obligaciones a que se contrae la presente Resolución.
Artículo 8°.- Si la Administración verif‌i case la existencia
de fraude o falsedad en la documentación presentada o en
las declaraciones hechas por el interesado, la Dirección
General de Aeronáutica Civil procederá conforme a lo
Artículo 9°.- KOREAN AIR LINES CO. LTD.
deberá constituir la garantía global que establece el
Civil del Perú, por el cumplimiento de las obligaciones
derivadas del servicio que solicita, en las condiciones
y monto establecidas en los artículos 199º y siguientes
del Reglamento. El incumplimiento de esta obligación
determinará la automática revocación del presente
Permiso de Operación.
Artículo 10º.- KOREAN AIR LINES CO. LTD. queda
obligada a cumplir dentro de los plazos señalados con
las disposiciones que respecto a ruido y medio ambiente
emita la Dirección General de Aeronáutica Civil.
Artículo 11°.- KOREAN AIR LINES CO. LTD. deberá
respetar la riqueza cultural, histórica y turística que
sustenta la buena imagen del país.
Artículo 12°.- El Permiso de Operación que por la
presente Resolución Directoral se otorga a KOREAN
AIR LINES CO. LTD. queda sujeto a la Ley N° 27261
las Regulaciones Aeronáuticas del Perú y demás
disposiciones legales vigentes, así como a las Directivas
que dicte esta Dirección General; el presente Permiso de
Operación podrá ser revocado total o parcialmente en
caso que el Gobierno de Corea no otorgue a las líneas
aéreas peruanas derechos aerocomerciales recíprocos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER B. HURTADO GUTIÉRREZ
Director General de Aeronáutica Civil (e)
1132771-1
Otorgan a Sky Airline S.A. la
renovación y modificación de permiso
de operación para prestar servicio de
transporte aéreo regular internacional
de pasajeros, carga y correo
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 389-2014-MTC/12
Lima, 25 de agosto de 2014
Vista la solicitud de SKY AIRLINE S.A. sobre
Renovación y Modif‌i cación de Permiso de Operación de
Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de
pasajeros, carga y correo;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR