Sentencia nº 001155-2013/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 8 de Mayo de 2013

Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2013
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente1121-2013/SPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala Especializada en Protección al Consumidor
RESOLUCIÓN 1155-2013/SPC-I NDECOPI
EXPEDIENTE 1121-2013/SPC-INDE COPI
M-SPC-13/1B
PROCEDIMIENTO : QUEJA
QUEJADA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR –
SEDE LIMA SUR Nº 2
QUEJOSO : RODOLFO JOSÉ BAZUALDO MELENDEZ
MATERIA : TEMAS PROCESALES
QUEJA
SUMILLA: Se declara fundado el reclamo en queja contra la Comisión de
Protección al Consumidor – Sede Lima Sur Nº 2, debido a que este órgano
funcional incurrió en un defecto de tramitación al señalar erróneamente
mediante Resolución 8 que el quejoso había presentado un recurso de
revisión, evaluando la admisibilidad del mismo en base a fechas erróneas, y
en tanto dicho acto no fue notificado al domicilio procesal del recurrente.
Asimismo, se declara la nulidad de la Resolución 8 y se ordena a la Comisión
de Protección al Consumidor – Sede Lima Sur Nº 2 que cumpla con evaluar
nuevamente la admisibilidad del recurso de revisión presentado por la
empresa denunciada, tomando en consideración la fecha en que ésta fue
notificada con la Resolución Final y, en su oportunidad, cursar
adecuadamente dicho acto al domicilio procesal del recurrente.
Lima, 8 de mayo de 2013
ANTECEDENTES
1. El 9 de julio de 2012, el señor Rodolfo José Bazualdo Melendez (en adelante,
el señor Bazualdo) interpuso una denuncia ante el Órgano Resolutivo de
Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor Nº 3 (en adelante,
el ORPS) contra Transportes Cruz del Sur S.A.C.1 (en adelante, Cruz del Sur)
por infracción de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del
Consumidor (en adelante, el Código), alegando la falta de idoneidad en el
servicio brindado en la ruta Lima – Chiclayo.
2. Mediante Resolución 214-2013/CPC del 29 de enero de 2013, la Comisión de
Protección al Consumidor Sede Lima Sur Nº 2 (en adelante, la Comisión)
confirmó en todos sus extremos la Resolución 1288-2012/PS3 del 28 de
agosto de 2012, mediante la cual el ORPS emitió el siguiente
pronunciamiento:
1 Identificada con RUC 20100227461 y domicilio fisc al en calle Mineria 130, urbanización Los Ficus, Sant a Anita,
Lima.

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