Sentencia nº 001977-2010/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 31 de Agosto de 2010

Fecha de Resolución31 de Agosto de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente181-2006/CPC-INDECOPI-AQP
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 1977-2010/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 0181-2006/CPC-I NDECOPI-AQP
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE AREQUIPA
PROCEDIMIENTO : DE OFICIO
DENUNCIADA : EMPRESA DE TRANSPORTES SAN CRISTOBAL DEL
SUR E.I.R.L.
MATERIA : TRANSPORTE TERRESTRE
IDONEIDAD DEL SERVICIO
TRANSPORTE TERRESTRE
ACCIDENTE
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE TRANSPORTE REGULAR DE
PASAJEROS POR VÍA TERRESTRE
SUMILLA: Se confirma la Resolución 154-2007/INDECOPI-AQP que halló
responsable a Empresa de Transportes San Cristóbal del Sur E.I.R.L. al
haberse acreditado que el accidente ocurrido el 8 de junio de 2006 se generó
como consecuencia de la velocidad superior a la normal de una de sus
unidades.
SANCIÓN: 10 UIT
Lima, 31 de agosto de 2010
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 1 del 29 de diciembre de 2006, la Comisión de la
Oficina Regional del Indecopi de Arequipa (en adelante, la Comisión) inició un
procedimiento de oficio contra Empresa de Transportes San Cristóbal del Sur
E.I.R.L.1 (en adelante, Transportes San Cristóbal) por presunta infracción de
los artículos 5º literal a), 8º y 9º del Decreto Legislativo 716, sobre la base de
las conclusiones de la investigación efectuada por la Secretaría Técnica
(Informe 011-2006/CPC-INDECOPI-AQP) en torno al accidente ocurrido el 8
de junio de 2006 a la altura del kilómetro 219 de la carretera Arequipa-
Juliaca, en el distrito de Santa Lucía, provincia de Lampa, departamento de
Puno en el que intervino el vehículo de placa UJ-1285. Como resultado de
dicho accidente, dos de los pasajeros murieron y trece resultaron heridos.
2. En sus descargos, Transportes San Cristóbal señaló lo siguiente:
(i) Contaba con el certificado de habilitación vehicular emitido por el
Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
1 Con R UC 20212449611 y con domicilio en J Interior 18, Urb. Santa Catalina, distrito de José Luis Bustamante y
Rivero, provincia de Arequipa, d epartamento de Arequipa.

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