Resolución nº 000021-2014/DIN de Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías, de 20 de Enero de 2014

PresidenteDINJCAR
Fecha de Resolución20 de Enero de 2014
EmisorDirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías
Número de expediente1221-2011/DIN

DIRECCIÓN DE INVENCIONES Y NUEVAS TECNOLOGÍAS

EXPEDIENTE Nº 001221-2011/DIN

RESOLUCION Nº

000021-2014/DIN-INDECOPI

Lima, 20 de enero de 2014

Recurso de reconsideración: Infundado

Mediante escrito de fecha 15 de abril de 2013, KARINA FLORES ZORRILLA de Perú, interpuso recurso de reconsideración contra la Resolución de Abandono de fecha 26 de marzo de 2013, recaída en el presente expediente.

  1. ANTECEDENTES

  2. 1.

    Resumen de la Resolución recurrida

    Mediante Resolución de fecha 26 de marzo de 2013, se declaró el abandono de la solicitud de patente de invención para “LENTES-VISERA CON ALA DE POLICARBONATO ERGONÓMICA RETRAIBLE TOTALMENTE TRANSPARENTE”, presentada por KARINA FLORES ZORRILLA, el 15 de junio de 2011.

    La referida Resolución se emitió en cumplimiento del apercibimiento en la orden de aviso Nº 161-2013, emitida el 31 de enero de 2013, toda vez que la solicitante no cumplió con efectuar la publicación de la presente solicitud en el Diario Oficial “El Peruano” dentro del plazo de treinta (30) días hábiles, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 del Decreto Legislativo 1075, que aprueba Disposiciones complementarias a la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.

  3. 2.

    Nueva prueba

    A fin de desvirtuar los fundamentos de la resolución impugnada, la solicitante presentó en calidad de nueva prueba impresiones de fotografías del inmueble ubicado en Calle Duque de la Palata Nº 145 – Surco.

    La solicitante señaló que la resolución impugnada es nula, debido a que es consecuencia de un acto de notificación viciado, que impidió hacer efectiva la orden de publicación en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, señaló que en el domicilio procesal consignado en el expediente viven tres personas, quienes tienen conocimiento del procedimiento de solicitud de patente y que colaboraron con la 1 de 6

    elaboración del expediente, por lo que no es posible que haya existido una negativa para recibir y firmar la notificación como indican las actas que obran en el expediente.

    Agregó la solicitante que el día lunes 04 de febrero a las 14:50 horas, fecha en la que supuestamente alguna de las tres personas que habitan el domicilio se negó a recibir la notificación, ninguno se encontraba allí, pues la solicitante se encontraba en la Universidad Ricardo Palma, el señor Edwin Flores Zorrilla se encontraba en la ciudad del Cusco por motivos laborales y el señor Danny Flores Zorrilla se encontraba laborando en la Municipalidad de Lima.

    La solicitante indicó además que se debe tener en consideración que cada vez que acudió el notificador Juan Vera del Carpio siempre encontró una persona capaz que se niega a recibir el documento, a identificarse y a firmar, sin dar mayor información sobre las características de la persona, más aun si cuando la notificación la efectuó otra persona sí se señaló la ausencia de personas en el departamento, dejando la notificación bajo puerta.

    Finalmente, las fotografías que adjunta muestra que el edificio donde se ubica su departamento tiene tres pisos, la segunda da hacia la calle, siendo probable que la persona capaz que no quiso identificarse ni recibir la notificación haya salido a la ventana. Además, las fotografías dejan ver que el edificio no tiene portero, lo que hace imposible que un tercero haya decidido negarse a recibir la comunicación en su nombre.

  4. ANALISIS DE LO...

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